2026LD-000010-0008400001 · SICOP 20260903025
Servicio de confección e impresión de carnets para funcionarios según demanda
Consejo Nacional de Concesiones
Consejo Nacional de Concesiones está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡86 230. Se recibieron 1 oferta de 1 empresa el 02/10/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡86 230
Ofertas recibidas
1
de 1 empresa
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó25/09/2026 14:46 · hace 16 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 13 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 12 días
- Cierre de ofertas02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- de ofertas02/10/2026 23:59 · hace 9 días
- (plazo máximo)≈ 16/10/2026 · en 5 días
Contexto
- Consejo Nacional de Concesiones adjudicó ₡76,8 millones en 37 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Diseño e Impresión de Gafete. Tiro Full Color y Retiro Una Cinta con Texto, Tamaño 8,6cmx5,5cm (estándar), Material PVC, Fotografía con Fondo Color a Escoger.10 · ₡86 230,0010₡86 230,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡73 296 – ₡86 230
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 90 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,9 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 90 % · Promoción a PYMES 10 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 90 | Promoción a PYMESmáx. 10 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|
| Agencias Basicas Mercantiles a B M de Costa Rica | 90 | 10 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Se admite a concurso la oferta que cumpla con todos los aspectos de admisibilidad, requerimientos legales y documentación solicitada en el pliego de condiciones y demás jurisprudencia en materia de contratación administrativa que aplique.
La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente de contratar con pleno sometimiento al pliego de condiciones, disposiciones legales y reglamentarias vigentes. La sumisión operará de pleno derecho e implicará la incorporación dentro del contenido de la relación contractual de las normas constitucionales, los principios y prohibiciones establecidos en la Ley General de Contratación Pública, su Reglamento y el presente pliego de condiciones.
Serán requisitos de admisibilidad los siguientes:
- La oferta debe ser presentada con indicación del costo por unitario de cada uno de los bienes / servicios solicitados, este debe contemplar todo tipo de costo asociado a la entrega de los suministros ofertados en las oficinas del Consejo Nacional de Concesiones (Transporte, viáticos, cargas sociales, seguros de riesgos del trabajo y cualquier otro costo asociado).
- Conforme a lo indicado en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública 9986(LGCP), los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda, las cuales, para efectos de comparación, se convertirán a una misma, tomando como referencia el tipo de cambio para la venta calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la apertura de las ofertas.
No obstante, de conformidad con lo establecido en la Directriz Nº 044-H, “Directriz de Uso de la Moneda Nacional en las Contrataciones Públicas, Dirigida al Sector Público”, la cual establece en su artículo 1 lo siguiente:
“Artículo l º -Las entidades y órganos del Poder Ejecutivo, a partir de la publicación de la presente Directriz, deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, estableciendo el requisito desde el pliego de condiciones de las contrataciones públicas, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público, lo cual deberá quedar acreditado dentro del expediente de la contratación.”
Las ofertas que sean presentadas en moneda diferente al colón costarricense deberán acompañarse de documento en que se aporte justificación amplia y suficiente del motivo por el cual se considera que en caso de resultar adjudicatario, las circunstancias del mercado ameritarían la suscripción de contrato en la moneda de presentación de oferta así como la justificación del perjuicio a la satisfacción del interés público que podría ocasionar la formalización de la relación contractual si se utilizara la conversión a colones costarricenses señalada en la directriz de cita.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO POR CONTRATAR
A continuación, se detallan las especificaciones técnicas de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo a realizar:
- Línea Única: DISEÑO E IMPRESIÓN DE GAFETE. TIRO FULL COLOR Y RETIRO UNA CINTA CON TEXTO, TAMAÑO 8,6cmX5,5cm (ESTÁNDAR), MATERIAL PVC, FOTOGRAFÍA CON FONDO COLOR A ESCOGER
Cantidad: Según Demanda
Frente (tiro):
- Se debe incluir el logotipo CNC centrado en la parte superior del gafete, con un tamaño aproximado de 3,5 cm de largo, centrado en el ancho del gafete.
- La fotografía debe presentarse con un tamaño no menor a 3,3 cm de alto por 2,3 cm de ancho y fondo blanco.
