2025LY-000020-0006000001 · SICOP 20251201301
Construcción del puente peatonal sobre la RN No 2 (Florencio del Castillo) en Fierro, sentido Cartago-San José Versión 2
Consejo Nacional de Vialidad
Consejo Nacional de Vialidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡813,5 millones y quedó en firme el 27/05/2026. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡813,5 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡754,9 millones
7,2 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 27/05/2026
- Concreto Asfaltico NacionalNo era la más barata (2.ª de 3)₡914 902 244,02
Informe de recomendación de Andres Esteban Castro Fallas, 12/05/2026 · adjuntos: FODESAF ICOMA.pdf, Consulta Morosidad Patronal.pdf, Consulta Oficina Virtual Tributaria ICOMA.pdf, Consulta Oficina Virtual Tributaria.pdf, CERTIFICACION-CONAVI-CA-DIE-GCTR-042-2026-firmado.pdf
Fechas clave
- Se publicó18/12/2025 14:31 · hace 10 meses
- Límite para 13/01/2026 23:59 · hace 9 meses
- Límite para 13/01/2026 23:59 · hace 9 meses
- Cierre de ofertas23/01/2026 10:00 · hace 9 meses
- de ofertas23/01/2026 10:00 · hace 9 meses
- publicado14/05/2026 08:22 · hace 5 meses
- Adjudicación 27/05/2026 14:17 · hace 5 meses
2 recibidas, 2 respondidas.
Nota de la institución. Las aclaraciones presentadas posteriormente a dicho plazo, podrían ser atendidas por la Administración; pero de no ser así no impedirán la apertura de la oferta señalada. Art 93 RLGCP
Contexto
- Consejo Nacional de Vialidad adjudicó ₡184 003,2 millones en 102 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Construcción de Puente Peatonal1 · ₡813 488 747,971₡813 488 747,97
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡691,5 millones – ₡813,5 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 95 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,95 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 10 % durante 17 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 180 días naturales
- Contrato por 11 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 95 % · Pyme 2 % · Igualdad de Género 1 % · Pyme regional 1 % · Políticas de gestión ambiental organizacional 1 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡497,49 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 95 | Pymemáx. 2 | Igualdad de Géneromáx. 1 | Pyme regionalmáx. 1 | Políticas de gestión ambiental organizacionalmáx. 1 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Kallpa Arquitectura Construccion y Suministros | 95 | 2 | 1 | 0 | 1 | 99 |
| Codocsa | 78,19 | 2 | 0 | 1 | 0 | 81,19 |
| Concreto Asfaltico NacionalGanó | 78,38 | 0 | 0 | 0 | 1 | 79,38 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Según el ACUERDO-CONAVI-CA-223-2026. Se da el plazo establecido en la normativa artículo 97 LGCP y artículo 259 RLGCP.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
- a) Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales y las especificaciones técnicas solicitadas.
- b) Será inadmisible la oferta que presente en la estructura del desglose la utilidad o los imprevistos con valores nulos (cero).
Para detalles ver documento llamado "DR Fierro C-SJ Versión 2" el cual se adjunta en los archivos de este expediente digital.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
A. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1) DESCRIPCIÓN GENERAL.
El contratista deberá realizar la construcción del puente peatonal sobre la Ruta Nacional No. 2
(Florencio del Castillo) en Fierro, sentido Cartago-San José, según lo indicado en este pliego
de condiciones, de manera que cumpla con la normativa vigente y garantice la seguridad de los
usuarios, basado en la ética, las correctas prácticas de la ingeniería y todos los requerimientos
indicados en este documento de requerimientos, así como en la documentación de diseño
aportada por la Administración.
5.1.1 UBICACIÓN.
La estructura a construir se ubica en Fierro, en la Ruta Nacional No. 2, en la Provincia: 3
Cartago; Cantón: 303 La Unión; Distrito: 30304 San Rafael.
Para detalles ver documento llamado "DR Fierro C-SJ" el cual se adjunta en los archivos de este expediente digital.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CONDICIONES GENERALES
2.1 DE LAS OFERTAS
El contratante comunicará las fechas límites para la presentación de las ofertas en forma
electrónica con la utilización del SDU, de acuerdo con el artículo 156 del RLGCP.
La oferta deberá presentarse solamente en forma electrónica, en el expediente electrónico del
SDU, haciendo referencia expresa, ordenada y separando la información, legal, admisibilidad,
técnica, de precios, financiera y otros, -en caso de existir- y cualquier otro solicitado en este
pliego de condiciones, con explicación suficiente, cuando así se le solicite.
