2026LD-000038-0000700001 · SICOP 20260803272
Servicio de Reemplazo de Puntos de Red y Eléctricos para las Oficinas Administrativas del Segundo Piso del Palacio Municipal.
Municipalidad de Grecia
Municipalidad de Grecia ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡30,0 millones y quedó en firme el 25/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡30,0 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
₡27,4 millones
8,6 % por debajo del presupuesto
Quién ganóen firme 25/09/2026
- Netway₡27 396 261,40
Informe de recomendación de Kristin Conejo Solís, 23/09/2026
Fechas clave
- Se publicó27/08/2026 11:27 · hace 45 días
- Límite para 02/09/2026 16:00 · hace 39 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Cierre de ofertas14/09/2026 08:00 · hace 27 días
- de ofertas14/09/2026 08:00 · hace 27 días
- publicado25/09/2026 10:30 · hace 16 días
- Adjudicación 25/09/2026 10:31 · hace 16 días
1 recibidas, 1 respondidas.
El cartel fue modificado (3 veces). Qué cambió:
- Cierre de ofertas: 10/09/2026 11:30 → 14/09/2026 08:00
- Apertura de ofertas: 10/09/2026 11:35 → 14/09/2026 08:00
- Límite de observaciones a la apertura: 14/09/2026 11:30 → 16/09/2026 08:00
- Plazo del acto final: 10 → 12
Contexto
- Municipalidad de Grecia adjudicó ₡1 121,3 millones en 150 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Instalación de Cableado Estructurado de Datos y Eléctrico.1 · ₡29 959 759,381₡29 959 759,38
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡25,5 millones – ₡30,0 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 7 % durante 5 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 5 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : no
- Pago por adelantado: no
- : Precio 70 % · Pyme 10 % · Experiencia 10 % · Ambiente 5 % · Plazo de entrega 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 90 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡449,94 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Pymemáx. 10 | Experienciamáx. 10 | Ambientemáx. 5 | Plazo de entregamáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| NetwayGanó | 70 | 10 | 10 | 5 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se comunica el acto final
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
- El oferente deberá estar al día en el pago de las obligaciones con FODESAF según lo establecido en el artículo 22 inciso c) de la Ley 8783, Reforma No. 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, se verificará a través del SICOP.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones Obrero-Patronales al momento de la apertura de ofertas, de conformidad con la reforma al Art. 74 de la Ley constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social publicado en la gaceta N° 92 del 25 mayo del 2023, y el Art. 14 inciso f) de la LGCP, se verificará a través del SICOP.
- Para el caso de la póliza todo oferente debe contar y estar al día de la recepción de ofertas con la póliza de riesgos de trabajo aportando la certificación en la oferta. El oferente debe estar claro al momento de ofertar según la naturaleza del objeto, tener presente los siguientes puntos:
- Para el caso de bienes y servicios: Debe aportar la póliza de riesgos de trabajo al momento de ofertar y en caso de requerir ser declarada, la Municipalidad solicitará esa condición previa a la formalidad del contrato. Para aquellos servicios que NO representen instalaciones nuevas, éstos no deberán ser declarados, solo que el pliego de condiciones solicita esa condición, así como también una póliza de responsabilidad civil y daños a terceros.
- El oferente deberá estar al día con las obligaciones formales y materiales ante la Administración Tributaria, de conformidad con el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Dicha situación se verificará mediante el sistema correspondiente, dentro del portal de consultas en internet del Ministerio de Hacienda.
- Todo aquel proveedor inscrito en el Sistema Digital Unificado (SICOP), tiene la obligatoriedad de mantener actualizado su registro con toda la información relacionada, la misma debe de indicar la naturaleza y propiedad de las acciones y su beneficiario final, así como la declaración donde indique que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la ley 9986, conforme lo regulado en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública y emisión por parte de la Dirección de Contratación Pública mediante Circular MH-DCoP-CIR-0054-2023 y publicación en La Gaceta N.94 del lunes 29 de mayo del 2023.
Adicionalmente a la declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los casos de imposibilidad legal para contratar con la Administración de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29 de la Ley General de Contratación Pública, adicional debe indicar: que no tiene parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y afinidad en esta Municipalidad con: El Alcalde Municipal, Regidores propietarios y suplentes, Síndicos propietarios y suplentes y Proveedor Institucional.