- La cara en la fotografía, medida desde el inicio de la cabeza hasta la barbilla, no debe ser menor a 2,3 cm de alto, siendo un 70% del alto total de la fotografía, esto con el fin de visualizar las características de la persona portadora.
- Se debe utilizar el logo institucional y colores según lo dispuesto en el documento denominado “Manual de Identidad Visual Corporativa”, del cual se debe extraer el imagotipo correspondiente al Consejo Nacional de Concesiones descrito en el punto 1.8 de dicho documento.
- Imagen de referencia: se aclara que lo mostrado es con fines referenciales, la disposición final será indicada por el Administrador del Contrato de previo a la producción de los carnets:
Reverso (retiro):
Debe contemplar la información propia del Consejo Nacional de Concesiones que se estime necesaria, también se pueden incluir códigos de barras o algún otro dato en el momento de su realización. Los códigos y cintas magnéticas deben colocarse en un solo lado (anverso o reverso), no en ambos.
Imagen de referencia:
El adjudicado deberá de presentar una muestra del trabajo final al Administrador del Contrato con el fin de que este realice las observaciones o cambios a la información y dé el visto bueno para la realización de los carnés solicitados en esta contratación.
Cada carné debe incluir sobre protector y cinta colgante. Con relación a la cinta colgante, se debe cotizar contemplando un diseño similar al de la siguiente imagen, haciendo uso del imagotipo correspondiente al Consejo Nacional de Concesiones descrito en el punto 1.8 del “Manual de Identidad Visual Corporativa” adjunto.
La oferta debe contemplar el traslado del personal del contratista a las instalaciones del Consejo Nacional de Concesiones, que sita en San Pedro de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera, 150 metros Oeste, Ofiplaza del Este, Edificio C, Primer Piso, en horario de 7:30am a 3:30 pm, para efectuar el proceso fotográfico.
La programación de citas para la toma de fotografías debe ser coordinada con el administrador del contrato dentro del plazo de entrega ofrecido por el contratista.
IMPORTANTE: El precio a ofertar debe incluir el suministro de todos los materiales, equipo, herramientas, servicios, transporte, mano de obra y de las prestaciones sociales que sean necesarias, así como la utilidad, imprevistos y demás gastos en que deba incurrir el contratista, para entregar los trabajos objeto de esta contratación en forma completa, correcta, a entera satisfacción del CNC y de acuerdo con las especificaciones técnicas y términos de referencia, instrucciones del administrador del contrato y demás documentos contractuales.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
1. CONDICIONES GENERALES:
1.1. Administrador del contrato
Con el objeto de supervisar esta contratación, gestionar, facilitar la coordinación de todos los aspectos técnicos y administrativos que se requieran formalizar mediante minutas o actas los alcances interpretativos que se produzcan durante la ejecución contractual, regular todo lo relativo a su correcta ejecución, mantenerse dentro del límite y recursos disponibles para esta contratación y verificar el perfecto cumplimiento de cada una de las obligaciones indicadas en el pliego de condiciones, la Administración ha designado como administrador del contrato al señor Fernando Arce Herrera, Jefe de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, correo electrónico: ogereh@cnc.go.cr
1.2. Modelo de prestación del servicio
Para la prestación del servicio, el adjudicatario deberá aportar el recurso humano y los materiales necesarios, así como cualquier otro elemento requerido para atender y resolver las actividades detalladas en el aparte anterior, según el siguiente desglose:
- Una vez formalizada la contratación, cada vez que el Consejo Nacional de Concesiones requiera los bienes o servicios contratados, así lo solicitará al contratista a través de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, mediante la emisión de una Orden de Pedido en el sistema SICOP.
- A partir de la fecha de notificación de la orden de pedido, en un plazo no mayor a un (1) día hábil, el contratista deberá realizar la verificación de lo solicitado por la Administración y registrar en el sistema la aprobación o desaprobación de esa orden de pedido, en caso de desaprobación deberá presentar las justificaciones correspondientes la respectiva firma del encargado del contrato y visto bueno del responsable de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos.
