2026LD-000025-0002100003 · SICOP 20261002062
COMPRA DE UTILES Y MATERIALES PARA LIMPIEZA Y OTROS USOS
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Nacional de Aprendizaje busca compra de utiles y materiales para limpieza y otros usos con un presupuesto de ₡9,7 millones en 3 lotes (partidas). Recibe ofertas hasta el 26/10/2026 (en 6 días).
₡9,7 millones
para todos los lotes
Tiempo para ofertar
6 días
cierra el 26/10/2026 08:15
Lotes y líneas
3 lotes
3 líneas en total
Fechas clave
- Se publicó19/10/2026 15:25 · ayer
- Límite para 20/10/2026 23:59 · hoy
- Límite para 21/10/2026 23:59 · mañana
- Cierre de ofertas26/10/2026 08:15 · en 6 días
- de ofertas26/10/2026 08:30 · en 6 días
- (plazo máximo)≈ 09/11/2026 · en 20 días
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 4,8 oferentes.5 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Instituto Nacional de Aprendizaje adjudicó ₡21 565,4 millones en 698 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2,4 millones – ₡2,9 millones
- Lote 2₡1,8 millones – ₡2,1 millones
- Lote 3₡4,0 millones – ₡4,7 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Qué se compra3 líneas · 3 lotes
- L1Jabón Antibacterial, Repuesto para Dispensador, PH Maximo 9% Presentación Empaque de 800 Ml1 306 c/u · ₡2 863 705,381 306 c/u₡2 863 705,38
- L2Papel Higienico, Tipo Jumbo, Hoja Sencilla, para Uso en Dispensador, Color Blanco Empacado en Cajas de 6 Rollos, en Presentacion de Unidad.1 680 c/u · ₡2 086 190,401 680 c/u₡2 086 190,40
- L3Toallas para Secado de Manos en Papel Resistente y de Suave Textura Color Blanco en Rollos Extensos de 240 M, para Uso en Dispensador, Peso Bruto Mínimo por Unidad 1800 G, Ancho de la Hoja 20 Cm, Diámetro del Cono 41 Mm1 800 c/u · ₡4 706 442,001 800 c/u₡4 706 442,00
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Ofertar en : permitido
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Requisitos mínimos de admisibilidad.
- Marca, modelo y ficha técnica.
El oferente obligatoriamente deberá indicar la marca, modelo y ficha técnica de cada uno de los productos ofertados.
- Experiencia de la empresa
Podrán participar en este concurso todas aquellas empresas legalmente constituidas que cuenten con un mínimo de 04(cuatro) años de experiencia en el mercado laboral en la venta de materiales, equipos, similares o superiores a lo solicitado en este concurso.
Para lo cual deberá aportar la siguiente documentación que evidencie el cumplimiento de este aspecto:
-certificación literal de Registro Público donde indique la constitución de la empresa o declaración jurada.
-Presentar como mínimo 02 (dos) facturas de venta de materiales, equipos, similares o superiores al de la presente contratación en atención al artículo 94 del RLGCP.
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Nombre de la Empresa o Institución |
Dirección |
Persona por contactar |
Teléfono |
Materiales vendidos |
Fecha de venta |
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El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva la potestad de constatar la información presentada por el oferente.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
- Especificaciones técnicas: Se incluye anexo en el pliego de condiciones en SICOP.
El contratista deberá cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones.
Según el artículo 91 del RLGCP, “El oferente, estará obligado a describir de forma completa a partir del pliego de condiciones, las características del objeto, bien o servicio que cotiza, sin necesidad de reiterar la aceptación de las cláusulas invariables o condiciones obligatorias, cuyo cumplimiento se presume”.
Las condiciones invariables deben orientarse a la selección de la oferta más conveniente a los intereses de la Administración. El incumplimiento de esas condiciones hará inelegible a la oferta.
El oferente, estará obligado a describir de forma completa a partir del pliego de condiciones, las características del objeto, bien o servicio que cotiza, sin necesidad de reiterar la aceptación de las cláusulas invariables o condiciones obligatorias, cuyo cumplimiento se presume.
Nota importante:
Prevalencia: Se advierte en caso de haber diferencia entre la descripción de código SICOP y la incluida en el presente documento, deberá prevalecer y tomarse como definitiva la descripción amplia (Especificaciones Técnicas anexas al pliego de condiciones).
- Sistema de evaluación: 100% precio.
Criterios de desempate:
Si el resultado de este concurso arroja empate entre dos o más oferentes, en primera instancia, se tomará en cuenta una puntuación adicional a las PYME, según artículo 97 del RLGCP, si aún persiste el empate, se adjudicará al que ofrezca el menor plazo de entrega.
