2026LD-000112-0023300001 · SICOP 20261000846
Compra de Dispositivos Viales para la Policía de Tránsito Municipal de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia busca compra de dispositivos viales para la policía de tránsito municipal de san rafael de heredia con un presupuesto de ₡2,0 millones. Recibe ofertas hasta el 14/10/2026 (en 3 días).
₡2,0 millones
Tiempo para ofertar
3 días
cierra el 14/10/2026 10:20
Lotes y líneas
3 líneas
Fechas clave
- Se publicó07/10/2026 12:09 · hace 4 días
- Límite para 12/10/2026 23:59 · mañana
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Cierre de ofertas14/10/2026 10:20 · en 3 días
- de ofertas14/10/2026 10:25 · en 3 días
- (plazo máximo)≈ 28/10/2026 · en 17 días
Nota de la institución. Requisito de Admisibilidad que deja fuera de concurso al oferente: Que, en consulta en el apartado de consulta ciudadana, sanciones, en SICOP, presente con fecha definida Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986 Todos los demás defectos en la oferta serán subsanables y el tiempo de respuesta para su caducidad, será conforme lo indica el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública. Una vez caducado el tiempo de respuesta la oferta quedará fuera de concurso
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 4,4 oferentes.28 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡1,7 millones – ₡2,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 65 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,65 puntos.
Qué se compra3 líneas
- Barricadas Expandible, Dimensiones del Poste 40 Mm X 40mm X 1,8 Mm X 1,5 M Retraidos 60 Cm, Expandidas 5 M, Material de Acero, Base con Ruedas Bloqueo16 c/u · ₡1 696 000,0016 c/u₡1 696 000,00
- Reductor de Velocidad, de Caucho Reciclado, Medidas 183 Cm X 30 Cm X 5 Cm, Color Negro con Amarillo3 c/u · ₡195 000,003 c/u₡195 000,00
- Cono de Seguridad, Material PVC y Caucho Natural en la Base, Color Naranja con Dos Cintas Reflectivas Color Gris, Peso 2,5 Kg, Tamaño de 71,12 Cm (28 Pulg) Alto X Ancho de la Base Cuadrada de 35 Cm6 c/u · ₡105 000,006 c/u₡105 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 12 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 65 % · EXPERIENCIA 15 % · Criterios ambientales 10 % · Criterio Social 5 % · Criterios económicos 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
12. Requisitos admisibilidad: Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique.
La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
1. Conforme la Ley de General de Contratación Pública, toda oferta deberá presentarse de forma electrónica por medio del Sistema SICOP y adjuntarse el documento donde de manera expresa emite la oferta y detalla lo que está ofreciendo mencionando sus características, ficha técnica y todos los aspectos solicitados en el presente documento.
2. Deberá presentar cartas de recomendación como mínimo de las ultimas 3 instituciones públicas a las que se les haya brindado un servicio igual o superior al contratado, emitidas con no más de 24 meses, y que se indique que el servicio se brindó a satisfacción sin quejas. Si no ha ofrecido el servicio a Instituciones públicas entonces podrá presentar cartas de empresas privadas, pero deberá plantear su explicación del por qué no ha trabajado con instituciones públicas a la fecha, para ser valorada su aceptación por esta administración.
3. Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en el constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores
y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la
Administración, en cuanto a dichos rubros.
4. El oferente debe reportar actividad de la misma índole de la que se está ofertando, según el
reporte de Tributación directa, Hacienda.
5. Presentar una declaración jurada que no incumple con el articulo 28 y 29 de la Ley General
de Contratación Pública.
6. En consulta en SICOP, no puede presentar sanciones y/o apercibimientos.
7. Para continuar con el proceso de revisión técnica y evaluación deberán obtener al menos un 80% en la evaluación SICOP. Excepto que solo haya un oferente, o que ningún oferente alcance el 80%, quienes tengan nota superior a 80% en SICOP, podrán continuar en el proceso el cual, por razones de eficiencia y eficacia, evaluará técnica y jurídicamente únicamente las tres primeras ofertas con el menor precio total por partida; en caso de cumplir con todos los requisitos de elegibilidad, se procederá a adjudicar la oferta con mayor porcentaje en la tabla de ponderación. Si las tres primeras ofertas no cumplen con aspectos de admisibilidad, la Administración procederá a evaluar la siguiente oferta de la tabla de ponderación y así sucesivamente hasta que la empresa evaluada sea adjudicable.
