2026PX-000004-0004800001 · SICOP 20260900526
Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo para vehículos Mitsubishi L200
Municipalidad de la Unión
Municipalidad de la Unión ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡3,9 millones y quedó en firme el 21/09/2026. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡3,9 millones
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Quién ganóen firme 21/09/2026
- Vehiculos Internacionales Veinsa$8 561,00
Informe de recomendación de Kristin Rebeca Cortes Morales, 14/09/2026 · adjuntos: Tributación 3101025416 14.09.2026.pdf
Fechas clave
- Se publicó04/09/2026 09:35 · hace 37 días
- Límite para 07/09/2026 23:59 · hace 34 días
- Límite para 08/09/2026 23:59 · hace 33 días
- Cierre de ofertas11/09/2026 09:45 · hace 30 días
- de ofertas11/09/2026 09:45 · hace 30 días
- publicado16/09/2026 09:52 · hace 25 días
- Adjudicación 21/09/2026 15:45 · hace 20 días
Nota de la institución. En caso de requerir criterio técnico se le trasladará al encargado de contrato
Contexto
- Municipalidad de la Unión adjudicó ₡2 658,2 millones en 161 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas
- Servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo en General, de Flotilla de Vehiculos Institucionales.1 · $8 424,001$8 424,00
- Servicio de Mantenimiento Correctivo de Vehiculos1 · $137,001$137,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡3,3 millones – ₡3,9 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Vehiculos Internacionales VeinsaGanó | 100 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se notifica acto final de la contratación que nos atiende
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
En concordancia con el Reglamento de Comisiones y Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional, Decreto Ejecutivo No. 39408-MTSS6, si la empresa oferente posee más de 50 colaboradores deberá contar con una Oficina o Departamento de Salud Ocupacional. Asimismo, si posee más de 10 colaboradores deberá contar con Comisión de Salud Ocupacional.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
3.4.1. Con el fin de garantizar la adecuada prestación de los servicios, el proveedor deberá mantener durante toda la vigencia contractual las condiciones técnicas acreditadas en el procedimiento de verificación de proveedor único.
3.4.2. Para ello, deberá contar con un taller autorizado de la marca Mitsubishi y con personal técnico capacitado para realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos Mitsubishi L200, de conformidad con los procedimientos, especificaciones, herramientas y estándares establecidos por el fabricante.
3.4.3. La documentación incorporada al expediente deberá acreditar, como mínimo:
3.4.3.1. La condición vigente de distribuidor y taller autorizado de la marca Mitsubishi para Costa Rica, mediante documentación emitida por el fabricante o su representante oficial.
3.4.3.2. La capacidad técnica del taller para realizar labores de mantenimiento preventivo y correctivo en vehículos Mitsubishi L200.
3.4.3.3. La disponibilidad de personal técnico capacitado para ejecutar los servicios.
3.4.3.4. El acceso a información técnica, herramientas y equipos de diagnóstico requeridos por el fabricante.
3.4.3.5. La capacidad para suministrar repuestos originales o expresamente autorizados por el fabricante.
3.4.3.6. La posibilidad de brindar soporte técnico oportuno y responder por las garantías correspondientes.
3.4.4. La documentación aportada durante la verificación de proveedor único se tendrá por incorporada a la presente contratación, no obstante, el proveedor deberá actualizar aquellos documentos cuya vigencia haya expirado y aportar cualquier información adicional que solicite la Administración para comprobar que las condiciones acreditadas se mantienen al momento de formalizar y ejecutar el contrato.
3.4.5. La pérdida de la condición de distribuidor, representante, centro de servicio o taller autorizado deberá ser comunicada inmediatamente a la Municipalidad y podrá dar lugar a la adopción de las medidas contractuales que correspondan.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
En apego a los artículos 193, 201 y 202 del Código de Trabajo, Ley No. 23, el oferente deberá presentar copia de la póliza de riesgos del trabajo ante el Instituto Nacional de Seguros, la cual deberá estar vigente y al día. Se entiende que la póliza deberá ser concordante con la actividad económica que ampare los trabajos a realizar.
