2026LD-000033-0004611901 · SICOP 20260901125
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA Y OTROS EQUIPOS ASOCIADOS CON LA GESTIÓN DEL RECURSO HÍDRICO EN EL CENTRO DE TRANSFERENCIA DE RESIDUOS SÓLIDOS
Municipalidad de Pérez Zeledón
Municipalidad de Pérez Zeledón está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡5,3 millones. Se recibieron 3 ofertas de 3 empresas el 18/09/2026. La más baja fue de Inema Tres JF, ₡3,6 millones (32,7 % por debajo del presupuesto).
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡5,3 millones
Ofertas recibidas
3
de 3 empresas
Oferta más baja
₡3,6 millones
32,7 % por debajo del presupuesto
Fechas clave
- Se publicó10/09/2026 15:57 · hace 31 días
- Límite para 11/09/2026 23:59 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Cierre de ofertas18/09/2026 10:00 · hace 23 días
- de ofertas18/09/2026 10:00 · hace 23 días
- (plazo máximo)≈ 02/10/2026 · hace 9 días
Nota de la institución. Las aclaraciones serán remitidas a la unidad correspondiente, para su trámite respectivo.
Contexto
- Municipalidad de Pérez Zeledón adjudicó ₡3 176,0 millones en 116 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Mantenimiento Preventivo Anual de Estación de Bombeo1 · ₡5 337 835,001₡5 337 835,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡4,5 millones – ₡5,3 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Galardones o Certificaciones en el área ambiental 10 % · PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledón 5 % · Ubicación física según Licencia Comercial (Patente) 5 % · EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 5 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 95 de 100 puntos.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡448,32 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Galardones o Certificaciones en el área ambientalmáx. 10 | PYME +declaración jurada de que al menos el 60 porciento de su planilla tiene domicilio en el cantón de Pérez Zeledónmáx. 5 | Ubicación física según Licencia Comercial (Patente)máx. 5 | EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALESmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Inema Tres JF | 75 | 10 | 5 | 5 | 5 | 100 |
| RQL Ingenieria | 52,83 | 10 | 5 | 5 | 5 | 77,83 |
| Alrotek de Centroamerica | 52,73 | 10 | 0 | 5 | 5 | 72,73 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
CAPÍTULO III. CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD
3.1 REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
El oferente deberá cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
3.1.1 PATENTE O LICENCIA MUNICIPAL
El oferente en forma individual así como todos los miembros que conformen un consorcio al igual que los sub contratitas de éste, deberán contar y presentar junto con la oferta, copia de la Licencia Municipal bajo su nombre y número de cédula, esto con base a lo estipulado en el artículo 79 del Código Municipal y del artículo 7 del Reglamento para adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 90 de su reglamento. Cabe indicar que la patente municipal deberá ser acorde o similar al objeto contractual en concurso.
Por otra parte, según establece el artículo 40 de la Ley número 8821 Ley de Regulación de Licencias y Patentes de Pérez Zeledón; se indica que para ejercer cualquier actividad lucrativa o productiva el interesado deberá contar con la licencia respectiva y paralelamente cancelar el impuesto de patentes.
Conforme a lo antes citado, debemos tener claro la diferencia que existe entre el concepto de Licencia Municipal que es el derecho de ejercer una actividad lucrativa o productiva otorgado por la Municipalidad y el concepto de Patente Municipal que es el impuesto que se cobra a partir de la tenencia de la Licencia. En esta línea el artículo 64 de la Ley 8821 define las actividades exentas al impuesto donde se extrae textualmente lo siguiente:
ARTÍCULO 64.- Actividades exentas del pago del impuesto
Están exentas del pago del impuesto de patentes de la Municipalidad de Pérez Zeledón, total o parcialmente en la proporción que aquí se indica, las siguientes actividades productivas u organizacionales del cantón:
(…)
c) En cuanto a las actividades de los profesionales liberales estarán exentas. (…)
Como se puede extraer del texto anterior, la Ley 8821 exonera del impuesto de patente a los servicios profesionales que ejerzan de forma liberal, sin embargo en la norma que nos rige, no se exime de la tenencia de la licencia para ejercer la actividad descrita por lo que es criterio de esta dependencia municipal que los profesionales que realicen su profesión de manera liberal eventualmente podrán exonerarse del impuesto de patentes y no así de la obtención de la licencia respectiva.