De mantenerse la igualdad, la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
En caso de empate, de dará la siguiente puntuación adicional:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 5 puntos.
- PYME de comercio 2 puntos.
La condición de Pyme se verificará en el sistema digital unificado esto de forma electrónica con el registro de proveedores del Sistema de Información Empresarial Costarricense regulado en la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N°6054 de 14 de junio de 1977
De persistir el empate la Administración convocará por escrito con un día hábil de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, la cual será efectuada en el Proceso de Adquisiciones por el encargado del Proceso de Adquisiciones. Cada oferente tomará al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra “adjudicatario”, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario.
La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa. De lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente.
Estudios que realizará la Administración a las ofertas: Las ofertas serán sometidas a estudios legales, administrativos y técnicos.
CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
- Requisitos para el adjudicatario y contratista.
- Otras obligaciones del contratista
Cumplimiento de obligaciones laborales, de seguridad social y tributarias
La persona oferente y la persona contratista deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 14, inciso f), de la Ley General de Contratación Pública, relativas a la seguridad social ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), las obligaciones laborales para con las personas trabajadoras, el pago de la póliza de riesgos del trabajo ante el Instituto Nacional de Seguros (INS) y los impuestos nacionales. Asimismo, deberán cumplir con las contribuciones legalmente exigibles ante el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) y el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS).
La Administración verificará el cumplimiento de estas obligaciones durante el procedimiento de contratación y la ejecución contractual mediante las consultas oficiales disponibles y la documentación pertinente, dejando constancia en el expediente. La documentación solicitada deberá limitarse a la información necesaria, resguardando los datos personales conforme a la normativa aplicable.
Durante la ejecución contractual, el administrador del contrato realizará controles periódicos y documentados sobre el cumplimiento de estas obligaciones por parte de la persona contratista según la naturaleza y el alcance de la contratación. Cuando existan indicios de incumplimiento, la Administración solicitará las aclaraciones y pruebas pertinentes
De conformidad con el artículo 119, inciso r) y párrafo final, de la citada ley, el incumplimiento debidamente acreditado de la legislación laboral, incluyendo el pago de salarios, aguinaldo y jornada laboral, entre otras obligaciones, así como la falta de pago de la póliza de riesgos del trabajo ante el INS o de las contribuciones ante la CCSS, el INA, Fodesaf y el IMAS, generará
la exclusión de la oferta del procedimiento y, si se detecta durante la ejecución contractual, la resolución del contrato, con observancia del debido proceso y sin perjuicio del procedimiento sancionatorio que corresponda.
Además, es un deber ineludible de las empresas contratantes cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo. La Administración se reserva la potestad de verificar el cumplimiento de dichas disposiciones en cualquier momento. Así mismo esta cláusula será considerada contenido esencial del contrato, y cualquier falta a la misma implicará incumplimiento contractual, en cuyo caso, podrá la Administración dar por terminado el contrato, según lo dispuesto por las normas que regulan la materia.
- Cláusulas penales y de multas.
- Clausula penal
El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP.
Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente.
En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa.
El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
- Multas por la presentación de recursos temerarios
Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
- Plazos y lugares de entrega del objeto contractual
- Lugar de entrega: Proceso de Almacén de la Unidad Regional Central Occidental del INA, Cirrí Sur, Naranjo, 300 metros Sur del Cruce de Cirrí. Horario de 7:30 a 2:00 pm de lunes a viernes.
- Plazo de entrega
El plazo máximo de entrega es de 15 días hábiles. Sin embargo, el oferente puede ofrecer un plazo de entrega menor, el cual deberá indicar de manera clara en su oferta.
Notas:
- El plazo de entrega debe especificarse en días hábiles. En caso contrario se calcularán dividiendo la cantidad de días naturales entre 1.4.
- Las ofertas que consignen un plazo de entrega “Inmediato”, se considerarán ejecutables en un (1) día hábil.
- No se aceptarán entregas de líneas incompletas de un contrato (entregas parciales), salvo aprobación de la Administración.
Inicio del plazo de entrega: rige a partir del día hábil siguiente de que el INA le notifica al contratista el contrato.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
- Observaciones al acto de apertura de ofertas: se establece un plazo de un (1) día hábil después de la apertura de ofertas para que los oferentes puedan efectuar observaciones.
- Términos de pago.
El INA cancelará las facturas dentro de los treinta días naturales siguientes al recibo del bien a satisfacción, previo visto bueno, por medio de la modalidad: Transferencia bancaria en la cuenta cliente bancaria. Debe entenderse que el recibo a satisfacción incluye la aceptación por parte del Proceso de Almacén de la Unidad Regional Central Occidental del INA, e informe positivo del técnico respectivo, según los requerimientos del INA. Todo de conformidad con el artículo 18 del RLGCP.
