2026LD-000090-0019500001 · SICOP 20261000778
Contratación de Servicios médico veterinario para las campañas de castración
Municipalidad de Aserrí
Municipalidad de Aserrí busca contratación de servicios médico veterinario para las campañas de castración con un presupuesto de ₡1,5 millones. Recibe ofertas hasta el 13/10/2026 (en 2 días).
₡1,5 millones
Tiempo para ofertar
2 días
cierra el 13/10/2026 08:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 09:12 · hace 4 días
- Límite para 08/10/2026 23:59 · hace 3 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas13/10/2026 08:00 · en 2 días
- de ofertas13/10/2026 09:00 · en 2 días
- (plazo máximo)≈ 27/10/2026 · en 16 días
Contexto
- Municipalidad de Aserrí adjudicó ₡1 284,1 millones en 110 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1,3 millones – ₡1,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicios Medicos Veterinarios para Realizar Castraciones de Bien Social para Animales Callejeros y de Personas de Escasos Recursos.1 · ₡1,001₡1,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : precio 90 % · AMBIENTAL 5 % · CUMPLIMIENTO PYME 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales,
especificaciones técnicas y los documentos requeridos en el presente Pliego de
Condiciones (certificaciones y declaraciones juradas).
a) El oferente debe estar al día con los impuestos nacionales.
b) Patente comercial, acorde al objeto contractual.
c) Permiso de funcionamiento vigente, extendido por el Ministerio de Salud.
d) Certificación de personería jurídica que acredite la existencia y vigencia de la
sociedad, los poderes de representación del firmante, y la composición de su capital
social. En caso de un oferente físico deberá aportar su cedula de identidad.
e) El oferente deberá encontrarse al día y no ser omiso en sus obligaciones
tributarias ante el Ministerio de Hacienda, aunado a ello, deberá estar inscrito en
actividades económicas que sean acordes y consecuentes con el bien y/o servicio
solicitado por la Administración. El oferente deberá de aportar copia de la Licencia
Comercial para el ejercicio de la actividad económica a ofertar.
f) Firma de la Oferta, será inadmisible la oferta que carezca de la firma del oferente
o el representante legal, situación que no es subsanable.
g) Certificaciones por aportar:
i. Personas Físicas, deberán de certificar su capacidad legal para el ejercicio de la
actividad económica a ofertar, consignando claramente todas las calidades (el
nombre completo, estado civil, profesión u oficio, número de cédula de identidad,
dirección exacta, número telefónico) y copia de la cedula de identidad.
ii. Personas Jurídicas, deberán de presentar personería jurídica con vista en el libro
de accionistas o cuotistas, en donde se consigne citas de inscripción, personería,
razón social, plazo social, domicilio social, nombre y calidades de sus
representantes legales, así como su porcentaje de participación, facultades legales
de representación y capital social. Tal certificación no podrá exceder de un mes de
emitida
i Notarial.
ii Certificación Municipal emitida por el Gobierno Local donde se domicilie la
empresa, que demuestre que se encuentra al día de todas sus obligaciones
tributarias.
iii Certificación Bancaria donde se consigne el número de cuenta cliente o IBAN
y el Banco del Sistema Bancario Nacional donde se domicilie la cuenta bancaria
a utilizar para efectuar los pagos en caso de resultar ser adjudicado.
iv Declaraciones Juradas a presentar:
v El oferente o su representante legal deberá comparecer ante notario público a
declarar bajo fe de juramento, que se encuentra al día en el pago de todo tipo
de impuestos nacionales o locales, que se encuentra al día con la CCSS,
FODESAF y el INS, que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevé el
Régimen de Prohibiciones de la Ley General de Contratación Pública y su
Reglamento, en dicho espacio de la declaración deberá de consignarse la
leyenda “Ni a nosotros personalmente, ni a nuestra representada, ni a los
personeros, ni a los accionistas de la sociedad que represento nos afectan las
prohibiciones.”, y por último, que al oferente o alguno de sus personeros NO se
les ha aplicado sanción de inhabilitación de conformidad con la Ley General de
Contratación Pública y su Reglamento.