- Presentación de un plan de trabajo detallado:
Justificación: Permite coordinar y supervisar adecuadamente el avance de las labores.
Evidencia requerida: Documento con cronograma de actividades y etapas del servicio.
- Listado de materiales con marcas, especificaciones y certificaciones:
Justificación: Garantía y verificación del cumplimiento de las normas TIA/EIA, UL, RoHS y la compatibilidad de los insumos.
Evidencia requerida: Hoja técnica de productos, con detalle del fabricante y código de cada componente.
- Declaración jurada de que todos los materiales son nuevos y originales (no refurbished, no usados):
Justificación: Se requiere asegurar la vida útil y calidad del sistema instalado.
Evidencia requerida: Declaración firmada digitalmente por el representante legal.
- Recurso Humano Mínimo Requerido (Requisito de Admisibilidad) El oferente deberá postular de forma obligatoria el siguiente personal técnico y profesional para el desarrollo de los servicios requeridos en esta contratación:
- Un (1) Director de Proyecto: Con grado universitario en Ingeniería Electromecánica, Eléctrica, Electrónica, Informática (especialista en redes/telecomunicaciones). Será el líder general del proyecto, encargado de la gestión contractual, cronogramas y comunicación con la institución. Debe estar debidamente incorporado y activo en su respectivo colegio profesional. Deberá demostrar una experiencia mínima de cinco (5) años en roles de dirección de proyectos relacionados con esta contratación.
- Un (1) Ingeniero Electricista o Electromecánico: Con grado universitario y estar al día con su colegiatura en el CFIA. Este profesional será el responsable legal y técnico de toda la parte eléctrica del proyecto. Su labor consiste en diseñar el sistema, calcular que la instalación sea segura, firmar los planos correspondientes y garantizar ante las autoridades que todo cumple con las leyes y normas vigentes en el país. Deberá demostrar una experiencia mínima de cinco (5) años en cableado estructurado.
- Un (1) Ingeniero Supervisor de Sitio: Con grado universitario en Ingeniería Eléctrica o Electromecánica. Será el responsable directo de la ejecución en sitio, la distribución diaria de cargas de trabajo, la supervisión del personal técnico, el control de calidad de la instalación, la gestión de la seguridad ocupacional en campo y de reportar avances directamente al Director de Proyectos. Deberá demostrar una experiencia mínima de cinco (5) años en cableado estructurado.
Nota de Concurrencia de Roles: Se aceptará que las funciones del Ingeniero Electricista/Electromecánico (punto 2) y del Ingeniero Supervisor de Sitio (punto 3) sean ejercidas por una sola persona (un único profesional), siempre y cuando dicho profesional cumpla a cabalidad con la totalidad de los requisitos de incorporación al CFIA, perfil académico y los cinco (5) años de experiencia mínima solicitados para ambos roles en cableado estructurado.
- Cuatro (4) Técnicos en Cableado Estructurado o Redes: Cada uno deberá contar con certificación vigente emitida directamente por el fabricante de la solución de cableado ofertada. Asimismo, cada técnico deberá demostrar una experiencia mínima de dos (2) años en labores de instalación, conectividad y certificación de sistemas de cableado estructurado.
En todos los casos se debe presentar los curriculums y certificaciones que acreditan a cada profesional.
Además, para verificar que el personal ofrecido pertenece a su empresa, el proveedor debe entregar una copia de la planilla de la CCSS.
Esto es fundamental para que la instalación cumpla con las normas internacionales (TIA/EIA-568, ISO/IEC 11801), garantizando el rendimiento y la garantía extendida del sistema.
