2026PX-000037-0041342028 · SICOP 20260901594
Ensayo de aptitud de Calibraciones en potencia y energía
Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima
Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡305 141. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 22/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡305 141
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó11/09/2026 13:53 · hace 30 días
- Límite para 14/09/2026 23:59 · hace 27 días
- Cierre de ofertas22/09/2026 07:00 · hace 19 días
- de ofertas22/09/2026 07:01 · hace 19 días
- (plazo máximo)≈ 06/10/2026 · hace 5 días
Contexto
- Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima adjudicó ₡6 511,5 millones en 185 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Acreditacion de Laboratorio1 · $678,001$678,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡259 370 – ₡305 141
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 70 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,7 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 8 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 70 % · Experiencia de la Empresa 20 % · Criterio PYME 10 %
- Sin experiencia previa se puede llegar a 80 de 100 puntos — la experiencia pesa mucho aquí.
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 70 | Experiencia de la Empresamáx. 20 | Criterio PYMEmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|
| Laboratorio Costarricense de Metrologia (lacomet) | 70 | 20 | 0 | 90 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
2.1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
El oferente deberá demostrar una experiencia mínima de cinco (5) años en la organización, coordinación y ejecución de ensayos de aptitud o actividades de comparación interlaboratorial, relacionadas con servicios de calibración o medición, preferiblemente en el área de potencia y energía eléctrica o magnitudes metrológicas afines.
Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá presentar evidencia de al menos tres (3) servicios realizados para clientes diferentes, durante el período indicado, en los cuales haya participado como organizador o proveedor responsable de ensayos de aptitud o comparaciones interlaboratoriales.
La experiencia deberá estar relacionada con el objeto de la contratación y deberá permitir demostrar que el oferente cuenta con la capacidad técnica, experiencia y conocimientos necesarios para organizar y ejecutar el ensayo de aptitud requerido, así como para gestionar las actividades asociadas, el tratamiento de los resultados y la emisión de los informes correspondientes.
La experiencia será verificada por medio de alguno de los siguientes documentos:
- Constancias o cartas de experiencia emitidas por los clientes, en las que se indique como mínimo el nombre del cliente, objeto del servicio, período de ejecución y descripción de las actividades realizadas.
- Contratos, órdenes de compra, órdenes de servicio, actas de recepción o documentos equivalentes que permitan comprobar la experiencia indicada.
- Certificaciones o documentos oficiales emitidos por las instituciones o entidades para las cuales se hayan desarrollado los servicios.
- Cualquier otro documento oficial que permita comprobar de manera fehaciente la experiencia requerida.
La Administración podrá verificar la información aportada y, cuando resulte necesario, solicitar las aclaraciones o documentos de respaldo correspondientes, de conformidad con la normativa aplicable.
- Requisitos Legales
De acuerdo con el documento GJU-G-001 Requerimientos Legales para el Pliego de Condiciones, con el fin de cumplir con la normativa legal vigente, se comprobará con la presentación de toda la documentación indicada en el anexo.
Nota: En caso de considerarlo necesario, la ESPH podrá verificar directamente con los contactos indicados en las certificaciones de experiencia la información aportada por el oferente. Para ello, se otorgará un plazo máximo de tres (3) días hábiles para obtener respuesta por parte del contacto consultado. En caso de no ser posible corroborar la información o de no recibirse respuesta dentro del plazo establecido, la experiencia presentada no será considerada para efectos de admisibilidad y/o evaluación.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
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ítem |
Código clasificación SICOP |
Código Identificación SICOP |
Descripción SICOP |
Monto Total Ítem |
OBJETO GASTO (PARTIDA) |
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1 |
80101703 |
92326331 |
SERVICIO DE ACREDITACION DE LABORATORIO |
$678.00 |
5-01-05 |
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- Descripción
El detalle de las especificaciones técnicas se puede ver en el anexo, Especificaciones técnicas.
- METODOLOGIA DE EJECUCION
La ejecución del servicio se realizará mediante la participación del Laboratorio de Calibración de la ESPH, S.A. en el ensayo de aptitud de calibraciones en potencia y energía organizado por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), de conformidad con las instrucciones, condiciones, requisitos técnicos y cronograma establecidos por el organizador del ensayo.