- Posterior al recibo de conformidad del bien o servicio contratado (registrado en el sistema SICOP), el contratista presentará a la Administración, mediante el módulo de “Solicitud de pago” del sistema SICOP, la facturación respectiva.
1.3. Obligaciones del contratista
Sin perjuicio de los demás deberes y obligaciones contenidas en el presente cartel y en la Ley de Contratación Pública y su Reglamento, los contratistas tendrán las siguientes obligaciones:
- El contratista deberá asegurar disponibilidad permanente para efectuar los servicios por los que cotizó, no pudiendo en consecuencia rechazar ninguno de estos salvo aquellos casos en que por razones debidamente justificadas y demostradas por escrito le impidan poderlas llevar a cabo.
- El contratista debe estar al día con todas sus obligaciones patronales, pago de pólizas de seguro de riesgos del trabajo y responsabilidad civil, y mantener esa condición durante el plazo de toda la contratación.
- El contratista debe disponer de su propio personal y como patrono hacerle frente a todas las obligaciones inherentes a tal condición. De esta forma, el CNC queda liberado, sin ninguna relación obrero patronal con los empleados del contratista, los cuales deben en todo caso estar debidamente asegurados contra todo riesgo, quedando el CNC liberado de toda responsabilidad civil en que pudiera incurrir el contratista en la prestación de los servicios.
- Es obligación del contratista pagar al menos los salarios mínimos determinados por la ley, así como sus respectivos aumentos y respetar las jornadas máximas, según la legislación vigente. El no acatamiento de esta cláusula será considerado como incumplimiento de contrato y la Administración puede aplicar la legislación vigente, sin que se genere ningún derecho para con el contratista, excepto lo que la ley establezca. Esta condición podrá ser verificada por el CNC en cualquier momento, pudiendo solicitar los comprobantes respectivos.
- El contratista se debe comprometer a no realizar trabajos adicionales a los contratados, sin contar con el aval correspondiente del administrador del contrato mediante una nueva orden de pedido notificada a través del sistema SICOP.
- El contratista No deberá incurrir en la prohibición de subcontratar servicios, salvo que se cuente con las autorizaciones escritas emitidas por el Consejo Nacional de Concesiones de acuerdo con la normativa aplicable.
- El contratista deberá Poseer las facilidades (personal, herramientas, equipos, transporte, etc) para llevar a cabo los trabajos que le sean solicitados.
1.4. Modalidad de la contratación:
Durante el período de la contratación, al adjudicatario se le requerirán los bienes o servicios objeto de esta contratación, de conformidad con las necesidades de la Administración Contratante, por lo que se trata de una LICITACIÓN REDUCIDA EN LA MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA según el umbral establecido por la Ley General de Contratación Pública y limitado a la disponibilidad presupuestaria de la Administración.
1.5. Plazo de la contratación:
La contratación se fija por un plazo inicial de un (1) año, pudiendo prorrogarse por períodos iguales hasta tres (3) años; alcanzando un máximo de cuatro (4) años de relación contractual.
1.6. Plazo de entrega
Se dispone que el plazo de entrega en la presente contratación SERÁ DE UN MÁXIMO DE CINCO (5) DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente hábil de la notificación al contratista de las respectivas ordenes de pedido que se generen durante la ejecución contractual, esta notificación se efectuará en forma electrónica con la utilización del sistema SICOP.
Además, debe considerar lo siguiente:
- El plazo contará con la característica de ser único y no se aceptarán entregas parciales, esto último significa que en la fase de ejecución se aceptará únicamente la entrega de la totalidad de la mercancía, según el plazo pactado.
- Si a pesar de todo lo expuesto, el oferente establece un plazo de entrega y el mismo es superior al lapso indicado supra, la oferta será considerada inadmisible.
1.7. Lugar y área en la que se prestará el servicio
Las instalaciones del Consejo Nacional de Concesiones se ubican en San José, Montes de Oca, distrito Mercedes, Condominio Ofiplaza del Este, edificio C, primer y tercer piso
1.8. Horario en que se realizará el servicio
Debido a la naturaleza de la prestación de servicios, es requerido que los servicios sean ejecutados durante el horario regular de atención al público y de trabajo del personal del CNC.