Todos los atestados que se solicitan en este documento son de carácter público, por lo que los
oferentes no podrán incorporarlos en el SDU como confidenciales. En caso de que un oferente
considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el SDU
con su oferta, aportando la información separadamente EN UN APARTE SOLO PARA LOS
DOCUMENTOS CONFIDENCIALES, con su debida motivación y su sustento jurídico; caso
contrario, el contratante los hará públicos, de conformidad con los Artículos 8 inciso c) y 15 de
la LGCP y Artículo 30 del RLGCP. En caso de que no exista el motivo y la normativa jurídica
que justifique que dichos documentos son confidenciales, el contratante los hará públicos al
momento de la apertura sin responsabilidad para el contratante.
De conformidad con el artículo 119 del RLGCP, la oferta deberá ser firmada digitalmente por el
oferente. Los potenciales interesados que no posean firma digital podrán formular su oferta en
la forma prevista en el artículo 48 de la LGCP. En cuanto a la utilización de los medios
electrónicos en SICOP, podrán ser consultados en la dirección electrónica www.sicop.go.cr; en
el correo electrónico: call-center@sicop.go.cr; en el teléfono 1311 opción 3 o el 800 00 SICOP
(74207). Asimismo, la Dirección de Contratación Pública (DCoP) emitirá los lineamientos que
sean necesarios a fin de realizar un proceso adecuado de recepción electrónica de ofertas. Los
oferentes deberán revisar constantemente el sistema, a fin de mantenerse actualizados con la
información necesaria para presentar su oferta.
No se permitirá la presentación de ofertas parciales, se deberá ofertar todos los renglones de
pago y las cantidades contenidas en el sumario de cantidades de este documento. Para el
presente concurso se acepta la presentación de ofertas alternativas. Lo anterior de conformidad
con lo establecido en el artículo 48 de la LGCP y el artículo 125 del RLGCP.
El contratante se reserva el derecho de comprobar la exactitud y veracidad de los datos
consignados en la oferta, en cualquiera de sus apartados, en caso de que así lo considere
necesario.
Con la presentación de la oferta, se entiende la aceptación de cláusulas invariables o
condiciones obligatorias; cuyo cumplimiento se presume. Además, no será necesario prevenir
la subsanación de aquellas omisiones relacionadas con aspectos exigidos por el pliego de
condiciones, que no requieren una manifestación expresa del oferente para conocer los
alcances puntuales de su propuesta, en cuyo caso se entenderá que acepta las condiciones.
Según lo establecido en los artículos 91 y 134 del RLGCP.
Para detalles ver documento llamado "DR Fierro C-SJ Versión 2" el cual se adjunta en los archivos de este expediente digital.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 6.23 SANCIONES. Conforme los artículos 46 y 47 de la LGCP y 116 y 117 de su reglamento, el contratista deberá pagar al contratante por concepto de sanciones, el monto por cada uno de los elementos señalados en la siguiente tabla. el Contratante podrá deducir dichos montos de los pagos que se adeuden al contratista. El cobro de sanciones se rige por la Circular DIE-10-2025-0050-C, que se anexa (aparte 8.2). Para detalles ver documento llamado "DR Fierro C-SJ Versión 2" el cual se adjunta en los archivos de este expediente digital. Ver cláusula Sanciones en el Documento de Requerimiento y otros relacionados (Anexo)
Cláusula penal. 6.23 SANCIONES. Conforme los artículos 46 y 47 de la LGCP y 116 y 117 de su reglamento, el contratista deberá pagar al contratante por concepto de sanciones, el monto por cada uno de los elementos señalados en la siguiente tabla. el Contratante podrá deducir dichos montos de los pagos que se adeuden al contratista. El cobro de sanciones se rige por la Circular DIE-10-2025-0050-C, que se anexa (aparte 8.2). Para detalles ver documento llamado "DR Fierro C-SJ Versión 2" el cual se adjunta en los archivos de este expediente digital. Ver cláusula Sanciones en el Documento de Requerimiento y otros relacionados (Anexo)
Documentos del cartel1
- Documento de RequerimientosZIP · 44,4 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Silvia Vanessa Gomez Granados
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Billy Alexander Guerra Moran
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Sergio Dennis Rainold Quiros
Dirección Financiera
Iran Barquero Mena
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Daniel Eduardo Gutierrez Saborio
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Jason Pérez Anchía
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 16:51. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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