La ejecución comprenderá las etapas establecidas por LACOMET para el desarrollo del ensayo de aptitud, incluyendo, según corresponda:
- a) Coordinación e inscripción del laboratorio participante en el ensayo de aptitud.
- b) Recepción de la información, instrucciones, documentación y elementos de ensayo que sean suministrados por LACOMET para el desarrollo de la actividad.
- c) Realización de las calibraciones o mediciones requeridas sobre los elementos de ensayo, utilizando los métodos, procedimientos, equipos y patrones establecidos y controlados por el Laboratorio de Calibración de la ESPH, S.A
- d) Registro y tratamiento de los resultados obtenidos, incluyendo la estimación de la incertidumbre de medición cuando corresponda, de acuerdo con los requisitos establecidos para el ensayo.
- e) Remisión a LACOMET de los resultados obtenidos y de la información técnica solicitada, dentro de los plazos establecidos para la participación.
- f) Recepción y análisis del informe de resultados emitido por LACOMET, incluyendo la evaluación del desempeño del laboratorio y los resultados de la comparación realizada.
El Laboratorio de Calibración de la ESPH, S.A. deberá proporcionar oportunamente el personal competente, equipos, patrones, instalaciones, procedimientos, registros y demás recursos necesarios para ejecutar las actividades técnicas requeridas para su participación en el ensayo de aptitud.
LACOMET proporcionará las instrucciones y condiciones aplicables al desarrollo del ensayo, así como los mecanismos establecidos para la entrega, recepción, tratamiento y evaluación de los resultados de los participantes.
Una vez finalizada la participación, el laboratorio analizará los resultados obtenidos y determinará, cuando corresponda, las acciones de mejora o correctivas necesarias en función de los resultados y de las conclusiones comunicadas por LACOMET.
La ejecución del servicio concluirá con la finalización de la participación del Laboratorio de Calibración de la ESPH, S.A. en el ensayo de aptitud y la recepción del informe o reporte de resultados emitido por LACOMET, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos para el ensayo.
3.3 Verificación de la calidad (Sistemas de control de calidad)
La Administración realizará una verificación técnica y de calidad durante la ejecución contractual por cada entrega y en caso de incumplimiento de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego, se podrá rechazar los bienes.
3.4 Garantía:
Durante la vigencia de la contratación, el adjudicatario deberá garantizar la correcta prestación de los servicios contratados, de conformidad con las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, la normativa aplicable y los procedimientos vigentes del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET).
- Suministrar oportunamente a la ESPH las instrucciones, documentación, formularios y demás elementos necesarios para la participación en el ensayo.
- Coordinar y ejecutar el ensayo de aptitud conforme al programa y los procedimientos establecidos.
- Mantener la confidencialidad e integridad de la información y de los resultados obtenidos.
- Procesar y evaluar los resultados conforme a los criterios técnicos y estadísticos definidos para el ensayo.
- Entregar a la ESPH los resultados, informes, certificados y demás documentos correspondientes dentro de los plazos establecidos.
- Comunicar oportunamente cualquier situación que pueda afectar el desarrollo del ensayo o la participación de la ESPH.
- Corregir, sin costo adicional para la ESPH, cualquier error u omisión atribuible al proveedor en la ejecución, evaluación o documentación del ensayo.
3.5 Causas de resolución contractual:
- Cuando el contratista incumpla los plazos máximos de entrega en tres (3) ocasiones consecutivas, o - Incumpla los plazos de entrega en cinco (5) ocasiones dentro de un mismo año, tomándose como referencia la vigencia total del contrato.
- Cuando el contratista realice los servicios que no cumplan los parámetros y estándares de calidad establecidos en el pliego, presente fallas reiteradas en el cumplimiento técnico, o incurra en la entrega de productos defectuosos o no conformes en dos (2) ocasiones durante el plazo del contrato.
- Cuando el proveedor no acepte el pedido en el plazo establecido, en tres (3) ocasiones durante el año de vigencia de contrato.
- Reglas para excluir un producto:
Un producto o actividad contemplada en la contratación podrá ser excluido, modificado o suspendido cuando:
- Se presenten cambios en la normativa, requisitos técnicos o condiciones aplicables al ensayo de aptitud que impidan o hagan necesario modificar su ejecución.
- Existan razones técnicas debidamente justificadas que imposibiliten la ejecución del producto o actividad conforme al programa establecido.