- El oferente debe demostrar que cuenta con el respaldo directo del fabricante de la marca de cableado estructurado que propone instalar en el proyecto. Para ello deberá cumplir obligatoriamente con lo siguiente:
Certificación de Canal Autorizado y Garantía Extendida: El oferente deberá presentar una constancia, carta o certificado oficial expedido directamente por el fabricante, con vigencia a la fecha de apertura del proceso y durante toda la ejecución contractual, que acredite su estatus activo como Canal Certificado, Integrador Autorizado o Partner Oficial de la marca. Dicho documento debe manifestar expresamente que el oferente se encuentra en pleno cumplimiento de sus obligaciones comerciales y técnicas, que posee el equipo certificador requerido y autorizado por la marca para la certificación de cada punto de red, y que está legal y técnicamente facultado para tramitar, registrar y otorgar a favor de la Municipalidad de Grecia la garantía extendida de fábrica del sistema de cableado estructurado instalado por un periodo mínimo de veinticinco (25) años.
Justificación:
En el mercado de las telecomunicaciones, los principales fabricantes globales de cableado estructurado (tales como CommScope, Panduit, Leviton, Siemon, Legrand, entre otros) ofrecen de manera regular y como estándar comercial básico una garantía extendida que oscila entre los 20 y 25 años. No es un beneficio extraordinario que encarezca el proyecto, sino un valor agregado regular que otorgan las marcas a través de sus canales certificados para garantizar la autenticidad y calidad de sus productos.
Solicitar los 25 años de garantía no limita la libre competencia, ya que cualquier marca seria del mercado la ofrece. Lo que sí hace es asegurar que el proveedor seleccionado use materiales legítimos y mano de obra calificada, protegiendo a la empresa de recibir materiales genéricos o una instalación defectuosa que falle en el corto plazo.
- El oferente deberá demostrar una trayectoria mínima de diez (10) años en el mercado nacional brindando servicios de instalación y mantenimiento de cableado estructurado. Para la comprobación de este requisito, se deberá aportar obligatoriamente:
- Certificación vigente de personería jurídica expedida por el Registro Nacional (con no más de un mes de emitida), que compruebe la fecha de constitución de la empresa.
- Declaración jurada firmada por el representante legal, detallando los años de experiencia de la empresa y señalando de forma expresa al menos tres (3) casos de éxito en proyectos de cableado estructurado de similares a este proyecto, incluyendo el nombre del cliente, el año de ejecución y un contacto verificable (nombre, teléfono y correo electrónico). Como referencia para estos casos de éxito, se aceptarán procesos finalizados y ejecutados de forma satisfactoria a través del sistema SICOP.
Justificación Técnica Institucional:
Para la Municipalidad de Grecia, este requisito es una garantía indispensable de estabilidad, madurez operativa y solidez técnica para asegurar la correcta implementación integral del cableado estructurado y sus subsistemas eléctricos asociados, minimizando drásticamente el riesgo de fallas físicas en la red, interrupciones de conectividad, sobrecargas o la desaparición del contratista durante el periodo de post-instalación y vigencia de las garantías.
Una trayectoria de diez (10) años demuestra que el oferente no solo posee procesos logísticos optimizados para el manejo de cableado estructurado, sino también la competencia técnica para abordar de manera unificada la infraestructura eléctrica que alimenta y protege dichos equipos (circuitos dedicados, alimentación regulada/UPS, sistemas de puesta a tierra y protecciones contra sobretensiones). Asimismo, comprueba que la empresa cuenta con herramientas de calibración y certificación adecuadas, y mantiene relaciones consolidadas con fabricantes oficiales para el respaldo de garantías extendidas tanto en red de datos como en componentes eléctricos.
La experiencia técnica acumulada asegura que el contratista comprende la criticidad que tiene una infraestructura convergente de datos y energía como base de las telecomunicaciones municipales. Esto garantiza una instalación alineada a las mejores prácticas internacionales y normativas vigentes, tales como las normas TIA/EIA (568, 569, 607) y el Código Eléctrico Nacional (NFPA 70 / NEC en su última versión oficializada por el MEIC), asegurando la debida separación magnética y física entre conductores de energía y datos, el dimensionamiento correcto de cargas y canalizaciones, y la máxima seguridad operativa para los equipos y el personal.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Conforme se indica en el documento adjunto llamado pliego de condiciones.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
La Municipalidad de Grecia requiere el servicio de remplazo de puntos de red y eléctricos para las oficinas administrativas del segundo piso del Palacio Municipal.
