2026LD-000030-0006700001 · SICOP 20261001133
Suministro e instalación de ventanería prefabricada en perfilería europa
Tribunal Registral Administrativo
Tribunal Registral Administrativo busca suministro e instalación de ventanería prefabricada en perfilería europa con un presupuesto de ₡12,0 millones. Recibe ofertas hasta el 15/10/2026 (en 4 días).
₡12,0 millones
Tiempo para ofertar
4 días
cierra el 15/10/2026 16:00
Lotes y líneas
1 línea
Fechas clave
- Se publicó08/10/2026 16:26 · hace 3 días
- Límite para 09/10/2026 23:59 · hace 2 días
- Límite para 12/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas15/10/2026 16:00 · en 4 días
- de ofertas15/10/2026 16:00 · en 4 días
- (plazo máximo)≈ 29/10/2026 · en 18 días
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 1,8 oferentes.26 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución. Poca competencia esperada.
- Tribunal Registral Administrativo adjudicó ₡317,9 millones en 54 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡10,2 millones – ₡12,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Qué se compra1 línea
- Servicio de Instalacion de Ventaneria en Vidrio y Aluminio1 · ₡12 000 000,001₡12 000 000,00
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 1 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días naturales
- Contrato por 1 meses
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Política Ambiental 5 % · Plan de Manejo de Residuos 5 % · PYME 5 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Serán admisibles aquellas ofertas que cumplan legal, técnica y económicamente con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y la normativa correspondiente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Todas las especificaciones que seguidamente se señalan, son las mínimas para ser tomadas en cuenta, sin perjuicio de las mejoras que puedan ofrecer los eventuales oferentes, por lo tanto, los códigos de las líneas indicadas en el sistema SICOP son meramente referencias del servicio solicitado, debiendo el adjudicatario ofertar según las características que se detallan a continuación.
Para las líneas a las que se haga formal oferta, deberá el oferente comprometerse a la entrega del producto de acuerdo con especificaciones aquí consignadas.
La administración advierte la posibilidad de adjudicar una menor o mayor cantidad de servicios según el presupuesto asignado para cada línea y si la necesidad así lo justifica.
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Línea 1 |
Suministro e instalación de ventanería prefabricada en perfilería de aluminio |
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Cantidad: |
1 |
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Código SICOP |
7215403292130144 |
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1. Servicio a contratar
Se requiere contratar el servicio profesional y especializado para la sustitución parcial de ventilas de aluminio existentes (louvers) que actualmente se encuentran instaladas en las escaleras de emergencia (propiamente en los pisos PB, 1, 2, 3 y 4). Las ventilas serán reemplazadas por perfiles de aluminio similar o igual a la ventanería existente del edificio (tipo perfilería Europa fija y proyectable). Para mantener los detalles arquitectónicos, uniformidad y estética, se debe instalar un sistema similar o igual al que posee nuestro edificio (Tribunal Registral Administrativo).
Esta contratación tiene el objetivo de evitar la filtración e ingreso excesivo de agua por ciertas ventilas instaladas en los ductos de las escaleras de emergencia, lo cual representa un riesgo inminente en época de lluvia para los funcionarios y personal por contrato que diariamente transitar por estas zonas. Además, es importante mencionar que la sustitución es parcial y las nuevas ventanas permitirán el ingreso y circulación del aire por dichas zonas.
2. Especificaciones técnicas de los trabajos a realizar
A continuación, se detallan los trabajos a realizar:
2.1 Desinstalar de 9 ventilas de aluminio existentes en vestíbulo norte (propiamente los louvers instalados en los pisos PB,1,2,3 y 4). 2.2 Desinstalación de 7 ventilas de aluminio existentes en vestíbulo sur (propiamente los louvers instalados en los pisos PB,1,2,3 y 4). 2.3 Suplir e instalar 10 ventanas prefabricadas en perfil de aluminio similar o igual a la ventanería existente (tipo perfilería Europa), Detalles: vidrio fijo, sobre ventila, marco en acabado bronce y vidrio laminado crudo 55.1 (5 mm + 1 mm + 5 mm), accesorios en color negro. Medidas aproximadas: 1160 mm de ancho x 2700 mm alto (ventanal fijo sobre ventila). En caso necesario, la distribución podría variar.