vi La Administración verificará:
vii CCSS: La administración verificará que el oferente se encuentra al día en el pago
de las obligaciones obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social
(CCSS), en caso de no estarlo deberá subsanar tal situación o presentar el
arreglo de pago aprobado, vigente antes del análisis administrativo. Consulta en
línea en el enlace:
https://sfa.ccss.sa.cr/moroso
i FODESAF: La administración verificará que el oferente se encuentra al día en el
pago de las obligaciones ante FODESAF, en caso de no estarlo deberá subsanar
tal situación o presentar el arreglo de pago aprobado, vigente antes del análisis
administrativo. Consulta en línea en el enlace:
http://fodesaf.go.cr/gestion_de_cobros/Consulta_patronos_morosos.html
i CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: La administración
verificará el cumplimiento de la obligación tributaria conforme lo establecido en el
artículo 18 bis y 131 bis de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal (N°
9416), en caso de no estarlo deberá subsanar tal situación o presentar el arreglo de
pago aprobado, vigente antes del análisis administrativo. Se Consulta el enlace:
https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx
Verificación de los requisitos de admisibilidad:
La Municipalidad de Aserrí se reserva el derecho de verificar en cualquier momento
y confirmar los datos que, a su juicio se consideren necesarios de investigar con la
presentación de las ofertas. La falsedad de algún dato o información descalificará
inmediatamente la oferta del concurso.
El oferente acepta con la presentación de su Oferta, todos los términos y
condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones, cualquier condición no
prevista en el presente documento, se regirá de conformidad con las disposiciones
pertinentes de la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y demás
normativa conexa que sea aplicable.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
La oferta de servicio deberá considerar las siguientes fases para lograr que las
campañas se desarrollen de manera óptima:
El oferente deberá de contar con un Equipo de trabajo que considere al menos el
siguiente personal:
• Un coordinador de campaña: quien será la persona encargada de la logística y
organización de las campañas de castración que se realicen durante el periodo de
contrato.
• Profesionales en medicina veterinaria: debe contar con al menos un médico
veterinario. Deberá incluir en su oferta el currículo del / los médicos veterinarios que
podrían participar en las campañas, estos deben de tener una experiencia mínima
de dos años en campañas de castración y Colegiatura al día. Ningún médico
veterinario que esté suspendido o moroso durante la ejecución de alguna campaña
de castración podrá participar en esta, debe de respaldar la experiencia por medio
de declaración jurada. No se podrá incorporar a las campañas ningún médico
veterinario que no esté en la lista, si previamente no ha sido puesto en conocimiento
del administrador del contrato y haya sido aprobado por el Administrador del
contrato.
• En caso de inhabilitación de alguno de los médicos veterinarios de la empresa
adjudicada deberá de sustituirlo por un médico habilitado que cumpla con los
mismos requisitos que se solicitan en el pliego de condiciones, en caso contrario se
declararía la insubsistencia del contrato.
Técnicos asistentes en medicina veterinaria.
• Debe disponer de al menos un asistente técnico en medicina veterinaria por cada
médico veterinario indicado en la oferta. Estos técnicos deben de contar con
estudios en medicina o asistencia veterinaria, y experiencia mínima de un año en la
atención y manejo de animales. Debe de respaldar la experiencia por medio de
declaración jurada.
Aspectos generales
• El oferente deberá de coordinar e implementar todas las actividades de campañas
de castración.
• Una vez que sean definidas las comunidades que serán beneficiadas con las
campañas de castración. El adjudicatario deberá coordinar con la comunidad y
solicitar los sitios en los cuales se llevarán a cabo las campañas de castración. En
caso de que la comunidad disponga con un lugar para el desarrolla de la actividad,
se debe coordinar con la Municipalidad.