3.1.2 PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO
El oferente debe presentar una certificación emitida por la entidad aseguradora correspondiente, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicada.
3.1.3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
• El oferente deberá demostrar idoneidad, demostrando una experiencia con mínimo 4 actividades relativos a de instalación o limpieza de pozos profundidad igual o superior a 30m y que hayan sido ejecutados en los últimos cinco (5) años, para lo cual deberá presentar las certificaciones correspondientes.
• El oferente deberá demostrar idoneidad, demostrando una experiencia con mínimo 4 actividades relativos a sistemas de variadores de frecuencia y casetas de bombeo y que hayan sido ejecutados en los últimos cinco (5) años, para lo cual deberá presentar las certificaciones correspondientes.
• El profesional responsable del proyecto deberá:
o Deberá encontrarse incorporado al colegio profesional correspondiente.
o Tener como mínimo, grado académico de licenciatura o su equivalente en ingeniería electromecánica o mantenimiento Industrial. Para lo cual deberá enviar la certificación vigente del Colegio Profesional al que se encuentre incorporado, que indique la incorporación al colegio profesional y que se encuentra sin restricciones para el ejercicio de su profesión, esta no deberá tener más de tres meses de expedida.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
4 CAPÍTULO IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
4.1 OBJETO
Las condiciones de saneamiento del centro de transferencia dependen en gran medida del agua que se utiliza de manera diaria tanto para la gestión del compostaje como para labores de lavado e camiones y de mantenimiento en general de la infraestructura, para esto se requiere de un mantenimiento continuo preventivo de todo el sistema que lo compone, siendo este el pozo, tanques de almacenamiento de agua pluvial y bombeada así como los equipos que presurizan el agua para que esta se distribuya por todo el Centro de Transferencia, es por esta razón que debe realizarse labores de mantenimiento preventivo con el fin de prevenir condiciones insalubres por falta de agua en cantidad y presiónsuficiente para la sanitización en general de las unidades de gestión de residuos.
La contratación va dirigida a todos los sistemas de bombeo y almacenamiento de las aguas, con excepción de las aguas provenientes del sistema de tratamiento de aguas residuales.
Partida #1, Línea #1 (MANTENIMIENTO PREVENTIVO ANUAL DE ESTACIÓN DE BOMBEO)
4.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá contar cumplir con lo indicado a continuación:
Indicar cada una de las obligaciones que deberá cumplir el proveedor que resulte adjudicado (esta información deberá ser suministrada por la unidad solicitante, en este apartado se deben incluir las obligaciones del contratista en la etapa de EJECUCIÓN CONTRACTUAL).
• Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la ley 9986.
• Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al contratista que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 la esta ley 9986.
• Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
• Aportar a la Administración, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre.
• Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
• Entregar los servicios, bienes e insumos solicitados en apego a las condiciones de calidad requeridos.
• De requerirse modificación sobre los plazos de entrega, sobre los bienes o servicios a entregar, dichas gestiones deben ser tramitadas en la plataforma del SICOP, en los sitios habilitados para tales fines y dentro de plazos prudenciales.
• Entregar los servicios, bienes e insumos dentro del plazo ofertado.
• Entregar los servicios, bienes e insumos en óptimas condiciones y nuevos a partir de las reglas del pliego de condiciones.
• Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante la CCSS.
• Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantenerse al día en sus obligaciones ante el Ministerio de Hacienda.
• Durante el periodo de ejecución contractual el contratista debe mantener vigente a Póliza de Riesgos del trabajo.
• Atender oportunamente las solicitudes de información que puedan solicitarse a través del SICOP.