2.4 Suplir e instalar 4 ventanas prefabricadas en perfil de aluminio similar o igual a la ventanería existente (tipo perfilería Europa fija y proyectable). Detalles: vidrio fijo, sobre ventila, sobre vidrio fijo, marco en acabado bronce, vidrio insulado temperado (6mm + 5.5mm aire + 6mm) laminado, con accesorios en color negro. Medidas aproximadas: 1520 mm de ancho x 1850 mm alto. Para mantener los detalles arquitectónicos, estética y el diseño, se debe mantener el mismo estilo de la ventanería que actualmente tenemos instalada en los vestíbulos del piso 1 (tal y como se muestra en la imagen inferior). Nota: en caso de ser necesario se podría variar el diseño, pasando a un solo vidrio fijo en la parte inferior (mejor visibilidad), sobre ventila. Lo anterior, mejoraría la estética y utilizaría menor material de aluminio.
2.5 Suplir e instalar 2 ventanas prefabricadas en perfil de aluminio similar o igual a la ventanería existente (tipo perfilería Europa fija y proyectable). Detalles: vidrio fijo, sobre ventila, sobre vidrio fijo, marco en acabado bronce, vidrio insulado temperado (6mm claro + 5.5mm aire + 6mm) laminado, con accesorios en color negro. Medidas aproximadas: 1970 mm de ancho x 1830 mm alto. Para mantener los detalles arquitectónicos, estética y el diseño, debe ser el mismo estilo de la ventanería que tenemos instalada en los vestíbulos del piso 1 (tal y como se muestra en la imagen inferior).
Nota: en caso de ser necesario se podría variar el diseño, pasando a un solo vidrio fijo en la parte inferior (mejor visibilidad), sobre ventila. Lo anterior, mejoraría la estética y utilizaría menor material de aluminio.
2.6 Toda la ventanería debe quedar firmemente anclada. 2.7 Se debe sellar todo el perímetro de la ventanería (interior y exterior) para garantizar que NO haya filtraciones de agua entre el concreto y el aluminio. 2.8 Realizar la limpieza respectiva de todas las estructuras y zonas intervenidas para la entrega a satisfacción de los trabajos. 2.9 Suplir e instalar 15 metros de espuma de puliuretano de media densidad para intemperie, la cual debe colocarse en la parte inferior de los louvers existentes para evitar las salpicaduras del agua.
· Nota: Para esta línea se dispone de un presupuesto de ¢12.000.000 para la sustitución de las ventilas (louvers) por ventanería.
3. Visita para inspección visual de las áreas a intervenir.
Se habilitan dos días para atender en sitio a los posibles oferentes y aclarar dudas existentes (solo si el proveedor así lo considera necesario, esta visita no es de carácter obligatoria, no excluyente). 3.1. De igual manera, se pueden aclarar consultas al telefónica al 2459-2255 (de 8am a 4 pm, con Fredy Fonseca). 3.2. Los louvers fueron instalados en el 2018, posee un deterioro mínimo, se encuentran funcionales, pero debido a la problemática de afecta en época de invierno, puntualmente el ingreso excesivo de agua por las ventilas, lo cual genera una condición de peligro inminente para el transitar por estas zonas.
4. Horario establecido y requerimientos para realizar los trabajos.
4.1.El servicio se puede brindar de lunes a viernes de 7:00 a 5:00, y sábados de 7 am a 3 pm. 4.2. El supervisor o encargado debe reunirse con el administrador del contrato para analizar los pormenores de los trabajos realizados. 4.3. Los técnicos deben utilizar la indumentaria que identifique a la empresa, contar con la herramienta necesaria y usar obligatoriamente todos los implementos de seguridad necesarios para salvaguardar en todo momento su integridad, la de los funcionarios y de los usuarios que nos visitan (casco, guantes, lentes, zapatos de seguridad, conos, etc.). El coordinador de la empresa y el técnico encargado deben velar por el cumplimiento a cabalidad de este requerimiento.
5. Cotización, informe de mantenimiento y facturación del servicio.
5.1. Con fundamento en la Directriz N044-H (Uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas), se recomienda a los oferentes presentar sus ofertas finales en colones. 5.2. El oferente debe cotizar el costo de cada línea según los requerimientos e incluir el impuesto del valor agregado:
5.3. El informe de entrega de trabajos realizados (antes y después con los detalles técnicos correspondientes). 5.4. La factura electrónica e informe deberán ser registrada en el módulo de recepción del bien en Sicop (debe incluir: tipo de servicio, número de contratación administrativa de Sicop, monto ofertado y otros detalles del servicio).