• El precio ofertado debe incluir todos los insumos, mano de obra, la utilidad
correspondiente y los gastos operativos (como el transporte de materiales, insumos,
maquinaria y operarios, hasta el sitio de la prestación del servicio), para lo cual
deberá de considerar que los servicios de castración se brindarán en cualquiera de
los siete (7) distritos del cantón de Aserrí.
•El 50% lo asume la Municipalidad y el otro 50% en dueño del animal
• Se requiere la confección, tiraje y entrega de volantes informativos, (mínimos 500),
que contengan información sobre los cuidados básicos, para la tenencia y cuido
responsable de mascotas, así como los beneficios de la castración y cuidados post
operatorio. Estos volantes deberán ser suministrados por el adjudicatario, el cual
asumirá el costo de estos.
• Todo anuncio referente a las campañas deberá verse así: “La Municipalidad de
Aserrí le invita a participar de la campaña de castración, en (sitio que se defina),
exclusiva para los ciudadanos de Aserrí”.
• Todo material utilizado en las campañas deberá mostrar el logo de la
Municipalidad.
• El adjudicatario deberá como parte del servicio, contar con el equipo y
herramientas requeridas para realizar las castraciones, dichos equipos y
herramientas deberán estar en óptimas condiciones, para desempeñar su función.
• El contratista deberá velar por el uso adecuado de accesorios o implementos de
seguridad laboral del personal a cargo.
• El contratista deberá responder ante la Municipalidad por la conducta de su
personal. La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar la sustitución del
personal en casos calificados y debidamente justificados.
• El proceso quirúrgico para la castración de la mascota, en las campañas, podrá
ser ejecutada solo por profesionales veterinarios expertos en este tipo de
intervención.
• El personal del adjudicatario deberá de levantar en cada campaña de castración
un listado (base de datos) con la siguiente información: nombre, número de cédula
y número de teléfono del propietario/responsable de la mascota, lugar de
procedencia (distrito y dirección resumida), nombre de la mascota, especie, sexo.
Dicha información deberá entrarse al Administrador del contrato en formato digital
en un Excel. Además, se debe establecer un tipo de marca en numeración (código),
tipo tatuaje para los animales castrados, esta numeración debe venir en el base de
datos. El código se establecerá en conjunto con la Municipalidad.
• Una vez terminada la campaña de castración el adjudicado deberá entregar un
informe en formato digital PDF que contenga como mínimo la siguiente información:
lugar, fecha y cantidad de animales castrados divididos por sexo y especie; éste
debe de contener observaciones del estado de salud de los animales con el fin de
mejorar el servicio de castración, además, se deberá detallar cualquier queja,
defunción, experiencia negativa o caso atípico que ocurriese durante el evento,
explicando la forma en que se realizó el abordaje de la situación. Este informe
deberá de entregarse en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del
día de finalización de la campaña de castración.
• Al finalizar la campaña de castración será necesario se higienice el sitio, se
recolecte todos los equipos, mesas de trabajo y otros. Así mismo se requiere se
recolecte y se dispongan de manera adecuada todos los residuos que se generen
del desarrollo de los procesos quirúrgicos (órganos animales extraídos, gasas,
jeringas, ente otros). Siendo necesario se aporte certificación de la empresa que los
gestiona, debiendo estar la misma inscrita ante Ministerio de Salud, como gestor
autorizado.
• Los detalles en cuanto a la asistencia a las campañas, la programación de citas y
demás, será coordinado por el Administrador del contrato con el adjudicatario, una
vez notificado el contrato por medio de SICOP.
• Todos los materiales, servicios, actividades, alimentación del personal,
transportes, procesos de elaboración y ejecución de la campaña con la comunidad
u otros necesarios para garantizar el logro del objetivo de esta contratación, deben
ser cubiertos por el adjudicatario. Estos insumos por su naturaleza deben ser de la
mejor calidad material e intelectual posibles de acuerdo con el alcance de la
contratación.
