2026LD-000011-0034000001 · SICOP 20260903431
SERVICIOS ALIMENTACIÓN PARA EVENTOS DEL CCDR PÉREZ ZELEDÓN
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pérez Zeledón
Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pérez Zeledón ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡3,9 millones y quedó en firme el 09/10/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas en 2 lotes (partidas). En todos los lotes ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡3,9 millones
para todos los lotes
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas en 2 lotes
Suma de las ofertas más bajas
₡3,4 millones
13,4 % por debajo del presupuesto
Quién ganó cada loteen firme 09/10/2026
- L1Consorcio Cooperativo Hotelero R LServicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales₡2 235 000,00
- L2Guillermo Arturo Ulloa MoralesServicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales₡1 121 138,70
Informe de recomendación de Juan Pablo Camacho Navarro, 06/10/2026
Fechas clave
- Se publicó27/09/2026 19:28 · hace 15 días
- Límite para 28/09/2026 23:59 · hace 14 días
- Límite para 29/09/2026 23:59 · hace 13 días
- Cierre de ofertas30/09/2026 15:00 · hace 12 días
- de ofertas30/09/2026 15:01 · hace 12 días
- publicado06/10/2026 21:49 · hace 6 días
- Adjudicación 09/10/2026 07:12 · hace 3 días
Nota de la institución. Se adjunta plazo.
Contexto
- Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pérez Zeledón adjudicó ₡143,7 millones en 18 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra2 líneas · 2 lotes
- L1Servicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales300 · ₡2 400 000,00300₡2 400 000,00
- L2Servicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales330 · ₡1 386 000,00330₡1 386 000,00
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- Lote 1₡2,0 millones – ₡2,4 millones
- Lote 2₡1,2 millones – ₡1,4 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 75 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,75 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 30 días hábiles
- Contrato por 1 años
- Ofertar en : permitido
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 75 % · Cercanía Geográfica 10 % · Certificación Pymes 10 % · Criterios ambientales 5 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡458,43 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Lote 1 · Servicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Cercanía Geográficamáx. 10 | Certificación Pymesmáx. 10 | Criterios ambientalesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Consorcio Cooperativo Hotelero R LGanó | 75 | 10 | 0 | 0 | 85 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Lote 2 · Servicio de Recepción de Actividades Protocolarias y Sociales1 oferta
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 75 | Cercanía Geográficamáx. 10 | Certificación Pymesmáx. 10 | Criterios ambientalesmáx. 5 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Guillermo Arturo Ulloa MoralesGanó | 75 | 10 | 10 | 5 | 100 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
Se adjunta plazo de ley.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
PATENTE O LICENCIA MUNICIPAL
El oferente en forma individual así como todos los miembros que conformen un consorcio al igual que los sub contratitas de éste, deberán contar y presentar junto con la oferta, copia de la Licencia Municipal bajo su nombre y número de cédula, esto con base a lo estipulado en el artículo 79 del Código Municipal y del artículo 7 del Reglamento para adquisición de bienes y servicios en la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como el artículo 40 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 90 de su reglamento. Cabe indicar que la patente municipal deberá ser acorde o similar al objeto contractual en concurso.
Por otra parte, según establece el artículo 40 de la Ley número 8821 Ley de Regulación de Licencias y Patentes de Pérez Zeledón; se indica que para ejercer cualquier actividad lucrativa o productiva el interesado deberá contar con la licencia respectiva y paralelamente cancelar el impuesto de patentes.
Conforme a lo antes citado, debemos tener claro la diferencia que existe entre el concepto de Licencia Municipal que es el derecho de ejercer una actividad lucrativa o productiva otorgado por la Municipalidad y el concepto de Patente Municipal que es el impuesto que se cobra a partir de la tenencia de la Licencia. En esta línea el artículo 64 de la Ley 8821 define las actividades exentas al impuesto donde se extrae textualmente lo siguiente:
ARTÍCULO 64.- Actividades exentas del pago del impuesto
Están exentas del pago del impuesto de patentes de la Municipalidad de Pérez Zeledón, total o parcialmente en la proporción que aquí se indica, las siguientes actividades productivas u organizacionales del cantón:
(…)
c) En cuanto a las actividades de los profesionales liberales estarán exentas. (…)
Como se puede extraer del texto anterior, la Ley 8821 exonera del impuesto de patente a los servicios profesionales que ejerzan de forma liberal, sin embargo, en la norma que nos rige, no se exime de la tenencia de la licencia para ejercer la actividad descrita por lo que es criterio de esta dependencia municipal que los profesionales que realicen su profesión de manera liberal eventualmente podrán exonerarse del impuesto de patentes y no así de la obtención de la licencia respectiva.