6. Requisitos técnicos
6.1. El proveedor debe presentar tres cartas de referencia mediante las cuales se pueda comprobar una experiencia mínima de tres años brindando los servicios venta e instalación de ventanería (deben contener: Nombre de la entidad, fecha de inicio del contrato, plazo contractual, nombre de la persona de contacto, teléfono y la recepción a satisfacción del servicio). |
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Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
- Administrador del Contrato
El funcionario designado por la Dirección Administrativa como responsable del cumplimiento de las condiciones del contrato será la señorita Fredy Fonseca Valerio cédula 0401840001, encargado de Mantenimiento, y será el administrador del contrato durante el plazo que dure su ejecución.
- Horario, plazo y lugar de entrega de los servicios:
- Los servicios deberán iniciar en un plazo no mayor a los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la orden de inicio.
- La prestación de los servicios no significa el recibo conforme de la Institución en cuanto a su calidad y características. Una vez finalizada cada Fase, el administrador del contrato verificará el cumplimiento de cada una de las etapas establecidas en los cronogramas aprobados.
- Precio y Forma de pago:
- Los precios serán considerados firmes, definitivos y en plaza.
- El Tribunal NO se encuentra exento del impuesto al valor agregado IVA por lo tanto deberá el oferente contemplarlo en el precio ofertado.
- El Tribunal no cancelará rubros que no fueron considerados en el precio ofertado.
- Deberá el oferente presentar el desglose detallado del precio ofertado indicando todos los costos asociados al servicio ofertado, de conformidad con lo indicado en el artículo 102 del RLGCP.
- El adjudicatario deberá presentar la facturación durante el mes en el que se presentaron los servicios y las facturas serán canceladas dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la recepción a satisfacción de los trabajos y de la presentación completa de la documentación requerida ante el administrador del contrato. Asimismo, el trámite de facturación deberá gestionarse obligatoriamente a través del módulo de recepción de SICOP.
- Con fundamento en la Directriz N044-H (Uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas), se solicita a los oferentes presentar sus ofertas en colones, en caso de presentar la en dólares deberá justificar los motivos y presentar las evidencias correspondientes. En caso de no presentar las justificaciones correspondientes o las mismas no son suficientemente fundamentadas la administración adjudicará al tipo de cambio registrado en SICOP del día de la apertura de las ofertas.
- Estructura del precio
El oferente debe presentar un desglose de la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales. Los valores absolutos deberán ser concordantes con la moneda con que se presenta el precio de oferta.
En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 103, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, el oferente deberá aportar la información de los índices oficiales de precios y costos asociados con los costos directos e indirectos de la estructura de precio. Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta y los valores absolutos de la estructura de precio.
En caso de que no exista un índice oficial para determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y aportar la documentación pertinente a efectos de que las partes puedan aplicar el método contemplado en los artículos 102, 103, 107, 108 o 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, según corresponda. Sino existe un índice oficial para determinado costo indirecto, el oferente deberá advertirlo así en la oferta y podrá proponer un índice oficial general de precios para el reajuste o revisión de dicho costo.
Para lo cual deberá seguir y completar el siguiente formato:
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Componente |
Monto en la moneda ofertada |
Porcentaje |
Índice para eventual reajuste o revisión de precios |
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Costos Directos |
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*Indicar el índice respectivo |
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Costos Indirectos |
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*Indicar el índice respectivo |
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Imprevistos |
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No aplica |
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Utilidad |
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No aplica |
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Subtotal |
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Impuestos |
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TOTAL |
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*Ejemplos de índices de referencia del Banco Central de Costa Rica:
- Índice de precios al consumidor (IPC)
- Indicadores de inflación subyacente (IIS)
- Índice de precios al productor de la manufactura (IPP-MAN)
- Índice de precios al productor de servicios (IPP-S)
- Índice de precios de insumos para la construcción (IPi-CTR)
- Índice de precios de insumos para el transporte público (IPi-TRP)
- Índice de precios internacionales de materias primas importadas (IP-MPi)
- Índice de salarios mínimos nominales (ISMN) y reales (ISMR)
Fuente: https://www.bccr.fi.cr/indicadores-economicos/%C3%ADndices-de-precios
COSTOS DIRECTOS: Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
Debe considerar como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos.
COSTOS INDIRECTOS: Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos. Ejemplo los gastos administrativos.
IMPREVISTOS: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del oferente y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
UTILIDAD: Es el beneficio que persigue lograr el oferente al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el oferente realizará para ejecutarlo.
- Presupuesto
Una vez en firme el acto de adjudicación deberá el adjudicatario presentar presupuesto detallado del servicio contratado dentro del plazo de 8 días hábiles antes de la notificación del contrato y emisión de la orden de inicio. Este presupuesto deberá considerar todos costos, elementos y porcentajes mínimos de Ley vigentes.