• Contar con una base de datos actualizada de los animales castrados, la cual podrá
ser consultadas por la Municipalidad u otras entidades gubernamentales de caso de
ser necesario.
Todos los materiales, personal, coordinación y suministros deben ser cubiertos por
el adjudicatario
En las campañas de castración se debe de tomar en cuenta los siguientes puntos:
• El adjudicatario deberá cumplir con lo estipulado en el reglamento interno para el
control veterinario de la población de perros y gatos, emitido por el Colegio de
Médicos Veterinarios de Costa Rica.
• El oferente deberá de suministrar los Medicamentos postoperatorios: en el
posoperatorio se le deberá suministrar al animal: analgésico, antibiótico de larga
duración, desparasitante.
• Identificación de los animales callejeros: se le deberá definir un mecanismo ya sea
por muesca o por tatuaje para que se identifiquen las hembras que han sido
castradas. El adjudicatario realizará la propuesta y esta deberá ser aprobada por la
administración.
• Técnica elegida: el o los médicos veterinarios que realicen la castración deberán
estar capacitados y realizar la operación bajo la técnica “quick spay”. Solo bajo
criterio del médico, valorando la condición del paciente, podrá optar por otra técnica.
Debiendo detallarse en el informe de campaña de haberse realizado una castración
con otra técnica
• Realizar campañas separadas por especie, con el fin de salvaguardar la salud
mental de los felinos intervenidos o brindar citas separadas por especies siendo
primeras las citas de felinos.
• En línea con el Artículo 11 del Reglamento interno para el control veterinario de la
población de perros y gatos, emitido por el Colegio de Médicos Veterinarios de
Costa Rica, el Médico Veterinario que preste sus servicios en jornadas de castración
deberá asegurar la cobertura del paciente en caso de complicaciones
postoperatorias. Para ello, deberá remitir estos pacientes hacia su práctica
profesional o la de otros colegas con los que haya coordinado, por estar tales
pacientes bajo su responsabilidad hasta su completa recuperación quirúrgica. El
Médico veterinario deberá notificar los casos adversos al adjudicatario y éste, a su
vez, a la Municipalidad. El adjudicatario deberá velar por que el paciente sea
atendido, coordinando visita o transporte, si el ciudadano no tiene los medios para
llevarlo por cuenta propia a la clínica.
• Los residuos anatomo-patológicos, material potencialmente infectante y punzo
cortante que se generen, debe ser gestionado por cuenta y riesgo del Contratista,
en estricto apego con lo establecido en la Ley N°8839 para la gestión integral de
residuos
Procedimiento técnico del servicio de castración:
• Tal como se menciona en el Reglamento interno para el control veterinario de la
población de perros y gatos, emitido por el Colegio de Médicos Veterinarios de
Costa Rica, el adjudicatario deberá cumplir con las condiciones (pero no limitado a):
- Artículo 2. - El Médico Veterinario que sea responsable de una jornada de
castración organizada por una ONG, lo será en los ámbitos legal, técnico y científico,
por lo tanto, será éste corresponsable junto con el organizador ante las autoridades
competentes que del evento realicen supervisión y/o fiscalización.
- Artículo 6. - Será función del Médico Veterinario responsable de la jornada de
castración que los protocolos de manipulación, analgesia y tratamientos pre y post
operatorios, sedación, anestesia, cirugía y recuperación de los animales sean los
adecuados desde el punto de vista profesional y ético, en concordancia con la buena
técnica profesional y con las regulaciones emitidas por el colegio. De igual forma
debe asegurar que los procedimientos quirúrgicos los realicen únicamente
miembros del Colegio.
- Artículo 15. - El Médico Veterinario responsable de la jornada de castración de las
agrupaciones de bien social será el encargado del buen manejo y adecuada
disposición de los desechos anatomo-patológicos, material potencialmente
infectante y punzo cortante que se generen.
