2026LD-000032-0024250801 · SICOP 20261002653
Adquisición e implementación de equipos de audio, video y cómputo para la Sala de Sesiones del Concejo Municipal y el Auditorio Municipal
Municipalidad de Tilarán
Municipalidad de Tilarán busca adquisición e implementación de equipos de audio, video y cómputo para la sala de sesiones del concejo municipal y el auditorio municipal con un presupuesto de ₡41,1 millones. Recibe ofertas hasta el 27/10/2026 (en 7 días).
₡41,1 millones
Tiempo para ofertar
7 días
cierra el 27/10/2026 09:00
Lotes y líneas
22 líneas
Fechas clave
- Se publicó20/10/2026 14:56 · hoy
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Límite para 22/10/2026 23:59 · en 2 días
- Cierre de ofertas27/10/2026 09:00 · en 7 días
- de ofertas27/10/2026 09:00 · en 7 días
- (plazo máximo)≈ 10/11/2026 · en 21 días
Contexto
- Compras parecidas de esta institución recibieron en promedio 2,3 oferentes.3 partidas con el mismo código de producto abiertas en los últimos 3 años.
- Municipalidad de Tilarán adjudicó ₡666,3 millones en 77 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡35,0 millones – ₡41,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas antes de ofertar. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Qué se compra22 líneas
- Cámara PTZ 4k de Videoconferencia, con Zoom Óptico al Menos de 35x, Resolución de 4k/1080/720px a 60 Fps, Detección Automática, Autoenfoque, Alimentación a Traves de Ethernet, Frecuencia de 50 / 60 Hz, Entrada de Audio de Nivel Profesional Integrada para Entrada de Línea, Debe Trabajar con Ndihx/ 3g-sdi/hdmi/usb3.02 c/u · ₡5 170 000,002 c/u₡5 170 000,00
- Cámara PTZ 4k de Videoconferencia, con Zoom Óptico al Menos de 35x, Resolución de 4k/1080/720px a 60 Fps, Detección Automática, Autoenfoque, Alimentación a Traves de Ethernet, Frecuencia de 50 / 60 Hz, Entrada de Audio de Nivel Profesional Integrada para Entrada de Línea, Debe Trabajar con Ndihx/ 3g-sdi/hdmi/usb3.04 c/u · ₡6 580 000,004 c/u₡6 580 000,00
- Proyector Multimedia de Alta Luminosidad Láser 5000 Lm Montaje en Techo , Frontal, 360, 1920 X 1200 X 3 Contraste Mínimo 100.00:1 Resolución Nativa Wuxga Iluminación 20000 H1 c/u · ₡2 585 000,001 c/u₡2 585 000,00
- Pantalla de Proyección de Pared Retráctil (motorizada), con Control Remoto, Dimensión de 2,39 M X 1,80 M (94,4 X 70,9 Pulg), de Color Blanco Mate, Grosor 0,42 Mm +/- 0,03, Alimentación Voltaje de 110 V1 c/u · ₡141 000,001 c/u₡141 000,00
- Pantalla, Tamaño 165,10 Cm (65 Pulg), Tipo Smart, Conectividad Hdmi, Usb, Etheret, Wifi y Bluetooth, Resolución 3840 Px X 2160 Px 4k Uhd5 c/u · ₡1 762 500,005 c/u₡1 762 500,00
- Equipo de Videoconferencia, Diseñado para Zoom Room o Team Room, Basado en Appliance (codec) o Plug And Play Mediante Un PC, Mac, Cámara Resolución 4x, PTZ, Zoom Mínimo de 10x, Seguimiento por Voz, Movimiento o Facial, Micrófono con Cancelación de Ruido (aec), Altavoces para Mesa, Pared o Techo, Tableta de Control para Operación del Sistema de Videoconferencias, Usb o Ip (ethernet o Wifi)2 c/u · ₡376 000,002 c/u₡376 000,00
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 8 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 60 días hábiles
- Contrato por 6 meses
- Ofertar en : permitido
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Criterios Sustentables 15 %
Las ofertas se hacen públicas en la apertura, después del cierre.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
- Requisitos de Admisibilidad
11.1 Experiencia del oferente: El oferente deberá demostrar experiencia en el suministro de equipo tecnológico similar al objeto contractual durante los últimos cinco (5) años, lo cual deberá demostrar mediante la presentación de al menos tres (3) cartas, órdenes de compra, contratos o certificaciones de clientes públicos o privados que evidencien la venta de los equipos requeridos en la presente contratación. Esto con el objetivo de verificar la capacidad técnica y comercial del oferente para suministrar los bienes requeridos. Las certificaciones deben acreditar la implementación de soluciones de audio y video integradas por montos iguales o superiores a los ¢10.000.000,00 por proyecto, garantizando la idoneidad real de la productora tecnológica que ingresará a intervenir el Concejo Municipal.