En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
El Presupuesto Detallado debe contener como mínimo, los siguientes valores, sin embargo, el adjudicatario podrá adecuarlo de la mejor forma en que se ajuste al desglose del precio ofertado y al objeto contractual del presente pliego:
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Componente |
Porcentaje |
Monto en la moneda ofertada |
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Costos Directos |
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Mano de obra directa |
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Insumos directos |
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Otros gastos directos |
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Costos Indirectos |
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Mano de obra indirecta |
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Insumos indirectos |
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Gastos administrativos |
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Otros gastos indirectos |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Sub Total |
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Impuesto al Valor Agregado |
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TOTAL |
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* No podrá indicar montos en 0.00 (cero), en caso de indicar montos en cero no será considerada la oferta y será descalificada.
- Razonabilidad del precio
De conformidad con el sondeo de mercado se estima este procedimiento en un valor aproximado de 8,600,000.00 por lo que de conformidad con los estudios realizados se establecieron las siguientes bandas de tolerancia
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Detalle |
Banda inferior |
Precio de referencia |
Banda superior |
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Bandas |
7,600,000 |
8,600,000 |
10,750,000 |
Estas bandas incluyen el impuesto al valor agregado, por lo tanto, los interesados deberán considerarlo en su oferta
A efectos de analizar las ofertas, se tendrán por inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren fuera de las bandas indicadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Queda a criterio del Tribunal, durante el plazo de estudio de las ofertas, requerir a los participantes la ejecución de las pruebas, explicaciones y aclaraciones que se consideren necesarias.
- El Tribunal se reserva el derecho de verificar si la información brindada por el oferente se ajusta a la realidad.
- En la aplicación del principio de eficiencia, el Tribunal pedirá subsanar en cualquier momento los errores materiales o aritméticos que se detecten, de conformidad con lo establecido en los artículo 134 y 135 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Sobre el reajuste de precios:
La presente contratación aplicará el mecanismo de reajuste de precios conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo N.° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN, publicado en el Alcance N.° 46 de La Gaceta N.° 64 del 03 de abril de 2025, el cual regula los criterios técnicos, fórmulas, procedimientos y requisitos necesarios para cuantificar la variación de los costos y mantener el equilibrio económico-financiero del contrato.
De conformidad con dicho reglamento, el reajuste de precios se regirá por las siguientes disposiciones:
- Principio aplicable
El reajuste de precios tiene como finalidad mantener el equilibrio económico-financiero del contrato, considerando la variación de los costos directos e indirectos durante la ejecución contractual, en concordancia con el artículo 43 de la Ley General de Contratación Pública.
- Estructura del precio
El oferente deberá presentar, como parte de su oferta, la estructura detallada del precio, que incluya como mínimo:
- Materiales
- Mano de obra
- Equipos
- Costos indirectos
- Administración
Dicha estructura deberá expresarse en términos porcentuales y absolutos, y será la base para la aplicación del reajuste, conforme a los requerimientos del reglamento.
- Metodología de cálculo (fórmula polinómica)
El reajuste se calculará mediante una fórmula polinómica indexada, que refleje la ponderación de cada componente de la estructura de costos, utilizando índices oficiales.
Fórmula general:
Donde:
R: monto reajustado
P: monto de obra ejecutada
a, b, c, d: ponderaciones según estructura del precio
I: índices de precios
0: índice base
- Índices de precios aplicables
Se utilizarán índices oficiales publicados por el INEC u otras entidades competentes, según corresponda a cada componente del costo, tales como:
- Índice de precios de edificaciones
- Índice de mano de obra directa e indirecta
- Índice de precios al consumidor (IPC)
- Índices de insumos específicos (acero, combustibles, maquinaria, etc.)
Los índices deberán estar directamente vinculados con los costos que se pretenden medir, conforme al reglamento.
- Base de cálculo del reajuste
El reajuste se aplicará sobre:
- Las estimaciones periódicas de avance de obra debidamente aprobadas,
- Correspondientes al período en que se ejecutaron los trabajos.
