2026LD-000113-0023300001 · SICOP 20261001207
Adquisición de materiales publicitarios para emprendedores
Municipalidad de San Rafael de Heredia
Municipalidad de San Rafael de Heredia busca adquisición de materiales publicitarios para emprendedores con un presupuesto de ₡800 000. Recibe ofertas hasta el 16/10/2026 (en 5 días).
₡800 000
Tiempo para ofertar
5 días
cierra el 16/10/2026 10:00
Lotes y líneas
3 líneas
Fechas clave
- Se publicó09/10/2026 09:54 · hace 2 días
- Límite para 14/10/2026 23:59 · en 3 días
- Límite para 13/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas16/10/2026 10:00 · en 5 días
- de ofertas16/10/2026 10:05 · en 5 días
- (plazo máximo)≈ 30/10/2026 · en 19 días
Nota de la institución. Requisito de Admisibilidad que deja fuera de concurso al oferente: Que, en consulta en el apartado de consulta ciudadana, sanciones, en SICOP, presente con fecha definida Sanciones por Inhabilitaciones, Según los artículos 13 y 20 de la Ley N.º 9986 Todos los demás defectos en la oferta serán subsanables y el tiempo de respuesta para su caducidad, será conforme lo indica el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de la Contratación Pública. Una vez caducado el tiempo de respuesta la oferta quedará fuera de concurso
Contexto
- Compras parecidas recibieron en promedio 3,5 oferentes.16 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años, en cualquier institución.
- Municipalidad de San Rafael de Heredia adjudicó ₡687,0 millones en 183 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡680 000 – ₡800 000
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 65 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,65 puntos.
Qué se compra3 líneas
- Banner en Estructura Metalica Tipo Roller Up y Lona, con Estuche para Traslado, Leyenda y Logos Establecidos por la Institución3 c/u · ₡300 000,003 c/u₡300 000,00
- Bolsa Estilo Tote Bags, Material en Algodon, , Acabado Color Natural, Asas Largas de 70 Cm X 2,5 Cm, Acabado Cosido, Capacidad de 10 Kg, Dimensiones 37 Cm X 41 Cm, Impresion a Cuatro Tintas Una Posicion50 c/u · ₡200 000,0050 c/u₡200 000,00
- Banderines de Futbol para Corner, Set de 4.altura Total 1,75 M Diámetro 3 Cm Flexible Plástica, 8 Cm,tapón en Ambos Extremos de Tubo. Se Hunde a 21 Cm con Resorte Interno en la Base Flexible de 20 Cm. Incluye Prensa para Bandera. Largo 47 Cm, Ancho 32 Cm.15 c/u · ₡300 000,0015 c/u₡300 000,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 45 días hábiles
- Contrato por 3 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : no
- Pago por adelantado: no
- : PRECIO 65 % · EXPERIENCIA 15 % · Criterios económicos 10 % · Criterios ambientales 5 % · GARANTIA 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 85 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
13. Requisitos admisibilidad:
Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones, y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique. La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones:
a. Presentar el desglose del precio.
b. Si se reciben más de 5 ofertas, no se evaluarán aquellas con una calificación inferior al 85%. La evaluación se realizará en orden descendente según los puntajes asignados por la plataforma SICOP tras el cierre de recepción. Esta medida se aplica para evitar trámites excesivos, en estricto apego a los principios de eficiencia
y eficacia.
c. El oferente debe reportar actividad de la misma índole de la que se está ofertando, según el reporte de Tributación directa, Hacienda.
d. Presentar una declaración jurada que no incumple con el articulo 28 y 29 de la Ley de Contratación Pública.
e. En consulta en SICOP, si el oferente presenta sanciones, apercibimientos e inhabilitaciones con fecha definida, quedarán fuera de concurso.
f. El oferente debe considerar dentro de su oferta el transporte hacia la Municipalidad de San Rafael de Heredia, costado suroeste del parque central de San Rafael, de Heredia.
g. El oferente, persona física o jurídica en el campo debe estar al día en las obligaciones: FODESAF, Hacienda, CCSS.
h. Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso. A menos que sea una única oferta, la administración evaluará la razonabilidad del precio de la oferta para la posibilidad de contratación con el fin de satisfacer el bien público.
i. Una vez finalizado el plazo de recepción de ofertas, se procederá con la apertura de las mismas y la Administración, (de recibirse más de cinco ofertas), por razones de eficiencia y eficacia, evaluará técnica y jurídicamente únicamente las tres primeras ofertas con el menor precio; en caso de cumplir con todos los requisitos de elegibilidad, se procederá a adjudicar la oferta con mayor porcentaje en la tabla de ponderación.