11.2. Garantía del fabricante: Todos los equipos ofertados deberán contar con garantía mínima del fabricante lo cual debe acreditar mediante declaración jurada o documentación técnica que indique el período de garantía aplicable, lo cual asegura la protección de la inversión institucional ante defectos de fabricación.
11.3 Equipos nuevos y originales: Los equipos deberán ser completamente nuevos, originales, sin uso previo, no reconstruidos, remanufacturados o reacondicionados, lo que se debe acreditar mediante declaración jurada del oferente indicando el cumplimiento de esta condición, con el objetivo de garantizar mayor vida útil y confiabilidad operativa.
11.4. Cumplimiento de especificaciones técnicas: El oferente deberá presentar fichas técnicas, catálogos o documentación oficial de fabricante, en idioma español, que permita verificar el cumplimiento de cada característica técnica solicitada.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Capítulo II
Especificaciones técnicas
- Visita Técnica y de campo
Por la naturaleza del servicio que se requiere contratar y que el potencial oferente tenga una visión más amplia sobre el objeto de la presente contratación, se realizará una visita de campo con los oferentes a los sitios donde se desarrollará el objeto contractual la cual será el día 22 de octubre de 2026 a las 10 horas, saliendo del edificio municipal, a cargo del profesional municipal responsable de este proyecto y no se harán visitas adicionales.
La visita no será de carácter obligatorio, pero se recomienda realizarla, ya que ningún oferente podrá alegar variación de la oferta o cambios una vez adjudicada la misma, argumentando condiciones no previstas o relacionadas con la no identificación de los sitios, por desconocimiento de los trabajos que se deben desarrollar o faltante de material requerido para el proyecto.
El responsable por parte de la Municipalidad será quien realizará una minuta con las observaciones, los acuerdos tomados y la lista de los asistentes participantes.
- Descripción del proyecto:
La presente contratación tiene por objeto adquirir e implementar una solución integral de audio, video y cómputo para la Sala de Sesiones del Concejo Municipal y el Auditorio Municipal de la Municipalidad de Tilarán. Comprende el suministro, instalación, configuración, programación, integración, pruebas, capacitación y puesta en marcha de cámaras de videoconferencia, proyectores, pantallas, equipos de cómputo para salas de reuniones, controladores táctiles, receptores de presentación inalámbrica, sistemas de microfonía, procesamiento y refuerzo sonoro, equipos de red, respaldo eléctrico, gabinetes, cableado, accesorios y demás componentes requeridos.
Los bienes deberán ser nuevos, originales, de línea profesional o empresarial, compatibles entre sí y aptos para operación continua. La solución deberá permitir reuniones híbridas y videoconferencias mediante Microsoft Teams, Zoom y Google Meet; proyección y distribución de contenidos; presentación inalámbrica; captura, procesamiento y reproducción de audio y video; seguimiento de participantes; administración de red y respaldo eléctrico.
En la Sala de Sesiones se implementará una plataforma de videoconferencia, proyección principal y lateral, control de reuniones, presentación inalámbrica y audio de debate. En el Auditorio Municipal se implementará un sistema de videoconferencia y un sistema profesional de refuerzo sonoro para actividades de mayor aforo, con parlantes activos, subwoofers, monitores, mezcladora digital, microfonía inalámbrica y control mediante tableta.
El adjudicatario deberá entregar la solución completamente instalada y operativa, incluyendo soportes, cableado, canalización, protección eléctrica, accesorios, licencias o suscripciones requeridas, documentación técnica, diagramas, respaldos de configuración, capacitación al personal designado y garantía. La recepción definitiva estará sujeta a pruebas de funcionamiento, interoperabilidad, cobertura, calidad de audio y video, conectividad y cumplimiento integral de las especificaciones.
- Especificaciones Técnicas:
Las especificaciones contenidas a continuación corresponden a requisitos mínimos. Se aceptarán soluciones de características iguales o superiores, siempre que el oferente demuestre mediante fichas técnicas oficiales la equivalencia, compatibilidad e integración de todos los componentes. Las cantidades indicadas forman parte del alcance requerido.