9. El oferente, persona física o jurídica en el campo debe estar al día en las obligaciones de Ley.
10. Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso. A menos que sea una única oferta, la administración evaluará la razonabilidad del precio de la oferta para la posibilidad de contratación con el fin de satisfacer el bien público.
11. El precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobre tasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP.
12. Una vez realizada la presentación de la oferta se da como aceptado todo lo establecido en el pliego de condiciones por parte del oferente como lo indica el Art. 199 del Reglamento a la LGCP.
13. Presentar póliza de responsabilidad civil de acuerdo al bien o servicio brindado.
14. El oferente deberá aportar copia de:
a. Certificado de Patente Comercial, vigente a la fecha y hora de apertura de ofertas, el cual debe ser afín al objeto del contrato y a nombre de la persona física o jurídica que presenta la oferta.
b. En el caso de no contar con el certificado de patente comercial, el oferente deberá indicar expresamente los motivos o fundamentos del por qué no requiere, así como las pruebas que lo demuestren.
c. Presentan copia del recibo de pago de la patente comercial en el cual se demuestre que no tiene morosidad con el gobierno local correspondiente, en caso de contar con patente comercial.
d. Si es una persona jurídica, deberá aportar una Certificación de Personería original, que consigne: número de cédula jurídica, citas de inscripción y personería, denominación o razón social, plazo social, domicilio, nombre y calidades de los representantes y las facultades de su representación, naturaleza y propiedad de las acciones o cuotas.
e. Tanto oferente físico como jurídico deben presentar la dirección para notificaciones, dirección electrónica, números de teléfono y fax y/o contacto del enlace del responsable del cumplimiento de los objetivos de la contratación
Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique.
La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones
establecidos en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas
Ver detalles, cuadros, imagenes, fotos, otros en especificaciones técnicas CARTA-MSRH-USC-158-2026
2. Muestras: Se requiere coordinar las muestras tienen plazo desde el momento de subida la contratación y hasta 3 días hábiles posteriores a la apertura de ofertas
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
“Compra de Dispositivos Viales para la Policía de Tránsito Municipal de San Rafael de Heredia”
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Compra de Dispositivos Viales para la Policía de Tránsito
Municipal de San Rafael de Heredia
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Policía Municipal
3. Tipo de procedimiento: LD
4. Tipo de modalidad: Cantidad definida, a entregar en la Delegación de Policía Municipal de San
Rafael de Heredia. No hay referencia de consumo previa.
5. Clasificación del objeto: Bienes
6. Justificación de la procedencia de la contratación: La Policía Municipal de San Rafael de Heredia
requiere la adquisición de dispositivos viales; esto para el uso diario en la labor policial que se brinda
al cantón.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual: El Encargado de
la Policía y Tránsito Municipal, con apoyo de la Dirección Administrativa Financiera y la Alcaldía
Municipal velarán para que la contratación se desarrolle de la mejor manera posible. La coordinación
y fiscalización de todo lo relacionado con la contratación, se hará por parte de la Unidad de Policía
Municipal Municipales, correo: policiamunicipal@munisrh.go.cr teléfono 2237-0789 ext. 505
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: La contratación de este producto es
para uso exclusivo de funcionarios pertenecientes a Policía Municipal y la Municipalidad de San
Rafael de Heredia, cuyo desempeño se focaliza en el resguardo, cuido y protección de la ciudadanía y
visitantes del cantón, así como de las instalaciones municipales.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad: La
administración debe velar por que la Policía Municipal tenga a su disposición las herramientas
necesarias para el servicio de seguridad vial y seguridad ciudadana, las cuales se emplean en las
labores operativas y de apoyo tanto a unidades locales como a instituciones del estado que así lo
requieren para prevenir y reprimir el fenómeno de accidentabilidad vial que afecta al cantón y país.
10. Procedimientos de control de calidad: Esta Administración acredita que, para el cumplimiento de
este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con recurso humano calificado para verificar el fiel
cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas, así solicitado en artículo 106 de la LGCP.