Si las tres primeras ofertas no cumplen con aspectos de admisibilidad, la Administración procederá a evaluar la siguiente oferta de la tabla de ponderación y así sucesivamente hasta que la empresa evaluada sea adjudicable.
j. El oferente debe presentar el desglose del precio según artículo 42 de la LGCP y 102 de su Reglamento, guiado por los siguientes rubros: costos directos, costos indirectos, imprevistos, insumos, mano de obra, utilidad, gastos administrativos.
k. El precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP.
l. Una vez realizada la presentación de la oferta se da como aceptado todo lo establecido en el pliego de condiciones por parte del oferente como lo indica el Art. 199 del Reglamento a la LGCP.
14. Detalle de Adjuntos del Proceso de Contratación: Se adjuntan CARTA-MSRH-BPM-036-2026 razonabilidad precios
MATERIAL PUBLICITARIO, declaración jurada de no conflicto de intereses, Excel con el análisis razonabilidad precios MATERIAL PUBLICITARIO con datos recabados y certificaciones de contenido presupuestario CCP - UTM - 2026 – 313
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
SECCIÓN III
Requerimientos Técnicos del Proceso de Contratación
1. Especificaciones Técnicas:
Todo detalle, cuadro, imagenes, fotos, otros en especificaciones tecnicas CARTA-MSRH-BPM-037 -2026
1. Muestras: No se requiere
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Adquisición de materiales publicitarios para emprendedores
SECCIÓN I
Información General de la Contratación
1. Nombre de la obra o servicio: Adquisición de materiales publicitarios para emprendedores.
2. Dependencia solicitante y ejecutora: Biblioteca Municipal, Dirección Administrativa Financiera.
3. Tipo de procedimiento: LD
4. Tipo de modalidad: Bienes
5. Clasificación del objeto: Bienes
6. Justificación de la procedencia de la contratación: Se requiere adquirir materiales publicitarios para
emprendedores.
7. Disponibilidad del recurso humano para la supervisión del objeto contractual: Esta administración acredita que,
para el cumplimiento de este procedimiento de compra o servicio, se cuenta con recurso humano calificado para
verificar el fiel cumplimiento exacto de las obligaciones pactadas, así solicitado en artículo 106 de la LGCP. 9.
8. Finalidad pública que se persigue satisfacer con el concurso: Es dotar a los emprendedores de herramientas de
mercadeo tangibles que profesionalicen su identidad de marca, faciliten su inserción en el mercado formal y
aumenten su competitividad.
9. Justificación de la escogencia de la solución técnica para satisfacer la necesidad: Se eligen materiales
publicitarios físicos porque los emprendedores necesitan resolver su presentación en el punto de venta de forma
inmediata.
10. Procedimientos de control de calidad: Solicitud de muestras y fichas técnicas, estudio de mercado, y cálculo de
razonabilidad de precios.
11. Terceros interesados y/o afectados: Los funcionarios (as), proveedores, contribuyentes y visitantes de las
instalaciones de la Municipalidad de San Rafael.
12. Riesgos Identificados: Procesos desiertos o infructuosos, recursos de apelación y/o revocatoria, productos o
servicios de baja calidad.
13. Estimación presupuestaria: ₡800 000
14. Detalle de meta (s) y cuenta (s) presupuestaria (s):
Todo detalle, cuadro, imagenes, fotos, otros en especificaciones tecnicas CARTA-MSRH-BPM-037 -2026
15. Razonabilidad de Precios: conforme al Art. 44 del Reglamento a la LGCP se realiza el correspondiente análisis de
precios, acorde a lo establecido en el “Banco de Precios” expuesto en el Sistema Digital Unificado de Compras
Públicas, como también a los estudios de mercado realizados, se adjunta CARTA-MSRH-BPM-035-2026, CARTAMSRH-BPM-034-2026 razonabilidad precios CAPACITACIONES y Excel con el análisis de razonabilidad de
precios CAPACITACIONES con datos recabados.
16. Contactos y sus roles en el proceso de contratación:
Todo detalle, cuadro, imagenes, fotos, otros en especificaciones tecnicas CARTA-MSRH-BPM-037 -2026
17. Prevalencia del acto administrativo: Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente
quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas
relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el
concurso puede continuar, la administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo
184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración
podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con la finalidad
de que prevalezca el acto administrativo y satisfacer el fin público.