El horario regular del Consejo Nacional de Concesiones es de Lunes a Viernes de 7:30 a.m., a 3:30 p.m., por tanto la jornada de trabajo de la empresa adjudicada será el mismo.
1.9. Garantía del producto
El oferente en su propuesta deberá indicar que la garantía del servicio es de al menos 3 MESES, contados a partir de la entrega del servicio y recibidos a entera satisfacción por la Unidad Fiscalizadora de la contratación. La garantía del servicio, la cual se entenderá como el período de tiempo que se ofrece para respaldar el producto o servicio efectuado en condiciones normales de uso, almacenamiento y manipulación, contra defectos de fabricación, empaque u otro que desvíe la composición física para su empleo o funcionamiento normal, para lo cual además se deberá considerar al menos lo siguiente:
- a) El contratista quedará comprometido a reponer, por su cuenta y riesgo, incluyendo el transporte y cualquier otro gasto adicional, los materiales, equipos o sus componentes que se pruebe se han dañado o bien que presenten problemas de desempeño durante el período de garantía como consecuencia de defectos de fabricación, por mala calidad de los materiales empleados, por funcionamiento defectuoso, por deficiente embalaje o por cualquier otra causa imputable al contratista, incluyendo los faltantes de fábrica.
- b) Los bienes reemplazados por las causas anteriormente mencionadas gozarán de las mismas garantías de reemplazo por cuenta del contratista. Si el daño se repitiera se suspenderá la vigencia del periodo que el contratista tarda en reemplazar los bienes adjudicados una vez comprobado que los mismos funcionen en óptimas condiciones, la garantía vuelve a correr por lo que resta del periodo de vigencia. Los componentes reemplazados gozarán del mismo período de garantía originalmente solicitado.
- c) En caso de que alguno de los bienes presente defectos y se requiera el uso de la garantía, el mismo será reportado a contratista, el cual deberá atender el incidente en tiempo máximo de tres (3) días hábiles y deberá realizar la sustitución del equipo en un máximo de cinco (5) días hábiles.
1.10. Vigencia de la oferta
El concursante deberá indicar en su propuesta la vigencia de la misma, la cual deberá tener COMO MÍNIMO TREINTA (30) DIAS HÁBILES, contados a partir de la fecha de apertura de ofertas. Toda propuesta que no indique el plazo de vigencia, con la sola presentación se presumirá su ajuste al plazo mínimo citado; además, de presentarse una indicación expresa que evidencie alguna inconsistencia entre el plazo ofertado y el solicitado, la Administración hará la prevención durante la fase de subsanación de las ofertas.
Lo anterior al tenor de lo dispuesto en los Artículos 48 de la LGCP y el Artículo 90 acápite 2 inciso f) y el Artículo 119 del RLGCP.
1.11. Del Precio:
Tomando en consideración que esta es una contratación que se ejecutará bajo la modalidad “Según demanda”, es importante destacar que el precio ofertado deberá corresponder al valor de una unidad que cumpla con las especificaciones técnicas señaladas.
Nota aclaratoria: El CNC no se encuentra exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en caso de que el precio ofertado no indique por separado lo correspondiente al IVA, se presume que el monto total cotizado ya incluye este rubro. De acuerdo con la legislación vigente, el Contratante deducirá el 2% de cada pago solicitado y aprobado al Contratista, para efectos del Impuesto sobre la Renta, según El Decreto Nº 43198-H publicado en el Alcance N°257 de La Gaceta N°243 de 17 de diciembre de 2021, se comunicó modificación al “Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta Nº 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas”, específicamente en el artículo 30 inciso vii).
1.12. Razonabilidad del precio
Conforme a lo indicado en el estudio de mercado realizado por la unidad solicitante, a continuación, se detallan los umbrales establecidos para determinar la razonabilidad del precio:
|
Líne a |
Suministro |
Promedio |
Desviación |
Umbral inferior |
Umbral superior |
|
1 |
DISEÑO E IMPRESIÓN DE GAFETE. TIRO FULL COLOR Y RETIRO UNA CINTA CON TEXTO, TAMAÑO 8,6cmX5,5cm (ESTÁNDAR), MATERIAL PVC, FOTOGRAFÍA CON FONDO COLOR A ESCOGER. |
₡5 072,31 |
₡2 730,75 |
₡2 341,56 |
₡7 803,06 |
1.13. Precios inaceptables
De conformidad con el artículo 106 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se estimarán precios inaceptables y en consecuencia motivo de exclusión de la oferta, los siguientes precios:
- Precio ruinoso o no remunerativo para el oferente: Se presume cuando el precio cotizado sea menor a la banda inferior definida.