- Programa de trabajo
El cálculo del reajuste deberá vincularse al programa de trabajo contractual, considerando:
- Índices correspondientes al mes programado de ejecución
- Ajustes por atrasos o adelantos:
- Si el atraso es imputable al adjudicatario → no procede el beneficio del reajuste adicional
- Si no es imputable → se aplican los índices reales
- Exclusiones del reajuste
No serán objeto de reajuste:
- Utilidad
- Imprevistos
- Costos no justificados dentro de la estructura del precio
- Método analítico-documental (casos excepcionales)
Cuando no existan índices específicos o se trate de insumos de alta variabilidad, la Administración podrá autorizar el uso del método analítico-documental, basado en evidencia objetiva (facturas, contratos, etc.), conforme lo permite el reglamento.
- Procedimiento administrativo
El adjudicatario deberá:
- Presentar solicitud de reajuste
- Adjuntar respaldo técnico y documental
- Indicar los índices utilizados
- Justificar la variación de costos
La Administración realizará la validación técnica y aprobará el reajuste conforme al procedimiento establecido.
La anterior obligación no excluye la posibilidad de que el Tribunal solicite información adicional atinente al cálculo de los precios contemplados en la oferta cuando ello resulte necesario. Podrá subsanarse la omisión del desglose de la estructura de precios únicamente si ello no genera una ventaja indebida para el oferente que no cumpla.
- Sanciones por atraso o incumplimiento
7.1. Se aplicarán multas en caso de atraso en el inicio de los servicios o en el caso de que se dé una prestación defectuosa de los servicios según se solicita en las especificaciones técnicas y que no cumpla con los tiempos de respuesta indicados en la descripción del servicio, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA adjunta. 7.2. El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos correspondientes descritos en los artículos 116 y 117 del Decreto 43808 - H. 7.3. Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos o fallas en el servicio, únicamente por circunstancias no imputables al adjudicatario, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el Área Administrativo, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
- Documentación adicional
En caso de persona jurídica deberá adjuntar a su oferta certificación de personería vigente donde se demuestre la capacidad de actuar del firmante de la oferta.
Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen. Además, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial. En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
En caso de actuar mediante poder especial, se deben detallar claramente los actos jurídicos específicos para los cuales se faculta al apoderado, con la indicación expresa del número de contratación para la cual se le está otorgando el mandato, conforme lo establecido en el artículo 1256 del Código Civil.
No se admitirán documentos denominados “Poder Especial” cuando en estos se otorguen facultades propias de poderes generales o generalísimos, dado que el tipo de poder no lo define el título o denominación que se le asigne al documento, sino las facultades otorgadas en él.
Para acreditar la validez de los poderes que se otorguen con el fin de participar en este procedimiento de contratación pública, la administración verificará, si el poderdante está facultado para otorgar el poder con o sin limitaciones, (por ejemplo en cuanto a suma o facultades) o si para su otorgamiento se requiere la firma conjunta de dos o más mandantes y las especificaciones propias de cada mandato conforme la normativa vigente.
El oferente deberá encontrarse al día con:
- CCSS
- INA
- IMAS
- FODESAF
- Tributación Directa
- Impuesto a personas jurídicas
- Impuestos municipales (deberá aportar comprobante de encontrarse al día con la municipalidad correspondiente).
- Garantía de cumplimiento
A efectos de respaldar la correcta ejecución de contrato, se requiere que, en el plazo no mayor a los 5 días hábiles posteriores a la firmeza del acto de adjudicación, el adjudicatario debe rendir una garantía de cumplimiento equivalente al 5% del valor del monto del contrato, la cual deberá estar vigente dos meses adicionales al plazo del contrato.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. 7.1. Se aplicarán multas en caso de atraso en el inicio de los servicios o en el caso de que se dé una prestación defectuosa de los servicios según se solicita en las especificaciones técnicas y que no cumpla con los tiempos de respuesta indicados en la descripción del servicio, de conformidad con la METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN Y ESTIMACIÓN DE LAS PENALIZACIONES A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA adjunta. 7.2. El tope máximo de multa será de 25% del monto de la factura, una vez superado este porcentaje se iniciarán los procedimientos correspondientes descritos en los artículos 116 y 117 del Decreto 43808 - H. 7.3. Para los efectos de este aparte, se considerarán justificados atrasos o fallas en el servicio, únicamente por circunstancias no imputables al adjudicatario, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor o hechos de la propia Administración debidamente demostradas por escrito ante el Área Administrativo, dentro del impostergable plazo de cinco (05) días hábiles posteriores a la fecha en que se detectó el problema, de acuerdo con los términos ofertados.
Documentos del cartel1
- CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICASPDF · 614 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Fredy Alexander Fonseca Valerio
ADMINISTRATIVO
Fredy Alexander Fonseca Valerio
ADMINISTRATIVO
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 06:34. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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