PARTIDA 1
Requisitos Técnicos de los componentes Sala de Sesiones:
Línea 1: Cámara Video Conferencia Principal (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4512150692390958
- Cámara con resolución mínima 4K
- Tecnología de Zoom Optico Autoajustable
- Zoom Optico mínimo de 7.3 x
- Lentes Duales
- Con capacidad de ser controlada remotamente
- Contar con Capacidad de Control de Audiencia
- Contar con Sensores de Calidad del Aire
- Capacidad de ser controlada remotamente por equipos propietarios
- Rango de Operación de la menos 7.6 Metros con Auto Foco
- Contar con la menos los siguientes puertos: 1 puerto USB-B; 1 puerto Ethernet RJ-45 (10/100/1000 Mbps) con soporte de alimentación PoE; 1 Puerto de Alimentación AC/DC
- Sensor de hasta 20 MP
- Capacidad de los lentes:
- 120-degree HFOV, 70-degree HFOV
- 140-degree DFOV, 78-degree DF
- Soportar temperaturas de operación entre los 0°C y los 40°C
- Microfonía interna
- Certificada para funcionar con Microsoft Teams, Google Meets y Zoom
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Directo de la marca. Debe presentar una carta o certificación vigente emitida directamente por el fabricante de la marca, en la que se indique expresamente que la empresa oferente es distribuidor directo autorizado para Costa Rica.
Línea 2: Cámaras Video Conferencia Laterales (4 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4512150692390958
- Cámara con resolución mínima 4K
- Tecnología de Zoom Optico Autoajustable
- Zoom Optico mínimo de 12x
- Lentes Duales con sensor de 1 / 2.8 pulgadas
- Cámara Motorizada con movimiento horizontal mínimo de +/- 170° y Vertical de +/- 30°
- Con capacidad de ser controlada remotamente
- Rango de Operación de la menos 10 Metros con Auto Foco
- Contar con la menos los siguientes puertos: 1 puerto USB-B; 1 puerto Ethernet RJ-45 (10/100/1000 Mbps) con soporte de alimentación PoE; 1 Puerto de Alimentación AC/DC
- Sensor de hasta 8MP
- Soportar temperaturas de operación entre los 0°C y los 40°C
- Microfonía interna con arreglo de al menos dos elementos
- Certificada para funcionar con Microsoft Teams, Google Meets y Zoom
- Debe de contar con su base de montaje Original de la misma marca
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Directo de la marca. Debe presentar una carta o certificación vigente emitida directamente por el fabricante de la marca, en la que se indique expresamente que la empresa oferente es distribuidor directo autorizado para Costa Rica.
Línea 3: Proyector Laser: (1 Unidad)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4511160992253528
- Proyección de Luz Laser de al menos 6500 Lúmenes
- Misma luminosidad Blanca como a Color
- Resolución WUXGA Full HD
- Resolución Nativa: 1920 x 1200
- Resolución de Contraste: 5.000.000 a 1
- Profundidad de Color de al menos 1.070 Millones
- Desplazamiento del lente Vertical: ±50%; Horizontal: ±20%
- Corrección trapezoidal Vertical: ±30º; Horizontal: ± 30º
- Fuente de luz Diodo láser
- Duración de la fuente de luz Normal: 20.000 horas; Silencioso: 20.000 horas; Extendido: 30.000 horas
- Soportar temperaturas de operación entre los 0°C y los 40°C
- Interfaces Mínimas: HDMI® (HDCP 2.3) x 2, HDMI® de salida x 1, HDBaseT® x 1, Salida de audio variable: Mini estéreo x 1, Conector USB Tipo - A x 1, Conector USB Tipo - B x 1, Serial: RS-232c x 1, LAN con cable RJ45 x 1, LAN inalámbrica: Incorporada
- Alimentación de 100 -240V AC a 50 o 60 Hz.
- Capacidad de Red, Red Inalámbrica
- Control Remoto
- Contar con capacidad de uso compartido para los contenidos
- Capacidad de proyección de hasta 500¨en diagonal en factor 16:10
- Mínimo 3 Años de garantía contra defectos de Fabrica
- Debe de ser instalado con su base para techo Original
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 4: Pantalla de Proyección Motorizada: (1 Unidad)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4511160392374948
- Pantalla Motorizada de al menos 120¨ y como máximo de 130¨
- Voltaje de Operación de 110V
- Relación de Aspecto 16:9
- Base para pared
- Color Blanco con marco Color Negro
- Pantalla de PVC retardador de fuego, con capa interior de Tela, que ofrezca una ganancia de 1.1
- Con capacidad de ser controlada remotamente
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 5: Pantallas de Proyección Lateral de 65¨(TV´s) (5 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 5216150592440317
- Pantalla 4K UHD de al menos 65¨
- Resolución de al menos 3840 x 2160 pixeles.