- Precio excesivo: Se presume cuando el precio cotizado sea superior a la banda superior definida.
- Precio que excede la disponibilidad presupuestaria y que la Administración no cuente con los recursos financieros para hacer frente a una eventual erogación o que el oferente no acepte ajustar su precio al límite presupuestario. Si el oferente acepte ajustar su precio, la Administración deberá verificar que el precio ajustado sea razonable y su oferta se comparará con el precio original y no con el precio derivado del ajuste.
- Precio colusorio o práctica desleal, que se refiere a los precios cotizados por aquellos oferentes que, pese a haber sido sancionados por las autoridades nacionales en materia de competencia, cotizan directa o indirectamente por medio de algún miembro de su grupo comercial, durante el período en que hubiera sido sancionado conforme a lo previsto en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N°7472 de 20 de diciembre de 1994 y sus reformas y de acuerdo con lo previsto en la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, Ley N°9736 de 5 de setiembre de 2019. La Administración en el caso de detectar alguna práctica colusoria o desleal, deberá iniciar las gestiones establecidas en el artículo 138 de este Reglamento. El precio promedio general del mercado se obtendrá del promedio que resulte del:
- Precio promedio que resulte del estudio referencial de precios unitarios presentado por los Ejecutores en la decisión inicial de la contratación.
- Precio promedio cotizado por los oferentes admisibles.
En caso de que una empresa presente un aparente precio ruinoso, la Administración deberá solicitar al oferente que justifique y desglose razonada y detalladamente, mediante la presentación de aquella información y documentos que resulten pertinentes, que el precio cobrado le permite cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del pliego de condiciones. Esa consulta deberá efectuarse antes de aplicar el sistema de evaluación, a efecto de no incluir en el listado de ofertas elegibles, aquellas que contengan un precio ruinoso, sin perjuicio de que en caso de duda acerca de la razonabilidad del precio de previo, solicite una línea de crédito o una garantía conforme lo establece el artículo 41, párrafo cuarto, de la Ley General de Contratación Pública y proceda conforme a lo regulado en el artículo 101 de este Reglamento.
Si se presentara un eventual precio excesivo, la Administración indagará con el oferente cuáles motivos subyacen para ese tipo de cotización y éste deberá justificar razonadamente su oferta, para lo cual aportará la información y documentos que resulten pertinentes.
1.14. Forma de pago
Para efectos del trámite de pago, el contratista deberá considerar lo siguiente:
Se utilizará la forma “Usual de Gobierno”, la cual consiste en treinta (30) días naturales a partir de la presentación de la factura, previa verificación del cumplimiento a satisfacción, de lo indicado en el contrato por parte del contratista, de conformidad con el Artículo 19 RLCP. (Mediante acuerdo de pago y depósito en cuenta bancaria del contratista de conformidad con la Resolución N°770-2006 de las 9:00 de 28/04/2006 del Ministerio de Hacienda).
El contratista en la factura electrónica que presente a cobro a la Institución, deberá considerar en el apartado de “Nota u Observaciones” o “como una o varias líneas adicionales ”, el número de cuenta IBAN, referencia al número de contratación, contrato u orden de pedido, así como, el porcentaje y monto de retención sobre el Impuesto de Renta que le afecte, de conformidad con Ley N° 7092 denominada Ley del Impuesto sobre la Renta y normas tributarias concordantes; sin que ello modifique algún rubro del subtotal o total de la misma, el número de la contratación y el pedido de compra o contrato.
Para la realización de los trámites de pago se requerirá que de previo a la presentación de la factura por parte de los contratistas, estos realicen en el Sistema Digital Unificado (SICOP) el proceso de “Solicitud de recepción de bienes” y una vez efectuada la recepción por parte del Administrador del Contrato, se proceda con la remisión de la factura mediante el procedimiento de “Solicitud de pago proveedor”.