• Es obligación del contratista dejar toda la infraestructura e igualdad o mejor de condiciones que estaba antes de la colocación del equipo.
• Será responsabilidad del contratista cumplir con todas las disposiciones reglamentarias relativas a la seguridad e higiene de sus trabajadores, atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
• El contratista será el único responsable por daños, deterioros y perjuicios que pueda sufrir la obra, cualquiera que sea la causa de su origen, dentro del plazo comprendido entre la firma del Contrato y la formal aceptación de la obra completamente terminada y a entera satisfacción.
• En caso de que haya deterioro, daños y perjuicios, el Contratista queda obligado a reconstruir, restaurar o reparar según sea el caso, el daño, perjuicio o deterioro sufrido en la obra o en cualquiera de sus partes corriendo por su cuenta los gastos correspondientes.
• El contratista tiene la obligación de entregar, ejecutar, completar y garantizar las obras contratadas objeto de esta contratación, por su propia cuenta y riesgo.
• Cualquier trabajo defectuoso por calidad de los materiales, o por deficiencia de la mano de obra, a juicio de la dirección de desarrollo urbano, debe ser repuesto inmediatamente por el contratista.
• La Municipalidad de Pérez Zeledón no será responsable por el deterioro, pérdida o sustracción del cualquier instrumento utilizado por el contratista en el desempeño de sus funciones, para tales fines el contratista deberá establecer (de ser necesario), un área de bodega ya sea fijo o móvil con el fin de resguardar su equipo e implementos.
• Bajo ningún motivo la Municipalidad de Pérez Zeledón otorgará un espacio de bodega al contratista.
• El contratista tiene la obligación de respetar junto con su personal, todas las medidas y reglas de seguridad que rijan.
• Asimismo, el contratista proporcionará el equipo de seguridad necesario a su personal, quedando la Municipalidad de Pérez Zeledón exenta de esta obligación.
• Bajo ningún motivo se permitirá la permanencia de un trabajador en la obra sin las medidas mínimas de seguridad.
• El contratista será responsable de cualquier riesgo laboral, así como daños en la persona o en las cosas que se produzcan por el trabajo realizado. Por lo anterior el contratista deberá adquirir la correspondiente póliza de riesgo de trabajo del INS, lo mismo que deberá incluir y reportar en la planilla de la C.C.S.S. la mano de obra contratada.
• Por consiguiente, es obligación del adjudicatario hacerles frente a las responsabilidades provenientes de las relaciones de trabajo obrero-patronales, de relaciones civiles y penales y de cualquier índole que se suscriben y originen entre el contratista y sus trabajadores.
• El contratista garantizará a la Municipalidad de Pérez Zeledón con el cumplimiento de todo tipo de seguros, pago de planillas, riesgos laborales, seguros de equipo, etc. Por lo que, libera a la Municipalidad de Pérez Zeledón de todo tipo de responsabilidad patrimonial, así como de toda responsabilidad civil, penal y laboral y ante terceros, por este concepto durante la ejecución del trabajo.
• El Contratista será el único responsable por la ejecución del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, equipo, maquinaria y materiales).
• El Contratista será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, lesiones y muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del contrato.
Especificaciones técnicas del servicio
• Realizar la extracción mecánica de equipo de bombeo en el pozo de extracción de 45m de profundidad con motor monofásico de 1.5HP. Para la extracción se solicita el uso de sistema mecánico como camión grúa capaz de levantar mínimo 4 toneladas, realizar la desconexión eléctrica de sistema de control y potencia del sistema de bombeo. Se debe utilizar un compresor con capacidad de al menos 185 pies cúbicos por minuto (CFM) con capacidad de mantener el aire a una presión de 70 libras por pulgada cuadrada (psi) en operación.
• Realizar una prueba de bombeo con el fin de evaluar la capacidad del pozo.
• Aplicar jabón biodegradable como dispersante de sedimentos igual o superior a marca Deterlab espumoso o similar. (Se debe presentar certificado de biodegradabilidad del producto a utilizar, así como la ficha técnica).