- Tasa de Refescamiento de 60 Hz.
- Memoria Mínima de 2 GB RAM y 8 GB ROM
- Velocidad Mínima del CPU: 2100 MHz
- Velocidad Mínima del GPU: 800 Mhz
- Profundidad de Color de al menos 1.070 Millones
- Angulo de Visión de al menos 178° tanto en posición horizontal como vertical
- Con sistema de audio de doble parlante de al menos 10 W cada uno.
- Tipo de Visel o Frame Ultra Fino y Metálico
- Con soprte para portocolos de audio Dolby, Daolby Audio, DTS:X y DTS Virutal:X Sound.
- Cada unidad deberá de contar con su Bracket de Soporte Metálico tipo Pivot con capacidad para el equipo. Mínima de 60 KG.
- Con Soporte Miracast y Google
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 6: Equipo / Sistema de Control: (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4511190292375670
- Unidad controladora de Equipos de Video Conferencia
- Generador de Conferencias y Organizador de Horarios
- Con Pantalla Touch de al menos 10¨ IPS
- Resolución Nativa mínima de 1280 x 800
- Relación de Aspecto 16:10
- Soportar aplicaciones de Terceros, como Zoom Room, Teams Room, Extron, Tencent, Ring Central y similares.
- Contar con sensores de:
- Calidad del aire
- Proximidad
- Contar con su propio punto de montaje en pared.
- Puerto RJ45 con soporte de alimentación PoE
- Anfulo de Visión Vertical mínimo de 75°
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Directo de la marca. Debe presentar una carta o certificación vigente emitida directamente por el fabricante de la marca, en la que se indique expresamente que la empresa oferente es distribuidor directo autorizado para Costa Rica.
Línea 7: Receptor de Proyección Inalámbrica: (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 4511190292351448
- Unidad Receptora de equipos para proyección.
- Protocolos Nativos: Miracast, Android y AirPlay
- Compatible con los siguientes sistemas operativos o plataformas:
- Miracast: Windows 11/10 y Android
- GoogleCast: ChromeOS/Chrome 98+ y Android 8+
- Airplay: MacOS 11 y iOS 13+
- Cumplir con los estándares FCC, RED, RoHS, UL
- Especificaciones de Audio y Video:
- Vídeo: Compresión H.264 Audio: LPCM 2.0
- Resolución: Hasta 4K30
- Protección de contenido: HDCP 2.x
- Interfaces Mínimas: 1 x salida HDMI, 1 x RJ-45, 1 x USB 3.0 Host Tipo-A, 2 x USB 2.0 Host Tipo-A, 1 x salida de audio analógica de 3,5 mm y 1 x conector de alimentación de energía DC
- Soportar temperaturas de operación entre los 0°C y los 40°C
- Soportar niveles de humedad de operación entre el 20 Y EL 90 % sin condensación
- Mínimo 3 años de garantía contra defectos de Fabrica
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 8: Kit de Micrófonos Inalámbricos: (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 5216152092480245
- Sistema de Microfonía inalámbrica de 4 canales como mínimo
- Contar con al menos 2 micrófono de mano y 2 de Solapa
- Contar con sistema de emparejamiento automático
- Alcance mínimo de 30 Metros
- Unidad de Montaje en RACK
- Tecnología de coneción UHF
- Tipo de conectores XLR
- Control de Volumen y Ajustes
- Sensibilidad del audio de 85 db
- Respuesta de Frecuencia de 16.000 Hz
- Mínimo 2 años de garantía contra defectos de fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 9: Switch de Integración: (1 Unidad)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 4322262092267348
- Unidad de Rack de al menos 24 Puertos RJ45. Los soportes de montaje deben ser originales de la marca.
- Debe ser de la línea empresarial del fabricante y contar con carcaza metálica y no plástica.
- Con capacidad de Administración (Layer 2 y Layer 3)
- Unidad de poder de al menos 60 W
- Alimentación de 100 -240V AC a 50 o 60 Hz.
- Rendimiento mínimo sin bloqueos de 110 Gbps
- Capacidad de 230 Gbps.