El contratista será responsable del cumplimiento de esta obligación para hacer efectiva y exigible la contraprestación económica del contrato.
1.15. Desglose de precio
De conformidad con los Artículos 42 de la LGCP y 102 del RLGCP , el oferente debe presentar un desglose de la estructura del precio tanto en términos absolutos como porcentuales; con el detalle de al menos los siguientes componentes: los costos directos, los costos indirectos, la utilidad y los imprevistos; de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el deberá ajustar el presupuesto a dichos valores. los valores absolutos deberán ser concordantes con la o las monedas con que se presenta el precio de oferta.
La fórmula de estructura del precio deberá estar compuesta al menos de la siguiente manera:
Costos directos (mano de obra +insumos u otros): Son los costos que involucran lo esencial y lo sustantivo del objeto de la contratación.
Costos indirectos (gastos administrativos): Son los costos accesorios y necesarios para poder desarrollar lo esencial y sustantivo que persigue la relación contractual, pueden ser muy diversos.
Imprevistos: Son los costos asociados a posibles costos originados en contingencias naturales, económicas y humanas, que quedan bajo la responsabilidad del contratista y que ni fueron previstos dentro de los costos del precio.
Utilidad: Es el beneficio que persigue lograr el contratista al celebrar un contrato administrativo que se calcula considerando el tipo de trabajo, el esfuerzo para llevarlo a cabo, el riesgo intrínseco en el negocio, la inversión que el contratista realizará para ejecutarlo, etc.
P= % CD + % CI + % I + % U
P= 100%
1.16. Revisión de precios en Bienes y Servicios
En atención al artículo 107 del RLGCP el contratista tendrá derecho al mantenimiento del equilibrio económico de los costos directos e indirectos del contrato, bajo ningún supuesto, serán objeto de reajuste ni revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
Para efectos de reajustes y revisiones de precios la Administración utilizará la fórmula matemática aplicable conforme a las disposiciones que emita la Autoridad de Contratación Pública según lo establecido en el artículo 128 inciso f) de la Ley General de Contratación Pública, aumentándolos o disminuyéndolos según varíen los costos directos e indirectos, utilizando los índices de precios y costos emitidos por entidades oficiales.
Dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen de los costos, y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio y los valores absolutos de la estructura de precio
El oferente deberá incluir como parte de su oferta la información detallada en el Anexo 1 del Pliego de condiciones.
1.17. Presupuesto detallado:
De conformidad a lo indicado en el artículo 42 de la LGCP y el artículo 103 del RLGCP el presupuesto detallado del bien y/o servicio contratado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario dentro del plazo de ocho días hábiles posteriores a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
El presupuesto detallado deberá contener al menos sus costos directos, donde se considere como mínimo los recursos de materiales, mano de obra con el detalle de cargas sociales (deberá considerar los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta), equipos y maquinaria e identificación de los subcontratos, sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos.
El adjudicatario debe presentar un desglose del presupuesto detallado del bien y/o servicio, deberá considerar todos los porcentajes mínimos de Ley vigentes al momento de presentar la oferta. En caso de no presentarse en ese plazo, la Administración declarará insubsistente la adjudicación y procederá conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública.
Como referencia, el presupuesto detallado deberán presentarlo bajo el siguiente orden, no obstante, el adjudicatario podrá adecuarlo de la mejor forma en que se ajuste al objeto contractual del presente pliego:
|
Componente |
Porcentaje % |
Monto en la moneda ofertada |
Índice para eventual reajuste o revisión de precios |
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Costos Directos |
|
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Indicar el índice respectivo |
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Mano de obra directa |
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|
Indicar el índice respectivo |
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Insumos directos |
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Indicar el índice respectivo |
|
Otros gastos directos |
|
|
Indicar el índice respectivo |
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Costos Indirectos |
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|
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Mano de obra indirecta |
|
|
Indicar el índice respectivo |
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Insumos indirectos |
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|
Indicar el índice respectivo |
|
Otros gastos indirectos |
|
|
Indicar el índice respectivo |
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Imprevistos |
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No aplica |
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Utilidad |
|
|
No aplica |
|
TOTAL |
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Nota: En caso de no requerir alguno de los rubros indicados en la estructura de precio indicar 0% y justificar el motivo