• Realizar un diagnóstico mediante la inspección de pozo con cámara especializada HD con video. Se debe entregar un documento diagnóstico y el video al ente municipal, indicando la condición del pozo.
• RevVisión de motor y bomba sumergible existente. Datos: del equipo de 1.5Hp@1.26l/s con una carga dinámica total de 58mca, alimentación monofásica 230V.
• Instalación de camisa de enfriamiento al conjunto motor y la bomba.
• Realizar la conexión de todos los elementos eléctricos y mecánicos del sistema posterior a la limpieza.
• Por ninguna razón el sistema de bombeo deberá operar en nivel bajo de pozo por lo que el oferente debe contemplar el remplazo de los electrodos de nivel en caso de que alguno esté dañado.
• Limpieza la estructura de caseta de bomba pozo existente para lo que deberá hacer una limpieza profunda de paredes y pisos, la cual mide aproximadamente 12 m2.
• Limpieza la estructura de caseta de bombas Planta general, o existente para lo que deberá hacer una limpieza profunda de paredes pisos., el cual mide aproximadamente 25 m2.
• Limpieza de tanques de almacenamiento de agua. Datos: 6 tanques plásticos de 5000L y 1 tanque plástico 1100L. Deberá utilizarse un detergente y agente desinfectante que sea biodegradable (Se debe presentar certificado de biodegradabilidad del producto a utilizar, así como la ficha técnica).
• Revisión y mantenimiento de motor y bomba tipo superficie presión constante. Datos: 2 bombas con capacidad de 1.37L/s@40mca, con motor trifásico 1.5HP.
• Revisión y mantenimiento de motor y bomba tipo superficie hidroneumático. Datos: 1 bomba con capacidad de 0.4L/s@40mca, con motor trifásico 0.5HP. Este se encuentra destinado a la cosecha de agua de los servicios sanitarios.
• Revisión y mantenimiento de motor y bomba tipo aguas negras (03 activos en total). Datos: 1 bomba con capacidad 2L/s@10mca, motor monofásico 1HP. Ubicado en el Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales.
4.6 OTRAS CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN
• El proveedor deberá entregar en formato PDF, un documento emitido por el profesional responsable que indique la condición del pozo obtenida del diagnóstico.
• El proveedor deberá entregar en formato PDF, la prueba de bombeo emitida por el profesional responsable.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
CAPÍTULO I. LEYENDA CONDICIONES GENERALES
Serán obligaciones de los oferentes y de los contratistas las siguientes:
a) Someterse plenamente al ordenamiento jurídico costarricense, debiendo verificar que el procedimiento utilizado por la Administración se ajuste a las disposiciones de la presente ley.
b) Presentar una oferta completa a partir de las reglas del pliego de condiciones.
c) Ser diligente en la atención de cualquier requerimiento y ser proactivo y dirigir todas sus actuaciones a la ejecución del contrato. Una vez que el sistema digital unificado notifique al oferente que la Administración emitió los estudios de ofertas, este deberá proceder en la forma prevista en el artículo 50 de esta ley.
d) Cumplir con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada que hayan aportado adicionalmente en el curso del procedimiento o en la formalización del contrato.
e) Aportar a la Administración, si resultara adjudicatario, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
f) Cumplir con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), así como con los impuestos nacionales; lo anterior comprende cualquier contratación en el territorio nacional que realicen entes de derecho público internacional u organismos internacionales, incluidos los contemplados en el inciso a) del artículo tercero de esta ley, con respecto a las personas trabajadoras que presten sus servicios en el país.
g) Verificar que los subcontratistas se encuentren al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
h) Abstenerse de realizar acuerdos colusorios.