• Verificación por la unidad técnica al recibir el servicio.
• Recepción provisional y definitiva.
11. Terceros interesados y/o afectados: Funcionarios Municipales, población de San Rafael y público
en general.
12. Riesgos Identificados: Extensión o atrasos en los tiempos de contratación, cumplimiento preciocalidad del bien, declaración desierta o infructuosa.
13. Estimación presupuestaria: ₡ 2.000.000,00
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
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15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza el correspondiente análisis de precios, acorde a lo establecido en el “Banco de Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras Públicas, como también a los estudios de mercado realizados se adjunta mediante CARTA-MSRH-USC-159-2026.
16. Contactos y sus roles en el proceso de contratación:
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17. Prevalencia del acto administrativo: todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el concurso puede continuar, la administración podría disminuir o
aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar.
En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con la finalidad de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: 45 días hábiles
2. Vigencia de la Contratación: 12 meses
3. Plazo y condiciones de entrega: Total en plazo de 30 días naturales
4. Garantía de cumplimiento: No
5. Visita a sitio: No
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del proceso contractual conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP.
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Donde: UPM: Unidad Proveeduria Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad Tesorería/ AM:
Alcalde Municipal/ OF: Oferente
9. Precio: el precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del
Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio.
Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales. El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
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11. Gestión de Recepción y
Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepcion” del objeto contractual mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya aceptado la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada, una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado (SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para
que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la “Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la factura recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del
documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago,
“Resultado de pago” donde podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o transferencia), su numeración y fecha correspondiente; en caso de tener alguna duda en este punto contactarse directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la consulta anterior, significa que el procedimiento sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO REALIZADOS EN
TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES: QUE EL CONTRATISTA NO
REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE
MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O
BIEN QUE LOS PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago” debidamente asignada a la Proveeduria Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
13. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación: Se adjunta estudio de razonabilidad de precios,
declaración jurada de no conflicto de intereses, pliego de condiciones, certificación de separación de
contenido presupuestario.
14. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las
disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración
Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
La Administración se reserva la potestad de adjudicar menor o mayor cantidad de bienes y servicios, de acuerdo a los precios ofertados y adjudicados en relación al presupuesto disponible.
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
1. Evaluación de ofertas:
Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el acto administrativo se puede rescatar, la administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas
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3. Criterios de desempate:
1) Como criterio de desempate se tomará el proveedor que tenga mayor puntaje en el rubro A,
ganará, si hay empate en este rubro se tomará el B y así sucesivamente con el resto de rubros.
2) De persistir el empate, se preferirá quien cuente con los productos en inventario y no requiera
importación.
3) De persistir el empate la Administración convocará por escrito con dos (2) días de antelación a la
fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes de los oferentes que se encuentren en
situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada
en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado en la notificación; todo lo
anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
SECCIÓN V
Condiciones para la ejecución contractual
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o jurídicas, que
manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas deberá
estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema
SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo No. 49 de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el
pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se
subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de compromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo
cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará
indicado su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar (los subcontratistas serán
revisados a la hora de la recepción, deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado (SICOP)
y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo contrario la oferta no
cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta que si no contesta, quedara fuera de
concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos
durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus
subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley
General de Contratación Pública.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello
implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los
requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que
asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en
el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial
es solidaria. Para efecto de los procedimientos será suficiente que una sola de las empresas
consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior,
se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y
financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir
ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda
precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y
cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria,
como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha
cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego
de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido
domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b)
Designación de los representantes, con poder suficiente para actuar durante la fase de estudio
de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de
los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles,
como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje
de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible, todo conforme a las
regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del
acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse en el sistema
digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia
certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardía o no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel5
- Detalle TécnicoPDF · 799 KB
- Detalle TécnicoPDF · 61 KB
- Detalle TécnicoPDF · 4,4 MB
- Detalle TécnicoXLSX · 72 KB
- Certificación PresupuestariaPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Mainor Joaquín Calderón Briceño
Unidad de Policía Municipal
Mainor Joaquín Calderón Briceño
Unidad de Policía Municipal
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 08/10/2026 05:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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