1.18. Estimación.
Dada la modalidad de la contratación planteada (Según demanda), para efectos de estimación anual, tomando en cuenta las necesidades de la institución y la disponibilidad presupuestaria, se ha proyectado el siguiente consumo anual:
|
Suministro |
Precio unitario |
Cantidad estimada |
Precio total |
|
DISEÑO E IMPRESIÓN DE GAFETE. TIRO FULL COLOR Y RETIRO UNA CINTA CON TEXTO, TAMAÑO 8,6cmX5,5cm (ESTÁNDAR), MATERIAL PVC, FOTOGRAFÍA CON FONDO COLOR A ESCOGER. |
₡ 5.072.31 |
17 |
₡86.229.27 |
|
Estimación Total |
₡86.229,27 |
||
*Cada rubro incluye un 13% para el Impuesto del Valor Agregado.
Asimismo, se aclara que la estimación presentada a continuación NO debe interpretarse como un compromiso de la administración en contratar la cantidad de servicios indicados, sino más bien, como una herramienta para que los oferentes puedan realizar sus proyecciones de los requerimientos que podría tener la Administración, lo anterior en vista de la modalidad de contratación mediante la que se estaría gestionado la adquisición del servicio.
1.19. Aclaraciones y modificaciones
La Administración estará facultada hasta antes de la apertura de las ofertas y únicamente en dos ocasiones para modificar de oficio el pliego de condiciones, conforme lo dispuesto el numeral 93 del RLGCP. Las modificaciones podrán ser esenciales o no esenciales. Por modificaciones no esenciales, se entienden aquellas que no cambian el objeto del negocio ni constituyen una variación fundamental en la concepción original de éste y deberán comunicarse a través del sistema digital unificado, previo al vencimiento del plazo para recibir ofertas. Cuando se trate de licitaciones mayores y menores la comunicación deberá realizarse con al menos dos días hábiles del vencimiento del plazo para recibir ofertas y para la licitación reducida con una antelación de un día hábil.
Cuando se introduzca una modificación esencial, es decir, una alteración importante en la concepción original del objeto o de la contratación, los plazos para recibir ofertas serán ampliados, en el plazo mínimo para recibir ofertas, según el tipo de licitación de que se trate.
Las aclaraciones a solicitud de parte deberán ser presentadas ante la Administración, dentro del plazo de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del pliego de condiciones en el caso de licitaciones mayores y serán resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación.
Para las aclaraciones en las licitaciones menores el plazo será de tres días hábiles siguientes a la publicación y serán resueltas dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación. En el caso de la licitación reducida la solicitud de aclaración será en un plazo de un día hábil, mismo plazo que, tendrá la Administración para resolver.
Las que sean presentadas fuera de ese plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
2. DECLARACIONES JURADAS DEL OFERENTE:
En fiel cumplimiento a lo que establece la Ley General de Contratación Pública en sus artículos 18, 24, 28 y 29 y lo descrito en el Reglamento a la Ley General de Contratación Pública en sus artículos 31 y 32 en mi condición de oferente o como subcontratista; para este procedimiento de contratación pública, el oferente debe entregar una declaración jurada en la que manifieste bajo fe de juramento, los siguientes aspectos:
- En mi condición de oferente, para este procedimiento de contratación pública, doy fe que la información aportada en las declaraciones juradas contenidas en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores que al efecto lleva la Dirección de Contratación Pública y, que se encuentran parametrizadas en el sistema digital unificado, se mantienen invariables. Soy conocedor de que, si faltare a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
- Que acepto con la presentación de la oferta el compromiso anticorrupción y de buenas prácticas comerciales.
- Que he completado la información requerida en la solicitud de Registro Electrónico Oficial de Proveedores provista en el sistema digital unificado.
- Declaro encontrarme al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. Se advierte, que la Administración verificará que los participantes se encuentren al día en sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias, para ello se utilizará el lugar web que establezca el Ministerio de Hacienda. Artículo 18 bis) de la Ley 9416 denominada Ley para Mejorar la Lucha Contra el Fraude Fiscal).