3.1.2 PÓLIZA DE RIESGOS DE TRABAJO
El oferente debe presentar una certificación emitida por la entidad aseguradora correspondiente, en la que se haga constar que cuenta con un seguro de riesgos del trabajo vigente y que dicho seguro cubre y ampara la actividad adjudicada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
"SERVICIOS ALIMENTACIÓN PARA EVENTOS DEL CCDR PÉREZ ZELEDÓN"
2026"
4.3.1 Partida #1, Línea #1
Servicio de Alimentación para alimentación para el evento Gran Fondo de Nueva York Pérez Zeledón 2026
El adjudicado deberá aportar lo siguiente para la actividad a realizarse el domingo 11 de octubre del 2026:
Partida 1
Línea 1
Cantidad
Detalle
Precio
250
Almuerzos con pasta y carne molida con refresco
₡ -
50
Gordon Blue con refresco
₡ -
Total
₡ -
El adjudicado deberá aportar lo siguiente para la actividad a realizarse el 11 de octubre del 2026:
1.
Salón de eventos con capacidad mínima para 300 personas disponible de 11:00 a.m. a 2:00 p.m.
2.
Parqueo para mínimo 200 vehículos.
3.
56 mesas con capacidad para 8 personas cada una.
Las ofertas presentadas deberán detallar el precio total donde se desglose de precio de cada servicio solicitado en la partida.
4.3.2 Partida #2, Línea #2
Servicio de Alimentación para la Celebración del Día Nacional de la Juventud Salesiana.
330 almuerzos con la siguiente descripción• 250 gramos Arroz con pollo• 30g Papas tostadas individuales• 80 gramos Frijoles molidos• 100 gramos Ensalada de caracolitos•
El adjudicado deberá aportar lo siguiente para la actividad a realizarse el sábado 10 de octubre del 2026:
El adjudicado deberá incluir lo siguiente para garantizar el desarrollo del evento:
•
Baños María para poner un puesto de comida.
•
5 Saloneros con su respectivo carné de manipulación de alimentos al día (deben portarlo el día del evento) y vestimenta adecuada, que incluya camisa y pantalón de vestir, delantal, gorro y malla para cabello.
Tazones para postre, platos de melamina, vasos de vidrio, cubierto, tenedor, cuchara y cucharita.
Para coordinar accesos al evento, el adjudicado deberá comunicarse directamente a la oficina administrativa del Comité Cantonal de Deportes de Pérez Zeledón con la funcionaria Susana Monge Arias a los teléfonos 2770-1255 y 8666-5140.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
DECLARACIONES JURADAS
El oferente deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a)
Previo a la participación en todo procedimiento de contratación pública, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores que conformará la Dirección de Contratación Pública, el cual será de acceso público y estará disponible para su consulta y verificación por parte de cualquier interesado, a través del sistema digital unificado.
b)
Para poder participar en los procedimientos de contratación pública es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada.
c)
En todos los concursos en que presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada, presentada en el registro que al efecto lleve la Dirección de Contratación Pública, se mantiene invariable.
d)
Los proveedores y subcontratistas registrados, están obligados a mantener actualizada la información que hayan aportado al momento de solicitar su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas para cada proceso de contratación en el que quieran participar.
e)
Además, de generarse cualquier variación en los términos consignados en las declaraciones juradas que constan en ese Registro deberán rendir oportunamente una nueva que deberá constar en el sistema digital unificado.
f)
Actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores y Subcontratistas del Sistema Digital Unificado, incluyendo los nuevos documentos vigentes al momento de realizarla.