- De debe de contar con al menos 2 Puertos RJ45 10/5/2.5/1 GbE, 100 MbE, 24 Puertos RJ45 2.5/1 GbE, 100/10 MbE y 4 Puertos 10/1G SFP+
- Soportar temperaturas de operación entre los -5°C y los 40°C
- Soportar niveles de humedad de operación entre el 20 Y EL 90 % sin condensación
- Mínimo 3 años de garantía contra defectos de Fabrica
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 10: Equipo de Cómputo para control de mando en Sala de Sesiones del Concejo Municipal y Auditorio Municipal: (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 4321150792456815
- Procesador Intel U7 255H o superior
- Factor Forma Mini o Micro
- Contar con soporte VESA Original de la marca
- 16GB de Memoria RAM
- Disco SSD mínimo de 512GB
- Teclado y Mouse Originales
- Puertos USB Traseros mínimos 4
- Puertos USB Delanteros mínimos 2
- Interface RJ45 10/100/1000
- Mínimo 2 Puertos HDMI
- Tarjeta Wireless indorporada
- Pantalla de 27¨ de la misma marca del equipo y con soporte mecanismo VESA
- Licencia Windows 11 Pro
- Licencia Teams Rooms o Zoom Rooms por 3 años
- Mínimo 3 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Directo de la marca. Debe presentar una carta o certificación vigente emitida directamente por el fabricante de la marca, en la que se indique expresamente que la empresa oferente es distribuidor directo autorizado para Costa Rica.
Línea 11: Unidad de Poder Ininterrumpido de Rack (UPS): (2 Unidades) Una para la Sala de Sesiones del Concejo Municipal y otra para el Auditorio Municipal
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 3912101192456924
- De al menos 3.000 VA y 2.700 W
- Equipo de Onda Sinusoidal Pura en Línea
- Unidad montable en Rack de máximo 2U
- Con la capacidad de proporcionar energía limpia con tiempo de transferencia cero
- Que cuente con la opción de incrementar su tiempo de ejecución mediante la adición de paquetes de baterías adicionales.
- Accesorios de montaje en Rack Originales
- Certificación Energy Star, RoHS y Reach
- Que el fabricante cuente con un perfil de ayuda al medio ambiente en aplicación activa.
- Mínimo 2 Años de Garantía contra defectos de Fabricación
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca. El oferente deberá acreditar que cuenta con autorización o respaldo de la marca ofrecida. Para ello, deberá presentar carta vigente emitida por el fabricante, representante regional, mayorista o distribuidor oficial, en la que se confirme que el oferente se encuentra autorizado para comercializar los equipos y gestionar la garantía y el soporte oficial correspondientes.
Línea 12: Parlantes (4 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 5216151292397580
- Parlante de Montaje en Cielo de color blanco
- Con un mínimo de 60 Watts de Potencia
- Con Wooffer de al menos de 7 Pulgadas
- Con al menos 2 Tweeters de 1 pulgadas por unidad
- Que el fabricante certifique que el Woofer y los Tweeters están posicionados en cada unidad, de forma que se elimine la necesidad de orientar los parlantes hacia el interior de la habitación, esto debe ser automático.
- Parlantes Tipo Pasivo.
- Que cuenten con soporte original de la marca
- Que cuenten con cobertor metálico original de la marca
- Tecnología Estéreo
- Compatible con amplificadores y receptores clasificados de 10 a 200 vatios por canal.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
La solución debe quedar instalada, configurada y funcionando. Debe incluir cableado, accesorios y mano de obra.
La actual infraestructura de microfonía y audio se debe integrar en un 100% al objeto de esta contratación.
El sistema eléctrico actual se debe revisar, reparar o reconstruir según los requerimientos y lineamientos establecidos por el CFIA.
El cableado y la ductería del sistema de microfonía actual se debe reconstruir en su totalidad. Los lineamientos serán definidos en la visita previa.
PARTIDA 2
Requisitos Técnicos de los componentes del Auditorio Municipal:
Línea 13: Equipo de Control de Audio (Un Amplificador)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 5216154792343810
- Capacidad de Manejo de 8 Zonas y 16 Canales
- Poder de salida de al menos 40 watts por canal (80 watts por zona)
- Impedancia de 8 omhs a 2 omhs
- Con mínimo las siguientes entradas de audio cableadas: 2 puertos USB
- Debe contar con adaptador USB a RCA, o un puerto RCA propietario.
- Con mínimo las siguientes entradas de audio inalámbricas: Airplay 2, Spotify, Bluetooth, DLNA
- Capacidad de montaje en rack
- Control independiente del volumen de cada zona
- Capacidad de poder emitir diferentes tipos de audio (Streams) en cada una de las zonas
- Capacidad de controlar parlantes de tipo pasivo (Mínimo 12 Parlantes)
- Debe de soportar al menos tres usuarios simultáneos.