- Artículo 16.- Es obligación del médico responsable de la jornada verificar que el
equipo y materiales quirúrgicos a utilizar en las campañas sean los adecuados, tanto
en cantidad como en calidad y vencimiento cuando corresponda, para asegurar así
un procedimiento adecuado y ético. Al igual que su esterilización en tiempo, tipo y
cantidad.
- Artículo 27. - Cuando la jornada de castración se lleve a cabo en lugares que no
corresponden a los indicados en el artículo anterior, los recintos provisionales serán
preparados bajo la responsabilidad y supervisión del Médico Veterinario
responsable.
- Artículo 32.- Es deber del Médico Veterinario responsable de la jornada de
castración, así como de aquellos colegiados que participen del evento, asegurarse
que los materiales, insumos, equipo, suturas y demás que se utilicen deberán ser
de buena calidad, inocuos para los animales y que no le generaran a éstos
complicaciones a futuro, de conformidad con las regulaciones específicas
aprobadas por el Colegio.
• Tal como se menciona en la Guía para procedimientos quirúrgicos, emitido por el
Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, el adjudicatario deberá cumplir con
las condiciones:
Procedimientos técnicos
• Se realizará orquiectomía en el caso de los machos y ovariohisterectomía u
ovariectomía en el caso de las hembras.
• De forma general se utilizarán hilos de sutura absorbibles, en caso de que por
razón médica se utilice hilo no absorbible, será solamente para la sutura de la capa
final de piel y deberá registrarse y dar seguimiento para retirar la sutura en el
momento correspondiente.
• Planos de sutura: en el caso de la hembra se cerrará la herida quirúrgica en 3
planos: capa muscular incluyendo de forma obligatoria la fascia y pudiendo incluir
el peritoneo, tejido subcutáneo y piel. Para el caso de la piel se preferirá la sutura
subcuticular. En el caso de los machos se permitirá la técnica escrotal abierta para
perros cachorros de menos de 5 meses y gatos de cualquier edad, en el caso de
perros machos de mayor edad, deberá utilizarse la técnica preescrotal cerrada. El
cierre de esta última será en 3 planos: profunda, subcutáneo y piel, también
prefiriendo la sutura subcuticular para esta última. Solo podrá variarse la técnica por
motivo de fuerza mayor y deberá ser consignado en el informe de la campaña.
• En caso de que el paciente requiera medicación en los siguientes días, el médico
veterinario podrá prescribir la receta correspondiente para que el propietario
adquiera los medicamentos en una farmacia veterinaria. La receta deberá contar
con la información mínima que establece el reglamento interno de regencias y
asesorías permanentes del Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, en su
artículo 40º:
1) Nombre del Médico Veterinario.
2) Dirección física y postal.
3) Teléfono y/o Fax.
4) Nombre del cliente con dos apellidos.
5) Identificación (Nombre o número) del paciente.
6) Firma del Médico Veterinario y número de colegiado.
7) Fecha de prescripción de la receta.
8) Las prescripciones deben escribirse preferiblemente a máquina o con tinta o
bolígrafo, en forma clara, sin errores ni tachaduras. Las dosis y duración del
tratamiento deben calcularse para el peso del paciente. Todas las recetas deberán
incluir la información clara del principio activo, concentración, frecuencia de
administración y duración del tratamiento.
• Asepsia: El lugar en el que se realicen las cirugías debe contar con las condiciones
previstas en el Reglamento Interno de Establecimientos Clínicos y en todo caso
garantizar la asepsia requerida para cualquier procedimiento quirúrgico.
• Instrumentos de cirugía: Antes de cada cirugía, los instrumentos deben ser
sometidos a esterilización, siendo el método de elección el uso de autoclave y en
caso de imposibilidad de lo anterior, el uso de productos para la esterilización
química del instrumental.