- El producto o actividad deje de ser aplicable o necesario de acuerdo con las condiciones y objetivos definidos para el ensayo de aptitud.
- Se presenten situaciones atribuibles al proveedor que afecten la correcta ejecución del ensayo y requieran la modificación, suspensión o exclusión de alguna actividad.
- Cualquier modificación, suspensión o exclusión deberá ser comunicada oportunamente a la ESPH, debidamente justificada y realizada de conformidad con las condiciones del contrato y el programa del ensayo de aptitud.
- La exclusión o suspensión de un producto o actividad no deberá afectar los demás componentes contratados que puedan ejecutarse de manera independiente.
- Orden de inicio (bienes y servicios)
- El contratista deberá de presentar al administrador de contrato, por medio de SICOP un cronograma preliminar del servicio a ejecutar, de acuerdo con la LGCP y su reglamento, además del Reglamento para el reajuste precios en los contratos, en un plazo de 8 días hábiles, posteriores a la firmeza de la adjudicación.
- El cronograma debe estar acompañado de un informe y/o documentos, de acuerdo con el artículo 45. Documentos anexos del cronograma para contratos de bienes y servicios.
- El administrador de contrato cuenta con 5 días hábiles para revisar y resolver la pertinencia del cronograma. En caso de cumplir, dicho cronograma preliminar se emitirá la “no objeción” mediante acto motivado. En caso de no cumplir, el contratista dispone de 3 días hábiles para elaborar las respectivas correcciones.
- Se emitirá la orden de inicio en un plazo máximo de 3 días hábiles posterior a la “no objeción” del cronograma.
- A los 3 días hábiles posterior a la emisión de la orden de inicio el contratista deberá presentar el cronograma preliminar previamente oficializado por el administrador de contrato.
- El administrador de contrato contará con 3 días hábiles para revisar y resolver acerca de la pertinencia o no el cronograma. En caso de no cumplir, el contratista dispone de 3 días hábiles para elaborar las respectivas correcciones.
- Si el administrador de contrato no requiere de aclaraciones por parte del contratista o modificaciones, es decir, el cronograma cumple cabalmente con los términos contractuales, el administrador de contrato emitirá mediante acto motivado la "no objeción" a dicho cronograma, por medio del cual se oficializará éste para todos los efectos contractuales.
- El administrador de contrato debe emitir la "no objeción" a la pertinencia de los índices de precios, sobre el presupuesto detallado presentado por el contratista. Esta "no objeción" se emitirá por el administrado de contrato antes de otorgar la orden de inicio.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Obligaciones del contratista: Todo de acuerdo con el artículo 14 de la LGCP y 238 del RLGCP.
Vigencia del contrato: Ocho (8) meses
Vigencia de la oferta: 30 días hábiles
Entrega de bien o prestación del servicio: El servicio será ejecutado mediante las diferentes etapas del proceso, conforme al alcance solicitado y a los procedimientos y requisitos técnicos vigentes del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Las actividades se coordinarán con el personal designado por la ESPH y comprenderán la revisión, evaluación y seguimiento que correspondan. Los informes, resultados y demás documentos derivados del proceso serán entregados o puestos a disposición de la ESPH conforme a los mecanismos establecidos por el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET).
Es requisito para el servicio cumplir con los lineamientos establecidos para la generación de los códigos de barras y etiquetado de cada producto para recibir la compra en nuestro Almacén de forma satisfactoria, para más información por favor acceder a la dirección:
https://www.esph-sa.com/proveedores/administracion-de-contratos-y-gestion-de-compras
La ESPH se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente cada uno de estos ítems.
El oferente adjudicado previo a la entrega de los bienes deberá gestionar ante la Plataforma de Compras SICOP la Solicitud de Recepción dirigida al Administrador del Contrato correspondiente.
Es requisito indispensable para la entrega de bienes presentar la copia impresa de la orden de pedido o del contrato cuando se trate de una compra bajo la modalidad de cantidad por demanda.
Pago: La ESPH realiza el pago a 30 días naturales, desde la presentación de la factura. El administrador de contrato podrá determinar pagos a plazos inferiores al establecido, siempre y cuando aporte una justificación técnica de los beneficios a la ESPH.