- Se debe poder controlar de forma inalámbrica
- Se debe de poder incorporar al sistema Wi Fi de la Institución.
- Con capacidad de ser controlada remotamente mediante PC, IOS y Android.
- El equipo debe de ser compatible y conectado al sistema de proyección actual.
- El equipo debe de ser compatible y conectado con el equipo de cómputo de la Institución.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
Línea 14: Parlantes Laterales (8 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 5216151292480586
- Parlante para Montaje en Pared
- De al menos 60 Watts de Potencia
- Resistente a temperaturas superiores a los 60 °C.
- Con carcaza multicámara que minimize la distorsión audible de las frecuencias bajas.
- Que el fabricante certifique que el Woofer y los Tweeters están posicionados en cada unidad, de forma que se elimine la necesidad de orientar los parlantes hacia el interior de la habitación, esto sea automático.
- Parlantes Tipo Pasivo.
- Que cuenten con soporte original de la marca
- Que cuenten con cobertor metálico original de la marca
- Tecnología Estéreo
- Parlantes Tipo Pasivo
- Compatible con amplificadores y receptores clasificados de 10 a 200 vatios por canal.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
Línea 15: Parlantes Zona de Ingreso (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 5216151292397580
- Parlante de Montaje en Cielo de color blanco
- Con un mínimo de 60 Watts de Potencia
- Con Wooffer de al menos de 7 Pulgadas
- Con al menos 2 Tweeters de 1 pulgadas por unidad
- Que el fabricante certifique que el Woofer y los Tweeters están posicionados en cada unidad, de forma que se elimine la necesidad de orientar los parlantes hacia el interior de la habitación, esto debe ser automático.
- Parlantes Tipo Pasivo.
- Que cuenten con soporte original de la marca
- Que cuenten con cobertor metálico original de la marca
- Tecnología Estéreo
- Compatible con amplificadores y receptores clasificados de 10 a 200 vatios por canal.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
Línea 16: Tableta Electrónica de Control: (2 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 4321150992477454
- Pantalla Táctil de al menos 11¨ o superior
- Resolución de pantalla de al menos 2.5K (2560x1600) IPS o superior
- Procesador MediaTek Dimensity 6300 (Octa-core 2x A76 + 6x A55) o superior
- 4 GB de memoria
- 256 GB de almacenamiento
- Micrófono y al menos 4 parlantes.
- Sistema de Audio Optimizado para Dolby Atmos
- Cámara frontal de 5.0MP, y trrasera de 8.0MP ambas con autofoco
- Capacidad WiFi y LTE
- Batería recargable de Litio de al menos 7040mAh
- Sistema Operativo Windows, IOS o Android
- Capacidad de controlar el equipo Amplificador ofertado.
- Contar con equipo de protección anticaídas (Estuche Tipo Rugged)
- Debe de incluir Teclado y Lápicero electrónico de la misma marca ofertada.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado Directo de la marca
Línea 17: Rack Metálico de pared (1 Unidad)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código identificación SICOP 4322330692475642
- Tipo: gabinete rack para montaje en pared.
- Altura útil mínima: 9U (nueve unidades de rack).
- Ancho estándar: 19 pulgadas, compatible con equipos de telecomunicaciones y redes.
- Profundidad mínima: 450 mm.
- Construcción en acero laminado en frío de alta resistencia.
- Espesor mínimo de la estructura: 1,2 mm.
- Capacidad de carga mínima: 60 kg.
- Puerta frontal abatible con vidrio templado de seguridad y cerradura con llave (llavín).
- Paneles laterales desmontables con mecanismo de seguridad.
- Entradas para cableado en la parte superior e inferior, con protección para bordes.
- Sistema de ventilación mediante rejillas laterales.
- Preparado para la instalación de ventiladores en la parte superior.
- Rieles de montaje ajustables para equipos estándar de 19 pulgadas.
- Acabado con pintura electrostática en polvo, color negro o equivalente.
- Cumplimiento de la norma EIA-310 para racks de 19 pulgadas.
- Incluye:
- Kit de tornillería para montaje de equipos.
- Juego de llaves para la cerradura.
- Accesorios de fijación para instalación en pared.
- Barra o punto de puesta a tierra.
La solución debe quedar instalada, configurada y funcionando. Debe incluir cableado, accesorios y mano de obra.