En cuanto al Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, deberá cumplir con lo estipulado en el artículo 18 de la LGCP, el cual define:
La Dirección de Contratación Pública conformará, en el sistema digital unificado, un registro electrónico oficial de proveedores y subcontratistas, en el cual se inscribirán todas las personas, físicas o jurídicas, que manifiesten interés en contratar con la Administración o para fungir como subcontratistas. En tal registro se acreditará la declaración jurada del régimen de prohibiciones y sus actualizaciones, la experiencia para prestar el objeto que se llegue a licitar, los antecedentes y las sanciones, el historial de cumplimiento de contrataciones con la Administración Pública, las fusiones o transformaciones de la empresa, entre otros, según lo determine el reglamento de la presente ley.
DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado.
b) Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada.
c) En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
d) Los proveedores y subcontratistas registrados, están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar.
e) Además, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado.
f) Actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, incluyendo los nuevos documentos vigentes al momento de realizarla.
g) Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser mantenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
h) Declaración jurada en donde acrediten la veracidad de la información aportada acerca de los índices de precios nacionales y detallando en su oferta al menos:
1. El nombre, nivel, código y cualquier otra característica que identifique el
índice de precios de todos los costos directos e indirectos de la estructura de precio.
2. El ente público competente que divulga el índice.
3. El enlace del sitio web del ente competente que emite el índice en
donde se accede a la información aportada.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal de acuerdo con: Art. 46 y 47 LGCP, Art. 116 y 117 RLGCP y Art. 24, 25, 26, 27 y 28 del Reglamento de Adquisiciones de bienes y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. Las partes técnicas o administradores designados, serán los competentes para la verificación, instrucción y resolución de los procedimientos que pudieran dar origen a la aplicación de una sanción económica, sea esta una multa o cláusula penal, según corresponda. De conformidad con la LGCP, se determinarán las sanciones económicas de acuerdo con los siguientes parámetros la variación, producidas por defectos de ejecución, días de retraso o premura al completar el entregable: BAJO, MEDIO, MÁXIMO. En cada categoría se aplicarán los porcentajes de sanción que se detallan a continuación: Impacto BAJO: El impacto no detiene la ejecución del proyecto ni pone en riesgo el logro del objetivo general definido. Es un entorpecimiento leve pero asimilable dentro de las acciones de contingencia que puedan implementarse. Sanción: 10% del valor máximo sancionable por Ley. Impacto MEDIO: El impacto tiene consecuencias moderadas en el logro del objetivo en los plazos previstos. Requiere acciones de contingencia que podrían requerir costos adicionales, pero solventables para la corrección de la desviación experimentada en la ruta crítica. Se vislumbra alguna posibilidad de que no se logre cumplir con el plazo previsto para la totalidad del proyecto sin ser ésta una posibilidad inminente. Sanción: 50% del valor máximo sancionable por Ley. Impacto MÁXIMO: El impacto es severo, las consecuencias generan una imposibilidad de lograr el objetivo en el plazo previsto, puede existir una afectación en costos importante, podría indicar la imposibilidad de materializar los beneficios del proyecto y hasta crear pérdidas de recursos. Sanción: 100% del valor máximo sancionable por Ley. SANCIÓN: La cantidad máxima de días para aplicar la cláusula penal respectiva será del 30% del plazo para el entregable. Es decir, si debe aplicarse la cláusula penal, la sanción diaria se calculará dividiendo el total de la sanción entre los días resultantes de multiplicar el plazo del entregable por un 30%. El cálculo es el siguiente: Sanción Diaria = (Sanción máxima / (plazo del entregable * 30%))* días de variación. Este 30% de variación se estima razonable de acuerdo con los principios de buena fe y sana planificación con enfoque preventivo. Una vez superado este plazo se deberá valorar la posibilidad de resolución del contrato. Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra Ley o Decreto aplicable a la materia.
Documentos del cartel1
- Pliego de condicionesPDF · 696 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Alvaro Francisco Murillo Mora
Gestión Ambiental
Alvaro Francisco Murillo Mora
Gestión Ambiental
Jimmy Arias Davila
Asesoria Legal
Julian Fallas Carvajal
Encargado del concurso · Proveeduria
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 04:56. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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