La infraestructura actual de red de datos y energía eléctrica de la planta alta del Palacio Municipal presenta un alto grado de obsolescencia, saturación y deterioro físico en sus componentes, derivado del uso continuo y de readecuaciones de oficinas que alteraron la canalización original. El reemplazo de los puntos dañados y en mal estado restablecerá la capacidad de la red, garantizando un servicio más eficiente y estable para las tecnologías de la información utilizadas.
Por lo tanto, se requiere la contratación de una solución llave en mano para el reemplazo total y la estandarización del cableado estructurado y del sistema eléctrico de la planta alta, alineada con la nueva distribución espacial.
Principales objetivos de la intervención:
Seguridad y prevención de riesgos: Eliminar peligros de sobrecarga eléctrica, cortocircuitos o incidentes que atenten contra la integridad física de los funcionarios y contribuyentes.
Continuidad operativa: Prevenir caídas del sistema de datos y fallos eléctricos que interrumpan la atención de los servicios públicos.
Estandarización y escalabilidad: Garantizar una red que cumpla con los estándares técnicos vigentes, preparada para el crecimiento tecnológico de la institución.
Mediante a la constancia presupuestarias MGP-CONST-0463-2026, se cuenta con una asignación de ¢30.000.000,00, garantizando la disponibilidad financiera para esta contratación.
El monto del contrato no excede la asignación presupuestaria y se gestiona conforme a los principios de eficiencia y control financiero establecidos en la Ley General de Contratación Pública.
- CLAUSULADO GENERAL EN TRÁMITES PROMOVIDOS EN SISTEMA INTEGRADO DE COMPRAS PÚBLICAS.
- Consideraciones para la presentación de su oferta:
- Cada documento que conforma la oferta se debe adjuntar de forma individual (favor no incluir PDF con documentos agrupados).
- El nombre de cada documento incluido en la oferta debe identificar claramente su contenido.
- Los documentos escaneados y firmados en físico o en manuscrito, deberán presentarse conjuntamente con la certificación emitida por notario público, donde se haga constar que es copia fiel y exacta de su original, de conformidad con el artículo 295 de la LGAP.
- En caso de incluir documentos emitidos en el extranjero, estos deben encontrarse apostillados o consularizados, según corresponda, de conformidad con el artículo 294 de la LGAP.
- Oferta:
- Serán oferentes todas aquellas personas que presenten su oferta en forma electrónica por medio del Sistema integrado de compras públicas, actuando por sí mismo o por medio de un representante debidamente acreditado para tales efectos.
- Por el solo hecho de presentar su oferta en el presente concurso, el oferente admite:
- Conocer completamente las condiciones del concurso, sus aclaraciones o modificaciones, y que acepta todos los términos y condiciones que en ellos constan.
- Cumplir estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para la Administración, en cuanto a dichos rubros.
- En atención al párrafo tercero, inciso 3 del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en adelante C.C.S.S., el oferente deberá estar al día con sus obligaciones obrero-patronales ante la C.C.S.S.
- El oferente deberá encontrarse al día en el pago de las obligaciones con FODESAF, esto conforme al artículo 22 inciso c, de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares No 5662.
- Debe de contar con póliza del INS conforme a la actividad comercial que ejerza y conforme lo solicitado en este pliego de condiciones.
- Conforme a lo establecido en el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el oferente debe de encontrarse al día con sus obligaciones ante Tributación Directa.
- En los casos cuando se aporten manuales o documentación técnica los mismos deben adjuntarse a la oferta en el sistema integrado de compras públicas en momento procesal oportuno.
- La información técnica o complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante deberán presentarse en idioma español, salvo que en el pliego de condiciones se permitan otros idiomas con la traducción debidamente consularizada o se acepte una traducción libre de su texto.
- El acto de apertura de las ofertas se realizará mediante el sistema integrado de compras públicas, en la fecha y hora establecida en el pliego de condiciones.
- Los oferentes podrán efectuar observaciones al acta de apertura de ofertas en forma electrónica por medio de sistema integrado de compras públicas dentro del plazo de una hora posterior a la publicación de la apertura.
- El Oferente está obligado a cotizar todo el objeto, salvo que se trate de partidas independientes entre sí, en cuyo caso podrá cotizar en las de su interés, sin que sea necesario que el pliego de condiciones lo autorice. No se permite la cotización parcial de una línea.