3.2.2. Con base en el artículo 29 de la Ley General de Contratación Pública, No. 9986 y el artículo 122 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, Decreto Ejecutivo No. 43808-H4, el oferente debe aceptar y aportar las declaraciones juradas rendidas bajo fe de juramento y con las responsabilidades y consecuencias legales que conlleva consignar información falsa. No será necesario rendir ante notario público ni autentificación por un abogado.
3.2.3. En caso de que el oferente sea una pequeña o mediana empresa, debe aclarar que es una PYME, conforme lo establece la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, No. 82625, y su reglamento, así como su categoría, fecha de inscripción y país de origen (presentar certificación).
3.2.4. Asimismo, el oferente deberá aportar las certificaciones que la Proveeduría Municipal indique como parte del presente cartel, las cuales se encuentran detalladas en el apartado “Condiciones y Declaraciones” del mismo.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Multas por otros incumplimientos: La Municipalidad podrá aplicar una multa equivalente al 2 % del monto de la orden de pedido u orden de servicio afectada por cada incumplimiento comprobado, cuando el contratista incurra en alguno de los siguientes supuestos: ○ Iniciar reparaciones o trabajos adicionales sin contar con autorización previa de la Municipalidad. ○ Instalar repuestos, componentes o accesorios diferentes de los autorizados en la cotización u orden de servicio. ○ Utilizar repuestos que no sean originales del fabricante o expresamente autorizados por este. ○ Ejecutar trabajos que no correspondan con el diagnóstico, la cotización o la orden de servicio aprobada. ○ No entregar los repuestos, componentes o accesorios sustituidos cuando sean requeridos por la Municipalidad. ○ No presentar el informe técnico o entregarlo de manera incompleta. ○ Incumplir las condiciones de garantía de los trabajos o repuestos suministrados. ○ Entregar el vehículo sin haber realizado las pruebas necesarias para comprobar su adecuado funcionamiento. ○ Incumplir cualquier otra obligación técnica cuya inobservancia afecte la calidad, seguridad o correcta ejecución del servicio.
Cláusula penal. Atrasos en la prestación de los servicios: Cuando el contratista incurra, por causas que le sean imputables, en atrasos respecto de los plazos establecidos para la prestación de los servicios, la Municipalidad aplicará una cláusula penal equivalente al 1 % del monto de la orden de pedido u orden de servicio afectada por cada día hábil de atraso, hasta un máximo acumulado del 25 % de dicha orden. 8.8.1.2. La cláusula penal podrá aplicarse, según corresponda, por atrasos en: ○ La asignación de la cita para el mantenimiento preventivo o correctivo. ○ La realización de la inspección y el diagnóstico técnico. ○ La presentación de la proforma o cotización solicitada. ○ La ejecución del mantenimiento preventivo. ○ La conclusión de las reparaciones previamente autorizadas. ○ La entrega del vehículo. ○ La presentación del informe técnico y demás documentos necesarios para recibir el servicio. 8.8.1.3. Cuando el atraso corresponda exclusivamente al diagnóstico o a la presentación de la cotización y todavía no exista una orden de reparación, la penalización se calculará sobre el precio unitario del servicio de diagnóstico o revisión técnica. 8.8.1.4. Una vez alcanzado el porcentaje máximo de penalización, la Municipalidad podrá valorar la existencia de un incumplimiento grave y adoptar las medidas contractuales que correspondan, incluida la resolución del contrato. Cuando el incumplimiento sea susceptible de corrección, la Municipalidad podrá prevenir al contratista para que lo subsane dentro del plazo que determine la persona administradora del contrato. La corrección posterior no impedirá la aplicación de la multa cuando el incumplimiento ya haya afectado el servicio o la operación municipal. 8.8.1.7. La acumulación de multas no podrá superar el 25 % del monto de la orden afectada, sin perjuicio de la responsabilidad por daños y de las demás medidas contractuales procedentes.
Documentos del cartel5
- Plantilla presupuesto detalladoXLSX · 246 KB
- ESTUDIO DE MERCADOPDF · 215 KB
- CronogramaPDF · 440 KB
- Anexo 1PDF · 471 KB
- Especificaciones técnicasPDF · 1004 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Jorge Alvarez Mora
TRANSPORTES
Kristin Rebeca Cortes Morales
Encargado del concurso · Proveeduría
Jorge Alvarez Mora
TRANSPORTES
Cristian Torres Garita
Alcaldía
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 28/09/2026 05:49. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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