- Se debe de instalar todos los equipos en un Rack Metálico con llavín de al menos 9U, donde llegará todo el cableado, se instalará el amplificador, la UPS de Rack de 2U.
- Se debe incluir la cantidad de organizadores horizontales metálicos necesarios para ordenar el cableado internamente en el rack.
- Se deben contemplar en la oferta la totalidad de los cables (uno para cada parlante ya que no se permitirá el montaje en línea) para poner a funcionar la totalidad de los parlantes solicitados. Este cableado y sus tuberías deberán de cumplir con la normativa establecida por CFIA.
- Se debe de incluir todo lo requerido (Cableado, Accesorios, Materiales Menores) para poder incorporar el sistema de proyección y video conferencia actual al sistema nuevo.
- 12 meses de Garantía como mínimo.
Línea 18: Computadora de escritorio todo en uno (6 Unidades)
De similares o superiores características a AIO Marca HP Modelo ProStudio 4 AIO G1i - D29ZSLA#ABM.
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación 4321150792474589
- Factor de forma: computadora Todo-en-Uno (All-in-One) de línea empresarial.
- Sistema operativo Windows 11 Pro de 64 bits, en español, debidamente licenciado.
- Procesador Intel Core Ultra 7 265 o superior, con frecuencia turbo de hasta 5,3 GHz, 30 MB de memoria caché, 20 núcleos y 20 subprocesos.
- Unidad de procesamiento neuronal (NPU) con rendimiento mínimo de 13 TOPS.
- Chipset Intel Q870 con soporte para Intel vPro o superior.
- Memoria RAM mínima de 24 GB DDR5-5600 MT/s, ampliable mediante al menos dos ranuras SODIMM.
- Unidad de estado sólido SSD PCIe NVMe M.2 con capacidad mínima de 1 TB.
- Pantalla integrada de 23,8 pulgadas, resolución Full HD de 1920 × 1080, tecnología IPS, tratamiento antirreflejo, baja emisión de luz azul, brillo mínimo de 250 nits y cobertura mínima del 99 % sRGB.
- Gráficos integrados Intel o superiores.
- Cámara web integrada de al menos 5 MP, con mecanismo retráctil o de privacidad y arreglo de al menos dos micrófonos.
- Sistema de audio integrado con al menos dos altavoces y conector combinado para micrófono y audífonos.
- Conectividad de red cableada Gigabit Ethernet mediante puerto RJ-45.
- Conectividad inalámbrica Wi-Fi 6E o superior y Bluetooth 5.3 o superior.
- Puertos mínimos: un USB Tipo-C de 20 Gbps, un USB Tipo-C de 10 Gbps con modo alternativo DisplayPort, dos USB Tipo-A de 10 Gbps, dos USB Tipo-A de 5 Gbps, una entrada HDMI 1.4 o superior, una salida HDMI 2.1 o superior, un puerto RJ-45 y un conector de audio universal de 3,5 mm.
- Al menos una ranura M.2 2230 para conectividad inalámbrica y dos ranuras M.2 2280 para almacenamiento.
- Módulo de seguridad TPM 2.0 y ranura física para cable de seguridad.
- Teclado y mouse alámbricos originales de la misma marca del equipo.
- Fuente de alimentación interna con potencia mínima de 280 W y corrección activa del factor de potencia.
- El equipo deberá ser nuevo, original, sin uso previo, no remanufacturado, no reacondicionado y no encontrarse declarado por el fabricante como fin de vida útil o fin de soporte.
- Deberá aportarse ficha técnica oficial del fabricante que permita verificar el cumplimiento de cada característica solicitada.
- Garantía mínima de tres años del fabricante, con atención en sitio para partes y mano de obra.
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado Directo de la marca
Línea 19: Monitores (4 Unidades)
De similares o superiores características a Dell E2425HSM.
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación 4321190292362137
- Tipo: monitor de línea empresarial con soporte ergonómico ajustable.
- Tamaño visible mínimo: 23,8 pulgadas, clase 24 pulgadas.
- Resolución nativa mínima Full HD de 1920 × 1080 píxeles, relación de aspecto 16:9.
- Tecnología de panel IPS con retroiluminación LED.
- Frecuencia de actualización mínima de 100 Hz mediante DisplayPort.
- Tiempo de respuesta máximo de 8 ms en modo normal y 5 ms en modo rápido.
- Brillo mínimo de 250 cd/m².
- Relación de contraste nativa mínima de 1.000:1.