SECCIÓN II
Condiciones Generales
1. Vigencia de la oferta: La oferta presentada debe ser válida por 45 días hábiles.
2. Vigencia de la Contratación: Una vez entregado el producto.
3. Plazo y condiciones de entrega: El plazo máximo a considerar será de 10 días hábiles contados a partir de la
notificación de la orden de compra por parte de la Proveeduría. Lugar de ejecución: se realizarán de manera
presencial en las instalaciones de la Biblioteca Municipal de San Rafael de Heredia, situada 100 metros al oeste
del Banco Nacional, en el edificio esquinero de color blanco con café.
4. Garantía de cumplimiento: No
5. Visita a sitio: Si, se debe coordinar una reunión previamente con la encargada de la Unidad Emprendimiento y Empleabilidad gabriela.rios@munisrh.go.cr Teléfono 2237-0789 Ext 206. WhatsApp: 8357 8453 en horario de lunes a viernes de 07:00 am a 03:00 pm.
7. La Administración se reserva el derecho de adjudicar parcialmente las líneas adjudicadas de acuerdo al contenido presupuestario existente.
8. Cronograma de actividades y responsables: tareas, responsables y plazos de cada una de las actividades del
proceso contractual conforme se establece en el párrafo último del Art. 86 del Reglamento a la LGCP. Donde:
UPM: Unidad Proveeduría Municipal/ UE: Unidad Ejecutora / UTM: Unidad Tesorería/ AM: Alcalde Municipal/OF: Oferente
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9. Precio: El precio deberá ser cierto y definitivo, preferiblemente en colones, deberá cotizarse libre de tributos adjuntando un desglose del monto y naturaleza de los impuestos, las tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local que pueda afectarlo; en caso de existir divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real como se indica en el Art. 98 del Reglamento a la LGCP. Conforme al Art. 98 y Art.102 del Reglamento a la LGCP.
10. Desglose del Precio: Articulo 42 de la Ley General de Contratación Pública (9986)
“ARTÍCULO 42- Desglose del precio. El oferente deberá presentar la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; lo anterior será obligatorio para los contratos de servicios y de obra pública, así como para cualquier otro objeto contractual según se establezca en el pliego de condiciones. La Administración
establecerá el formato para la presentación de la estructura del precio. Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales. El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración procederá conforme a lo establecido en el artículo 52.”
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11. Gestión de Recepción y Gestión de Pago: se tomarán en cuenta las siguientes disposiciones:
• El contratista debe realizar la “Solicitud de Recepción” del objeto contractual mediante El Sistema Digital Unificado (SICOP) y coordinar con la unidad ejecutora municipal (Administrador del Contrato en SICOP). En el caso de contrataciones con orden de pedido, podrá realizar la gestión de recepción una vez que se haya aceptado la orden de pedido.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) revisará si es recepción provisional y confirmará el recibido de los bienes en fecha y hora pactada, una vez concluido remitirá un documento electrónico vía Sistema Digital Unificado (SICOP), para que se proceda con la entrega de la contratación.
• La unidad ejecutora municipal (administrador del contrato en SICOP) una vez recibido el objeto contractual, emitirá la Recepción definitiva, donde adjuntará informes, recepciones conformes o disconformes, en el caso de no aceptar una partida o línea la rechazará ahí mismo y remitirá el documento electrónico con todo el contenido necesario en la recepción. En caso de rechazos de partidas o líneas, o bien de entregas parciales, deberán de volver a subir la gestión de recepción para que sean aceptados a conformidad.
• El contratista, una vez recibida la gestión de recepción definitiva, tramitará la “Gestión de Pago” junto con la factura correspondiente al objeto contractual entregado, asimismo deberá remitir desde el programa de facturación la factura al correo oficial proveeduria@munisrh.go.cr, por medio del cual se verificará la factura
recibida en la gestión de pago y se corroborará la idoneidad electrónica del documento. Si este paso se omite el pago no se podrá hacer efectivo.
• La entrega final del servicio se hará efectiva una vez completada la totalidad de las capacitaciones contratadas.
El pago se gestionará tras la entrega del informe correspondiente a cada curso y el visto bueno de la encargada.
• No se realizarán pagos al inicio del servicio (Adelantos).
• El contratista deberá estar al día con toda obligación exigida por la Ley Costarricense, de lo contrario el pago no se tramitará.
• Realizados los pagos correspondientes, se podrá consultar el expediente electrónico en el Sistema Digital Unificado (SICOP) con el número de procedimiento, dirigiéndose al punto de “Pago, “Resultado de pago” donde podrá verificar el monto, la forma de pago (cheque o transferencia), su numeración y fecha correspondiente; en
caso de tener alguna duda en este punto contactarse directamente a la Unidad de Tesorería (22370789 ext. 215-216), siempre y cuando los tramites estén concluidos (si no encuentra datos en la consulta anterior, significa que el procedimiento sigue en trámite).