La condición de estar al día con el Impuesto a sociedades se verificará a través del sistema SICOP.
- Declaro encontrarme al día con todas obligaciones materiales y formales requeridas para la normal operación comercial, incluyendo Pólizas de Riesgos de Trabajo, Patentes, Permisos de Salud u otros documentos que sean requeridos para tales efectos.
Se advierte, que la Administración podrá verificar vía informática la veracidad de esta información.
- La condición de estar al día con el Impuesto a sociedades se verificará a través del sistema SICOP
- Declaro que no me alcanza ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, de conformidad con lo establecido en los Artículos 24,25,26,27, y 28 LGCP en concordancia es también la Ley N° 8422 del 6 de octubre del 2004 “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública".
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones, y a quién pertenecen.
- Además, cada proveedor oferente también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el(los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
En caso de que los accionistas del oferente y del subcontratista sean a su vez personas jurídicas, la declaración jurada deberá comprender, además, la información señalada anteriormente respecto de estas últimas”.
- Consideraciones varias para que tomen en cuenta los proveedores:
La Administración, durante la apertura de ofertas constatará el fiel cumplimiento por parte del oferente de las declaraciones juradas aportadas y los datos de los beneficiarios finales para este procedimiento de contratación pública.
De ser omiso y debidamente comprobado por la Administración que los datos antes mencionados no se encuentran en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas, será EXCLUIDO de oficio del concurso, por acreditar una violación a la norma y de forma paralela se iniciarán las valoraciones pertinentes bajo los criterios que determina la Ley General de Contratación Pública N°9986, para el proceso sancionatorio respectivo según las causales previstas en los incisos c) y g) del artículo 119 del mismo cuerpo normativo.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 7.1. Multas (por ejecución defectuosa) La multa será cobrada por el incumplimiento en el servicio prestado. La persona a cargo de este servicio, demostrará el incumplimiento y se realizará un cálculo del perjuicio económico que se ocasiona al Concejo Nacional de Concesiones, se valorará el incumplimiento y se comunicará al contratista mediante un debido proceso. Las costas de la multa no excederán el 25% del valor contratado. La aplicación de la cláusula penal o multas no exime al contratista de indemnizar a la Administración por concepto de daños y perjuicios. Todas las multas serán calculadas sobre la cuota del mes en que se incumplió la condición correspondiente de acuerdo a los siguientes criterios: • Cuando se determine que el objeto presente defectos de impresión, errores en los datos, fallas en el material o incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas a nivel cartelario. En caso de darse este incumplimiento se multará al contratista con un 0.08% del monto indicado de la orden de pedido asociada al mes en que se haya acreditado el incumplimiento El cobro será automático con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. La ejecución de dichas sanciones se aplicará de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 116 y 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Se adjunta tabla de análisis de porcentaje aplicable de cláusula penal y multa.
Cláusula penal. 7.2. Cláusula penal (por la ejecución prematura o tardía de las obligaciones contractuales) El contratista deberá pagar al CNC por concepto de cláusula penal la suma del 0,30% del valor total adjudicado por cada día hábil de atraso en que persista esta condición y sin que exista justificación o prórroga debidamente autorizada, de acuerdo con lo establecido en el plazo de entrega de este pliego de condiciones. El monto máximo por cobrar será el 25 % del monto total estimado del contrato. El cobro será automático con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y a las facturas pendientes de pago. La ejecución de dichas sanciones se aplicará de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 116 y 117 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública. Se adjunta tabla de análisis de porcentaje aplicable de cláusula penal.
Documentos del cartel6
- Declaración ausencia conflictos de interésPDF · 266 KB
- Anexo 1 Revisión de preciosPDF · 328 KB
- Sondeo de mercadoXLSX · 51 KB
- Definición de umbralesPDF · 287 KB
- Calculo de multas y cláusula penalXLSX · 41 KB
- Complemento al Pliego de condicionesPDF · 604 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Fernando Arce Herrera
OGEREH-CNC
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 04/10/2026 05:51. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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