El pago podrá realizarse en la moneda fijada en la contratación, o bien, en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N°7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995.
Para efectos del pago en colones, en contrataciones pactadas parcial o totalmente en moneda extranjera, la Administración deberá utilizar el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día en que se efectuará el pago, de conformidad con el artículo 48 de la citada Ley N°7558.
Se deberá remitir la factura electrónica a la dirección de correo fact.almacen003@ina.ac.cr al Proceso de Almacén de la Unidad Regional Central Occidental del INA.
Nota: El pago de este trámite queda supeditado al presupuesto 2027.
- En atención al artículo 104 del RLGCP el INA se reserva el derecho de adjudicar parcialmente una misma línea.
- Será necesario indicar en su oferta el nombre del representante o distribuidor en nuestro país que rendirá en Costa Rica la garantía de Fabricación, siendo la responsabilidad solidaria entre la empresa fabricante o extranjera que rinde la garantía y la empresa nacional que se encarga de ejecutarla o cumplirla.
- El oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. Todo de acuerdo con el Artículo 133 del RLGCP. En caso de no manifestar en la oferta que se vaya a utilizar la figura de subcontratación, se entenderá por parte de la Administración que la empresa licitante no la utilizará.
- Sobre aplicación del IVA
Para efectos de este concurso los proveedores participantes deberán presentar sus ofertas económicas con el impuesto (IVA) correspondiente, cuando aplique. Se indica que el INA no se encuentra exonerado.
El oferente deberá presentar en la sección información de bienes, servicios u obras en SICOP un desglose de la oferta de los servicios ofrecidos junto con el impuesto antes mencionado.
En caso de encontrarse el bien ofertado exonerado por medio de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y decretos, el oferente deberá indicarlo
Para efectos de este trámite el IVA que corresponde según lo indicado por la Unidad Técnica Especializada en su sondeo de mercado es de: Partida #1 y #3 es de un 13% y para la partida #2 es de 1%.
- Desglose de tributos: Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 98 del RLGCP. Caso contrario se indique que el bien o servicio es exonerado por Ley.
Notas:
- En atención al artículo 123 del RLGCP el oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de líneas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar las de su interés. No se admitirá la cotización parcial de una línea.
- En atención al artículo 98 del RLGCP El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
- Información técnica
Literatura, catálogos o información técnica (brochures), del material, de la marca y el modelo ofrecido, deben presentarse de manera obligatoria, coincidente con el bien ofertado, esto con la finalidad de minimizar las eventuales prevenciones que se deben realizar en el análisis técnico de las ofertas por las diferencias entre el bien ofertado y la literatura suministrada.
Dicha información deberá contener un detalle completo de todas las especificaciones técnicas del bien ofrecido en idioma español.
Deberá de acatarse lo indicado en el artículo 118 del RLGCP.
- Modalidad para presentar ofertas:
Las ofertas deberán ser presentadas en modalidad de plaza: Mercaderías ya nacionalizadas en bodegas del oferente.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 4.2.2 Multas por la presentación de recursos temerarios Se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 94 de la LGCP en cuanto a los recursos que les corresponda conocer para la aplicación de las multas a la Contraloría General de la República o la Administración, así como el procedimiento para imponer la multa.
Cláusula penal. 4.2 Cláusulas penales y de multas. 4.2.1 Clausula penal El atraso en la entrega de los bienes dará lugar a una sanción económica del 1% por día hábil que se aplicará con base en el monto facturado de la línea donde se presente el incumplimiento, en atención al artículo 116 del RLGCP y al artículo 46 de la LGCP. Para ejecutar la cláusula penal la Administración deberá emitir un acto motivado, con indicación de la prueba que lo sustente. En contra de esa decisión, el afectado podrá interponer los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto. La resolución de dichos recursos agota la vía administrativa. El cobro por concepto de cláusula penal no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato incluidas sus modificaciones. La omisión de cobro ocasionará responsabilidad civil y administrativa del funcionario omiso, conforme a lo previsto en el artículo 125, inciso k) de la Ley General de Contratación. esto en atención al artículo 117 del RLGCP y el artículo 47 de la LGCP.
Documentos del cartel1
- Pliego Condiciones GeneralesPDF · 225 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Gerzen Mauricio Zamora Vargas
Centro de Formación Valverde Vega
Melissa Eugenia Ortiz Ugalde
Proceso de Servicios Generales
Fabián Lizano González
Unidad de Recursos Materiales
Marco Arroyo Yannarella
Unidad de Recursos Materiales
Guillermo Gerardo Rodriguez Barahona
Encargado del concurso · Proceso de Adquisiciones Unidad Regional Central Occidental
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 19/10/2026 15:32. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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