g)
Si el oferente presenta en su oferta algún documento anexo en estado “CONFIDENCIAL”, debe adjuntarse en un archivo independiente de la oferta y demás documentos solicitados por la administración y deberá indicar mediante acto motivado justificación de forma clara, detallada y con fundamento legal, las razones del por qué considera que dicha información debe ser mantenida como “CONFIDENCIAL”. En caso de que un participante considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el sistema digital unificado, al momento mismo de presentar o facilitar la documentación, haciendo señalamiento claro de los folios o archivos que estima confidenciales y de los motivos y su sustento jurídico. Artículo 15 LGCP y 30 de su Reglamento. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la advertencia de confidencialidad, mediante acto motivado suscrito por funcionario competente y con apego al principio de transparencia, la Administración deberá señalar si procede o no la declaratoria de confidencialidad y, en caso de que así proceda, realizará un resumen del contenido de los documentos sin revelar los aspectos confidenciales e indicará por cuánto plazo ha de mantenerse esta. Durante el lapso de los cinco días antes señalado, la información se tendrá como confidencial.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Las multas aplican por defectos en la ejecución del contrato y para que su aplicación resulte procedente deben estar tipificadas en el pliego de condiciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no se requiere la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago.
Cláusula penal. Se determina la cláusula penal de acuerdo con: Art. 46 y 47 LGCP, Art. 116 y 117 RLGCP y Art. 24, 25, 26, 27 y 28 del Reglamento de Adquisiciones de bienes y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón. La cláusula penal procede en casos de ejecución tardía o prematura de las obligaciones. El monto máximo a cobrar es del 25% del total del acto final y para su aplicación no será necesaria la demostración del daño o perjuicio. El cobro de la aplicación de la multa se hará a las retenciones del precio o bien a los saldos pendientes de pago. Las partes técnicas o administradores designados, serán los competentes para la verificación, instrucción y resolución de los procedimientos que pudieran dar origen a la aplicación de una sanción económica, sea esta una multa o cláusula penal, según corresponda. De conformidad con la LGCP, se determinarán las sanciones económicas de acuerdo con los siguientes parámetros la variación, producidas por defectos de ejecución, días de retraso o premura al completar el entregable: BAJO, MEDIO, MÁXIMO. En cada categoría se aplicarán los porcentajes de sanción que se detallan a continuación: Impacto BAJO: El impacto no detiene la ejecución del proyecto ni pone en riesgo el logro del objetivo general definido. Es un entorpecimiento leve pero asimilable dentro de las acciones de contingencia que puedan implementarse. Sanción: 10% del valor máximo sancionable por Ley Impacto MEDIO: El impacto tiene consecuencias moderadas en el logro del objetivo en los plazos previstos. Requiere acciones de contingencia que podrían requerir costos adicionales, pero solventables para la corrección de la desviación experimentada en la ruta crítica. Se vislumbra alguna posibilidad de que no se logre cumplir con el plazo previsto para la totalidad del proyecto sin ser ésta una posibilidad inminente. Sanción: 50% del valor máximo sancionable por Ley Impacto MÁXIMO: El impacto es severo, las consecuencias generan una imposibilidad de lograr el objetivo en el plazo previsto, puede existir una afectación en costos importante, podría indicar la imposibilidad de materializar los beneficios del proyecto y hasta crear pérdidas de recursos. Sanción: 100% del valor máximo sancionable por Ley SANCIÓN La cantidad máxima de días para aplicar la cláusula penal respectiva será del 30% del plazo para el entregable. Es decir, si debe aplicarse la cláusula penal, la sanción diaria se calculará dividiendo el total de la sanción entre los días resultantes de multiplicar el plazo del entregable por un 30%. El cálculo es el siguiente: Sanción Diaria = (Sanción máxima / (plazo del entregable * 30%))* días de variación. Este 30% de variación se estima razonable de acuerdo con los principios de buena fe y sana planificación con enfoque preventivo. Una vez superado este plazo se deberá valorar la posibilidad de resolución del contrato. Cualquier condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, así como cualquier otra Ley o Decreto aplicable a la materia.
Documentos del cartel1
- PLIEGO DE CONDICIONESPDF · 748 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Juan Pablo Camacho Navarro
Presidente
Susana Monge Arias
Encargado del concurso · Administración
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 10/10/2026 09:17. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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