• LA MUNICIPALIDAD NO SE HACE RESPONSABLE POR PAGOS NO REALIZADOS EN TIEMPO Y FORMA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES: QUE EL CONTRATISTA NO REALICE LAS GESTIONES AL SISTEMA DIGITAL UNIFICADO; PROBLEMAS DE MOROSIDAD U OMISIÓN EN LAS OBLIGACIONES A NIVEL NACIONAL EXIGIDAS, O BIEN QUE LOS PRESUPUESTOS DEBAN SER LIQUIDADOS POR CIERRE DE PERIODO.
• NOTA IMPORTANTE: En caso de consultas relacionadas a la licitación en mención, deberá aportar tanto el número de procedimiento como el número de orden de compra, para que pueda ser atendido correcta y puntualmente.
• La institución dispone de treinta (30) días naturales para realizar el pago correspondiente; plazo valido a partir de la fecha de la “Solicitud de Pago” debidamente asignada a la Proveeduría Municipal.
• El pago se realizará por medio de transferencia bancaria al Banco de Nacional de Costa Rica; por lo que debe registrar el número cuenta bancaria y cuenta cliente de dicho banco en la plataforma, de lo contrario se cancelará por medio de cheque.
• La Municipalidad, como agente recaudador, informa que deducirá el dos por ciento (2%) del monto facturado, correspondiente al impuesto de renta.
• La Municipalidad se encuentra exenta de impuestos, contribuciones, tasas, y derechos, amparada por la Ley 7794, Art. 8.
12. Otras disposiciones: cualquier condición no prevista en el pliego de condiciones se regirá por las disposiciones pertinentes de la normativa interna de la Municipalidad, la Ley de Administración Financiera, Ley General de Contratación Pública, su respectivo Reglamento (Art. 90 del Reglamento), y en general por todo el bloque de legalidad.
SECCIÓN IV
Sistema de evaluación de las ofertas
1. Evaluación de ofertas:
Todas las ofertas que superen el contenido presupuestario existente quedaran fuera de concurso; sin embargo, si la administración deduce bajo el análisis de las ventajas y desventajas relacionadas a la necesidad que presenta el municipio sobre la compra que quiere efectuar, y considera que el acto administrativo se puede rescatar, la
administración podría disminuir o aumentar cantidades (en cumplimento al artículo 184 y 185 del Reglamento a la LGCP) para adjudicar. En caso que existiera una única oferta la administración podría valorar la posibilidad de contratar el objeto bajo las mismas condiciones. Todo lo anterior con el objetivo de que prevalezca el acto
administrativo y satisfacer el fin público.
Todo detalle, cuadro, imagenes, fotos, otros en especificaciones tecnicas CARTA-MSRH-BPM-037 -2026
La calificación final más alta será la que se deriva del mayor puntaje total obtenido al sumar los criterios de
adjudicación = A + B + C + D.
3. Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos oferentes, se tomará como criterios de desempate los
que se detallan a continuación:
a) PYME:
- Industria. (5 puntos).
- Servicio o agropecuaria. (5 puntos).
- Comercio. (2 puntos)
b) Menor Precio. (2 puntos).
c) Mayor Experiencia. (3 puntos).
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con 2 días de antelación a la fecha en que se resolverá el
desempate, a los representantes de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en la Municipalidad de San Rafael de Heredia en el sitio especificado en
la notificación; todo lo anterior conforme al Art. 97 del Reglamento a la LGCP.
SECCIÓN V
Condiciones para la ejecución contractual
1. Requisitos para el adjudicatario y contratista:
Subcontratación:
a) De conformidad con el artículo No. 18 de la LGCP, todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas deberá estar inscrito en el Registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas del sistema SICOP; para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo No. 49 de la LGCP.
b) Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, no asume ningún tipo de compromiso para con este.
c) El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual no relevará al contratista de su responsabilidad, por lo tanto, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará indicado su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar (los subcontratistas serán revisados a la hora de la recepción,
deben estar inscritos en el Sistema Digital Unificado (SICOP) y cumplir con todas las exigencias del pliego de condiciones de lo contrario la oferta no cumpliría, se solicitara subsanación, teniendo en cuenta que si no contesta, quedara fuera de concurso).
d) Durante la ejecución del contrato el subcontratista debe cumplir con todos los requisitos.
e) La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
f) El contratista no podrá alegar en ningún caso cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de la Ley General de Contratación Pública.