- Toda documentación adjunta en la oferta económica que sea emitida del exterior deberá estar apostillada para validar la veracidad del documento, así como en etapas posteriores a ésta que sea requerida por la administración o como respaldo del oferente, adjudicado y/o contratado.
- Oferta Base, Alternativas, en Conjunto o Consorciada: Se regulará conforme lo indicado en el artículo 125 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Los documentos adjuntos al pliego de condiciones forman parte integral de este, de forma tal que en caso de duda sobre las especificaciones técnicas del bien o servicio a adquirir prevalecerán las descripciones que elaboren las áreas técnicas y que se hagan constar en la documentación adjunta al pliego de condiciones en Sistema Integrado De Compras Públicas.
- Acto final:
La Municipalidad de Grecia adjudicara por partida definida en Sicop y se reserva el derecho de adjudicar en forma parcial cuando surjan temas de interés público. El plazo para dictar el acto final será el doble del plazo fijado en el pliego para la recepción de ofertas. En casos excepcionales y por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al definido en la recepción de ofertas.
Conforme a los artículos 104 y 139 del Reglamento a la Ley General de Contratación pública la Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades, conforme al disponible presupuestario, así mismo conforme al artículo 90 inciso h) se reserva el derecho de no adjudicar aquella (s) líneas que tengan precios fuera del mercado nacional en la línea afectada.
El reajuste de precios se regula mediante el reglamento para el reajuste de precios en los contratos de obra pública y la revisión de precios en los contratos de bienes y servicios, Decreto Ejecutivo No.44937-H-MICITT-MIDEPLAN (Alcance No.46 Gaceta No.64 03 abril 2025, entrada en vigencia a partir del 04 de agosto del 2025).
El oferente debe aportar en su estructura de precios, todos aquellos índices de precios que se componen de su oferta inicial, bajo el amparo de lo regulado en el artículo 9 y/o 12 de este Decreto.
Cuando haya ausencia del índice de precios el oferente deberá advertirlo en su oferta y se podrá aplicar bajo el método analítico – documental de conformidad con lo regulado en los artículos 102, 107, 108 y 109 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
- Trámite de exoneración:
En caso de no tener los bienes ya ingresados al país, seguirá el siguiente proceso:
- Solicitud escrita de exoneración suscrita por el Adjudicatario o su representante, en esta hará referencia a la contratación que da origen a la solicitud y deberá indicar el número de documento de embarque, el tipo de transporte (vapor, avión o terrestre), el país de procedencia, el consignatario, el remitente, el peso bruto en kilos y el valor CIF en dólares moneda de Estados Unidos de América.
- Una copia de la (s) factura (s) del o los suministros a exonerar, la misma debe ser redactada en español o en su defecto debe venir acompañada con la traducción correspondiente. En el caso de que en una misma factura se consignen otros suministros, se debe indicar claramente, cuales son los equipos que serán entregados a la Institución.
- Una copia del documento de embarque o guía aérea, el cual debe cumplir con todos los requisitos legales que exigen las aduanas del país, para cumplir con los trámites de exoneración. Asimismo, debe contener un “Endoso comercial a favor de la Institución“, firmado por el apoderado Generalísimo, o su representante legal, indicando el nombre, número de cédula y firma. Esto, por cuanto los documentos de embarque deben estar consignados a nombre del adjudicatario o su representante y no de la Administración.
- La administración entregará al contratista o su representante en Costa Rica, la documentación pertinente a la exoneración para que realicen en la Aduana o Almacén Fiscal los trámites de desalmacenaje y posterior entrega del bien en las bodegas de la Institución o en el lugar acordado.
- Es responsabilidad del contratista correr con todos los gastos, que ocasione el internamiento, desalmacenaje, transporte dentro y fuera del país, hasta entregar el bien en las bodegas de la Institución, si así se ha establecido en las condiciones del contrato.
- En el caso de desalmacenaje de vehículos, una vez realizado el desalmacenaje por parte del contratista, este deberá hacer entrega a la Institución de la Póliza de Desalmacenaje y Riteve al día.
- La Institución procederá con el trámite de exoneración de los derechos de inscripción e impuesto a la propiedad.