Todo trámite de pago deberá realizarse a través de la Plataforma de Compras SICOP, cualquier factura emitida antes de dicho trámite deberá ser anulada y emitida nuevamente.
Plazo de entrega: Seis (6) meses, todo de acuerdo con los artículos 40 de la LGCP y 96 del RLGCP. La información se detalla en el apartado No.3 de este documento “CONDICIONES ESPECIFICAS”.
Desempate: Todo de acuerdo con el artículo 97 RLGCP.
Mejora de Precios: Sí
Precio: Debe incluir el impuesto de venta. Todo de acuerdo con el artículo 98 y 104 RLGCP.
Bandas de tolerancia: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Contratación Pública (LGCP) y el artículo 44 de su Reglamento (RLGCP), la Administración ha determinado que las bandas de tolerancia serán definidas durante la segunda etapa del procedimiento. Asimismo, se establece como referencia un margen máximo de variación de ±30%; no obstante, el porcentaje específico aplicable se determinará en función de las características y condiciones particulares de cada contratación en dicha etapa.
Desglose del precio: El oferente debe indicar el precio de cada ítem (línea) de forma unitaria, total, incluyendo el impuesto al valor agregado, costos indirectos y utilidad.
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Totales |
Unitarios |
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Componente |
Monto |
Porcentaje |
Monto |
Porcentaje |
Índice de precios asociado |
Fuente |
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Costo directo de MO |
CD m |
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Costo directo de Insumos |
CD i |
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Costo indirecto de MO |
CI m |
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Costo indirecto de Insumos |
CI i |
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Imprevistos |
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Utilidad |
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Sub Total |
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IVA |
13% |
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Total IVAI |
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Presupuesto detallado: Se adjunta propuesta de presupuesto (LOG-PR-F-011 Presupuesto Detallado), que deberá ser adaptado en caso proceso de contratación) que deberá ser adaptado en caso proceso de contratación. Todo de acuerdo con el artículo 103 RLGCP.
Reajuste de Precios: En los contratos en los que procede la aplicación del reajuste o revisión de precios, de conformidad con lo regulado en los artículos 107, 108 y 109 del presente Reglamento.
Se utilizará la siguiente fórmula matemática de reajuste de precios en contratos de obra pública y bienes y servicios:
En donde:
Rpc: Representa el monto del reajuste del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o renglón de pago
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán reajustados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán reajustados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general, (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que se desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán reajustados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
: Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán reajustados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarla la unidad.
Descuentos: Todo de conformidad con el artículo 41 de la LGCP.
Contrato:
☒Requiere firma del Contratista.
Contenido Presupuestario:
(x) Autorización de Compra.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. Cuando exista atraso en la entrega del bien adjudicado conforme a las condiciones contratadas el adjudicatario deberá pagar a la ESPH, S.A. por concepto de cláusula penal el equivalente a un 1.01% sobre el monto de la factura, por cada día hábil que se mantenga dicha condición, hasta un máximo de 25% acumulado. Cuando la acumulación de la multa alcance el veinticinco por ciento (25%) del monto adjudicado, la ESPH S.A. podrá resolver el contrato por incumplimiento contractual, reservándose la posibilidad de acudir a la vía judicial para el resarcimiento de daños y perjuicios. La multa podrá ser subsanada por: facturas por pagar o retenciones de pago. La ESPH S.A. se reserva el derecho de hacer efectiva las multas por atraso después de producirse el mismo, una vez comprobado el incumplimiento, rebajando su monto de las siguientes facturas presentadas por el adjudicado o acuerdos de partes. 7.1 MULTAS: Descripción funcional: Se puede tomar en cuenta factores como Incumplimientos en las responsabilidades del contratista, Defectos de calidad, Incumplimiento de especificaciones técnicas, Prestación deficiente del servicio, entre otros. 7.2 CLÁUSULAS PENALES: Descripción funcional: Se puede tomar en cuenta factores como tiempos de entrega, abandono de la ejecución contractual, incumplimiento reiterado de obligaciones, entre otros.
Documentos del cartel2
- Pliego de condicionesDOCX · 461 KB
- Anexos al pliegoZIP · 1,6 MB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Ernesto Salazar Pérez
Laboratorio de Calibración del Negocio de Energía Eléctrica
Geofrey Alexander Ureña Alvarado
Operaciones Técnicas
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 11/10/2026 06:03. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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