• Punzocortantes: Las agujas y bisturíes deben ser descartados después de su
único uso, en un recipiente o envase cerrado con tapa. Cualquier remanente de
sutura puede ser desechado en el mismo recipiente si está adherido a una aguja, o
en caso contrario deberá ser eliminado en el recipiente para desechos biológicos.
• Suturas: Existe una amplia selección de combinaciones de suturas, cuya
escogencia se debe basar en las necesidades del paciente, disponibilidad y criterio
profesional. Este último determina el tipo y calibre de la sutura a utilizar, así como
las características de las agujas quirúrgicas considerando variable como: especie,
raza, género, peso, edad, comportamiento, condiciones del post-operatorio,
características de la intervención quirúrgica realizada, condiciones intrínsecas
específicas del paciente.
• Hilos de sutura absorbibles: La sutura absorbible es el material de elección para
la realización de las suturas internas en las castraciones. El uso de material no
absorbible para las suturas internas, como las suturas de acero inoxidable, es
aceptable en casos específicos en que el material posea esa indicación específica
por parte del fabricante, el paciente así lo requiera y garantizando en todo caso la
efectividad de la sutura y la ausencia de riesgos de traumatismo o desgarre de las
estructuras internas.
• Se utilizarán hilos absorbibles en las suturas en piel, pudiendo en casos
específicos, por condiciones específicas del paciente y criterio médico, ser
sustituidas por hilo de sutura de nylon. Debiendo detallarse en el informe de
campaña de haberse realizado una sutura con hilo no absorbible.
• Hilos de sutura de Nylon: Se recomienda solamente para suturar piel, con un
grosor acorde a la especie. De utilizarse hilo de Nylon, queda a cargo del
adjudicatario retirar los hilos en el plazo recomendado. Así mismo debe de informar
al ciudadano que no se utilizó hilo absorbible y cuando y donde debe ir a que le
retiren los mismo.
• Piel: Subcutáneo o subcuticular: Es recomendable para obtener mejores
resultados emplear suturas escondidas u ocultas, utilizando los patrones
subcutáneo o subcuticular. De esta forma, los animales no pueden halar los hilos y
su recuperación será más segura. Se puede utilizar material absorbible o bien el hilo
de acero inoxidable. Debe intentar que los bordes de la piel queden totalmente
alineados para evitar que el animal se chupe.
• Los médicos veterinarios, deberán estar capacitados y operar bajo la técnica “quick
spay”.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El objeto es la contratación de servicios veterinarios para campañas de
castraciones para animales domésticos.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Se aplicará un 0,50% diario, sobre el monto total adjudicado, en caso de que se den las siguientes circunstancias: a) Que el objeto contratado que no cumpla no se recibe, por lo tanto, se solicitara correcciones y se aplicaría la cláusula penal por el atraso que estas correcciones conlleven b) Que se dé un incumplimiento de las condiciones establecidas dentro de la contratación Dicho monto no excederá de un 25% del monto total de la factura.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega del servicio contratado, se aplicará una sanción económica equivalente al 0.50% por cada día natural de retraso, calculada sobre el monto total adjudicado. El importe derivado de la cláusula penal no podrá exceder el 25% del monto total adjudicado
Documentos del cartel5
- PLIEGO CONDICIONES CAMPAÑA DE CASTRACIÓN DE ANIMALESPDF · 420 KB
- MAGA-ET-48-013-2026. Especificaciones técnicas (1)PDF · 317 KB
- MAGA-EM-48-013-2026. Estudio de mercado (1)PDF · 328 KB
- MAGA-DI-48-013-2026. Decisión inicial CASTRACIONES (1)PDF · 614 KB
- CERTIFICACION N 106-2026PDF · 184 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jossette Tatiana Mata Ruiz
Gestión ambiental
Jossette Tatiana Mata Ruiz
Gestión ambiental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 06:45. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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