- La Institución entregará al contratista la documentación necesaria para que proceda con los trámites de inscripción y placas metálicas ante el Registro Nacional.
- En el caso de bienes ya ingresados al país que cancelaron esos impuestos, deberá el bien ofrecerse cumplir con lo regulado en la directriz.
- Orden de compra:
Aplicará este documento como un trámite a lo interno en aquellas contrataciones que ameriten acreditar los registros a nivel presupuestario que se origen en sistema integrado de compras públicas, quedando claro para el adjudicado en firme que no será un documento mandatorio para esta Municipalidad para iniciar con el plazo de entrega. Queda en claro que es un trámite único y exclusivo a lo interno, prevaleciendo lo señalado en el sistema integrado de compras públicas en la notificación de la formalización del contrato.
- Recepción del objeto en el plazo de entrega:
El contratado debe realizar la solicitud provisional a través del sistema integrado de compras públicas para este procedimiento, del cual el administrador de esa contratación confrontará el objeto contratado y podrá tramitarlo sin condicionamiento alguno o bajo protesta, Debe estar la solicitud en sistema integrado de compras públicas previo a la entrega del objeto con al menos un día hábil antes de la entrega del objeto o de lo contrario no se recibirá.
En caso de presentarse en la entrega del objeto, anomalías, incongruencias, o su estado el administrador de la contratación dejará consignado al contratado por escrito y en sistema integrado de compras públicas, con el detalle de los aspectos a corregir y el plazo en que deberá hacerlo, el cual no podrá exceder de la mitad del plazo de ejecución original.
El plazo de entrega rige a partir de la notificación del documento “Contrato” que se emite y notifica el sistema integrado de compras públicas En el caso de compras por demanda, el documento correspondiente para los plazos de entrega será de la notificación de cada “Orden de Pedido” que sea tramitada por la Administración al contratado en sistema integrado de compras públicas.
La modalidad de entrega será la establecida para cada línea en particular, siendo que dentro de un mismo contrato se puede encontrar líneas con entregas parciales y otras con entregas totales.
El plazo de entrega se da por medio de la disponibilidad inmediata, referente de acuerdo con las condiciones y necesidades indicadas en el pliego de condiciones.
Esta Municipalidad una vez generada la recepción provisional y definitiva lo comunicará por sistema integrado de compras públicas al contratado.
El adjudicado debe de solicitar por medio de sistema integrado de compras públicas, la recepción Provisional y Definitiva. La recepción definitiva sería en aplicación de lo regulado en el artículo 188 y 189 para los casos de obra pública y los artículos 284 y 285 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, en las condiciones generales se detalla este punto.
En contrataciones que se estipulen pagos por avance en obra, las solicitudes de pago se realizaran por medio de “Solicitud de Información” en la etapa de contrato y se realizara una única recepción provisional y definitiva en el último pago del proyecto.
- Factura:
La factura de pago deberá ser remitida vía Sicop por medio de gestión de pago así como al correo facturas_electronicas@grecia.go.cr., esta debe de tener fecha igual o posterior a la aprobación de la recepción definitiva en sistema integrado de compras públicas.
El código de actividad referente a la Municipalidad de Grecia es el 8411.0
Las Municipalidad de este país se encuentran exentas de todo tipo de impuestos conforme a la Ley 9635, del transitorio X ”Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”.
De conformidad con el artículo de la Ley 7558, para aquellas contrataciones adjudicadas en una moneda diferente al colón, se aplicara el tipo de cambio de referencia para la venta emitido por el Banco Central de Costa Rica vigente al día en se efectuara el pago.
- Cesión:
De conformidad con el artículo 277 del Reglamento de la Ley General de Contratación Pública, la cual cita “Los derechos y las obligaciones derivados de un contrato en ejecución podrán ser cedidos a un tercero, previa autorización de la Administración, siempre que no se trate de una obligación personalísima.
El jerarca o quien éste designe contará con un plazo de hasta diez días hábiles para resolver la solicitud de cesión planteada, la cual debe acompañarse como mínimo de la solicitud formulada por el cedente la aceptación del cesionario y cualquier documentación que resulte pertinente en relación con sus condiciones. La autorización que emita el jerarca o quien este designe, deberá adoptarse mediante acto debidamente motivado en el que al menos se analicen los aspectos indicados en el artículo 102 de la Ley General de Contratación Pública”.