Consorcios
a) Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria. Para efecto de los procedimientos
será suficiente que una sola de las empresas consorciadas haya sido invitada, para que el grupo pueda participar. Además de lo anterior, se podrá exigir en el pliego de condiciones, los requisitos de capacidad y solvencia técnica y financiera para cada uno de los miembros del consorcio, sin perjuicio de que para cumplir ciertos requisitos se admita la sumatoria de elementos. Para esto se deberá indicar con toda precisión cuáles requisitos deben ser cumplidos por todos y cada uno de los integrantes y cuáles por el consorcio.
b) Los integrantes del consorcio responderán frente a la Administración de manera solidaria, como si fuesen una única contraparte.
c) Acuerdo consorcial. El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes. b) Designación de los representantes, con
poder suficiente para actuar durante la fase de estudio de ofertas, de formalización, de ejecución contractual y para trámites de pago. c) Detalle de los aportes de cada uno de los miembros, sea en recursos económicos o bienes intangibles, como experiencia y obligaciones que asumiría en fase de ejecución contractual, el porcentaje de la participación de cada uno de ellos, cuando resulte posible,
todo conforme a las regulaciones de la Ley General de Contratación Pública y este Reglamento. d) Plazo del acuerdo que deberá cubrir la totalidad del plazo contractual. Deberá aportarse en el sistema digital unificado el documento original en caso de haberse suscrito de manera digital, o copia certificada del acuerdo si éste fue emitido de forma física.
2. Otros detalles del Concurso:
Esta administración recomienda la lectura integral del presente documento, para evitar posteriores procesos de aclaraciones que ya se encuentren implícitas en el mismo. Así como facilitar la entrega total de la documentación solicitada, para evitar posibles solicitudes de subsanación, lo que implica un retraso del proceso, lo que implica, por el bien público que la presente significa, una afectación a la ciudadanía en general. Para asegurar una gestión eficiente, el interesado deberá presentar la documentación solicitada en una sola carpeta, asegurándose de que cada archivo esté
nombrado de forma clara para su identificación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Sobre las Multas: La Municipalidad de San Rafael de Heredia penalizará los siguientes puntos de la manera siguiente: La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado, la persona a cargo del seguimiento de la Contratación, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona a la Municipalidad, por lo tanto, se valorara el incumplimiento y calculara el costo que ha ocasionado por la falta, se comunicará al contratista mediante un debido proceso, las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. Forma de realizar el cobro de las multas: Una vez que estén en firme las multas y cláusula penal, se solicitará al contratista su cancelación. Esto con base a lo dispuesto en el Art. 116 y 117 del Reglamento a la LGCP. En caso de que el contratista se niegue a cancelar los montos correspondientes por la aplicación de esta cláusula, la Municipalidad podrá proceder de la siguiente forma: • Rebajo de los pagos pendientes. • Ejecutar la garantía de cumplimiento. • En caso de que por separado resultan insuficientes los montos para cubrir la multa, se podrán aplicar los dos procedimientos anteriores de manera conjunta, hasta la finalización del contrato. La Cláusula Penal y las Multas serán tramitadas y discutidas con la Unidad ejecutora encargada de la contratación. • La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios no derivados del atraso en la entrega de los bienes, además de iniciar el respectivo proceso de cobro, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario, si el incumplimiento se da fuera del plazo de vigencia de la garantía de cumplimiento.
Cláusula penal. Sobre la Cláusula Penal: Si existe ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales (plazo entrega), de acuerdo con los términos del pliego de condiciones y de la oferta, sin que fuere formalmente justificado, se aplicará una cláusula penal correspondiente al 2.50% del monto total de la contratación por día de atraso hasta llegar a un máximo de un 25% del monto total de la contratación, de conformidad con el Art. 117 del Reglamento a la LGCP, esta cláusula es no remunerativa y representa un castigo no coercitivo pero castiga el hecho de entregar en forma tardíao no entregar el bien adquirido. En caso de que el contratista se atrase injustificadamente en la entrega. Únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por hechos imputables a la Municipalidad, debidamente demostradas por escrito.
Documentos del cartel5
- Detalle TécnicoPDF · 3,1 MB
- Detalle TécnicoXLSX · 72 KB
- Detalle TécnicoPDF · 3,4 MB
- Detalle TécnicoPDF · 3,8 MB
- Certificación PresupuestariaPDF · 471 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jacqueline Fonseca León
Biblioteca Municipal
Jacqueline Fonseca León
Biblioteca Municipal
Floribeth Chaves Ramirez
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 09/10/2026 10:13. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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