- Cesión de derecho de pago:
Conforme se establece en el artículo 278 del Reglamento la Ley General de Contratación Pública, los documentos deberán ser presentados en el Sistema digital unificado.
“La cesión de pago recibida por la Administración no exonera al contratista de sus obligaciones y tampoco convierte al cesionario en parte contractual”.
- Sustitución del administrador del contrato:
En caso de ausencia temporal del funcionario designado como órgano supervisor del contrato, quien asuma el puesto o en su defecto el superior jerárquico inmediato continuará con la labor de control, supervisión y coordinación de este. En caso de ausencia permanente se constituirá como nuevo órgano supervisor del contrato quien asuma el puesto ya sea de forma interina o permanente. Dicha situación será comunicada al contratado.
Salvo que se disponga cosa distinta en las condiciones específicas del Pliego de condiciones, para los efectos de subcontratar se aplicará lo dispuesto en el artículo 49 del LGCP y 133 de su reglamento.
Todas las prohibiciones, así como las cláusulas de confidencialidad que se establezcan en el pliego de condiciones para el oferente, aplican de la misma forma para aquel a quien se subcontrata, no obstante, la Municipalidad no asume ningún tipo de compromiso para con este. Asimismo, el oferente deberá presentar junto con su oferta un desglose de las posibles empresas o personas a quienes subcontratará.
Durante la ejecución del contrato el subcontratado debe cumplir con todos los requisitos.
La Administración se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de dichos requisitos durante la ejecución contractual.
El oferente podrá subcontratar hasta en un 50% del monto adjudicado. En todo caso, la subcontratación no relevará al contratista de su responsabilidad.
En los documentos adjuntos a la oferta, el (la) oferente debe realizar la indicación de si requiere subcontratistas Sí_________ No__________
En caso de que existan subcontratistas, en la oferta se deberá:
- Indicar los nombres de las personas físicas o jurídicas a quienes se pretende subcontratar.
- Indicar el porcentaje de participación, el cual no podrá superar el 50% del contrato que se pretende obtener en el costo total de la oferta, salvo autorización previa y expresa de la Administración a través de sus representantes técnicos, cuando a juicio de esta última existan circunstancias muy calificadas que así lo justifiquen.
- Presentar nota suscrita por el subcontratado, donde éste último muestre conformidad a prestar sus servicios para el (la) oferente y en el proyecto de interés.
- Aportar las mismas declaraciones juradas presentadas por el (la) oferente que se muestran en el apartado de “Condiciones y Declaraciones” del pliego de condiciones del expediente, y deberán aportar una certificación de los titulares de su capital social y de sus representantes legales, cuando ello corresponda.
Se realizará consulta de estar al día en sus obligaciones ante la Caja Costarricense del Seguro Social, Fondo de Desarrollo y Asignaciones Familiares y Ministerio de Hacienda.
De autorizarse al contratista alguna subcontratación, éste se obliga solidariamente con el eventual subcontratista por la responsabilidad emanada de los derechos laborales de los trabajadores empleados por el o la subcontratista. Además, la subcontratación no releva al contratista de su responsabilidad por la ejecución defectuosa en el servicio que se realice. La no aprobación de algún subcontratista no da derecho alguno al adjudicatario en cuanto a prórrogas, obras extras, aumentos, etc.
- Tramite y forma de pago:
Una vez notificada al contratado el acta de recepción definitiva por sistema integrado de compras públicas, podrá generar la factura electrónica y remitirse por ese sistema para el inicio del trámite respectivo de pago.
Las dependencias usuarias no recibirán las facturas junto con los bienes, servicios y/o obra; debe atenderse por el sistema integrado de compras públicas.
La factura electrónica debe cumplir con los requisitos que exige el Ministerio de Hacienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Impuesto General sobre las Ventas y adicionalmente en “otros” el proveedor debe indicar información del número de contrato que se solicita cancelar y el número de procedimiento.
El pago tendrá lugar dentro de los treinta días naturales a partir de la presentación de la factura en sistema integrado de compras públicas, la cual debe ser la fecha de notificación por ese sistema y después de notificada el Acta de Recepción Definitiva del objeto contractual de conformidad con lo establecido en la Ley vigente. Esta disposición aplica también para pagos parciales derivados de contratos de servicios continuados o compras por demanda.
- Finiquito:
El Administrador del Contrato está en la obligación de tramitar el finiquito ante los representantes de las partes y atender lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 44937-H-MICITT-MIDEPLAN. Esta condición aplicará de manera obligatoria para los contratos de obra pública y facultativamente en aquellos contratos de bienes y servicios que por sus características sean sometidos a una vigencia igual o superior a los seis meses o en contratos continuos hasta cubrir los cuatro años.
Las partes tendrán la responsabilidad de mantener el equilibrio económico en todo momento, siendo necesario advertir esas variaciones y se consolide ese registro en el finiquito.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multa: En caso de que el adjudicatario incumpla en el contrato con lo requerido en el pliego de condiciones y no proceda a realizar las correcciones que le indique la Administración en el plazo señalado por esta última, iniciará el procedimiento para aplicar la multa respectivo por el hecho de conformidad con la matriz de cláusula penal y multa adjunta en el pliego de condiciones, por cada día de atraso en la no corrección de lo indicado, hasta un máximo de 25% (veinticinco por ciento). El cobro de multas se hará reteniendo su equivalente en la facturación a cancelar al contratado conforme a la gestión por parte del Administrador del Contrato debidamente acreditada para tal fin, y quedará retenido hasta cumplir el proceso respectivo y resolución misma para la decisión final. Para fines de la multa se considera como incumplimiento lo siguiente: Multa diaria Descripción de la multa 0,38% Cuando se incumpla o se detecte incumplimiento de los requisitos de admisibilidad 0,38% Atrasos o la no realización de la limpieza parcial o final, del sitio y sus alrededores. 0,38% Incumplimiento de las visitas al sitio por el Ingeniero Supervisor
Cláusula penal. Cláusula penal: En caso de existir atrasos en el plazo de entrega del objeto de la contratación el adjudicatario deberá pagar por concepto de cláusula penal un 1.50% del valor del monto total de la factura, hasta un máximo del 25% (veinticinco por ciento) del importe total del contrato. El contratado previo a finalizar el plazo contractual debe dejar constar al Administrador del contrato las razones por las cuales no podrá cumplir debido a situaciones de fuerza mayor, caso fortuito y/o negligencia de la administración, mismas que debe tramitar en sistema integrado de compras públicas durante el plazo contractual, del cual será ese momento jurídico de hacer constar la oportunidad del contratado para que no se aplique la cláusula penal. El contratado debe tener claro que para no incumplir en la cláusula penal debe solicitar la recepción provisional por sistema integrado de compras públicas, para que el administrador del contrato valide esta condición de cumplimiento y se deje constar la correcta ejecución contractual. En caso de que el contratado olvide o no trámite en sistema integrado de compras públicas esta solicitud, no será responsabilidad de la Municipalidad ni del Administrador del Contrato, acreditar por otra vía distinta al sistema integrado de compras públicas esa recepción provisional, quedando así claro que para esta etapa contractual sólo atenderá la administración esta gestión por dicho sistema. La fórmula y el detalle del porcentaje consignado en este punto se encuentran en el Excel adjunto.
Documentos del cartel10
- FRAUDEPDF · 809 KB
- COMPORTAMIENTO ÉTICOPDF · 1,7 MB
- CLÁUSULA DE HOSTIGAMIENTODOCX · 20 KB
- CronogramaXLSX · 20 KB
- Multas y Cláusulas PenalesXLSX · 92 KB
- ESTUDIO DE MERCADOXLSM · 430 KB
- Constancia presupuestariaPDF · 3,4 MB
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 1,3 MB
- Decisión InicialPDF · 850 KB
- Modificación del pliego de condicionesPDF · 420 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Maria Marisol Alvarez Segura
Tecnologías de la Información
Kristin Conejo Solís
Encargado del concurso · Administración de Bienes y Servicios
Maria Marisol Alvarez Segura
Tecnologías de la Información
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 02/10/2026 14:43. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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