- Ángulo de visión mínimo de 178° horizontal y 178° vertical.
- Capacidad para reproducir al menos 16,7 millones de colores y cobertura mínima de 72 % NTSC (CIE 1931).
- Superficie de pantalla antirreflejo, dureza mínima 3H y tecnología de confort visual certificada por TÜV Rheinland o equivalente.
- Soporte incluido con ajuste de altura mínimo de 130 mm, inclinación de -5° a 21°, giro horizontal mínimo de -173° a 173° y pivote de ±90°.
- Parlantes integrados con potencia total mínima de 4 W.
- Puertos mínimos: un HDMI 1.4 con HDCP 1.4, un DisplayPort 1.2 con HDCP 1.4 y un puerto VGA.
- Compatible con montaje VESA estándar.
- Ranura para cable de seguridad.
- Operación mínima de 12 horas diarias, 7 días por semana.
- Construcción con vidrio libre de arsénico, panel libre de mercurio y materiales libres de BFR y PVC, o características ambientales equivalentes.
- Incluye cable de alimentación y cable HDMI de al menos 1,8 metros.
- El equipo deberá ser nuevo, original, sin uso previo, no remanufacturado, no reconstruido ni reacondicionado.
- El oferente deberá aportar ficha técnica oficial del fabricante que permita verificar el cumplimiento de las características solicitadas.
- Garantía mínima de tres años del fabricante, con cobertura de partes y mano de obra.
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca.
Línea 20: Reparación de cableado existente
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 8111990192131799
- Inspección y diagnóstico: realizar una revisión integral del cableado eléctrico, cableado de audio, microfonía, ductería, cajas, conectores, tomacorrientes, puntos de conexión, puesta a tierra y demás elementos existentes en la Sala de Sesiones y el Auditorio Municipal, identificando daños, deterioro, empalmes, interferencias, riesgos u otras condiciones que puedan afectar la seguridad y el funcionamiento de la solución.
- Reparación y sustitución: reparar, sustituir o reconstruir los tramos, puntos y componentes que presenten daños o que no cumplan con las condiciones técnicas requeridas. No se permitirán empalmes expuestos, conductores deteriorados, canalizaciones sobrecargadas ni accesorios improvisados.
- Cableado de microfonía y audio: reconstruir los recorridos necesarios utilizando cableado profesional, conectores, terminales y accesorios apropiados para cada señal. Cada punto deberá quedar correctamente terminado, protegido e integrado con los equipos existentes y con los nuevos componentes de la contratación.
- Canalización: suministrar e instalar la tubería, canaleta, soportes, cajas de paso, tapas, fijaciones y demás elementos requeridos. La canalización deberá quedar firmemente instalada, con acabado uniforme, sin bordes cortantes y con capacidad suficiente para facilitar el mantenimiento futuro.
- Separación de circuitos: mantener una separación adecuada entre conductores eléctricos, datos, audio y video, empleando canalizaciones independientes o divisiones internas cuando corresponda, con el propósito de reducir interferencias electromagnéticas y riesgos eléctricos.
- Materiales: incluir todos los cables, conectores, placas, cajas, protecciones, terminales, abrazaderas, tornillería, tubería, canaleta, consumibles y materiales menores necesarios para entregar el trabajo completo, sin costos adicionales para la Municipalidad.
- Identificación: etiquetar ambos extremos de cada cable y los puntos de conexión mediante una nomenclatura legible, permanente y coincidente con los diagramas de instalación.
- Cumplimiento normativo: ejecutar los trabajos conforme con la normativa eléctrica y constructiva vigente, los lineamientos del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (CFIA), las recomendaciones de los fabricantes y las buenas prácticas aplicables.
- Pruebas y puesta en funcionamiento: efectuar pruebas de continuidad, polaridad, aislamiento, puesta a tierra, ausencia de cortocircuitos, nivel de señal, ruido, interferencias y operación conjunta de los sistemas. Las deficiencias detectadas deberán corregirse antes de solicitar la recepción.
- Documentación final: entregar un informe de los trabajos realizados, registro fotográfico, resultados de las pruebas y diagramas actualizados que indiquen recorridos, puntos, conexiones e identificación del cableado instalado o reparado.
- Acabados y limpieza: reparar los acabados que resulten afectados por la intervención, retirar residuos y cableado fuera de uso autorizado por la Municipalidad, y entregar las áreas limpias, ordenadas y en condiciones normales de utilización.
- Garantía: brindar una garantía mínima de doce meses sobre la mano de obra, materiales, conexiones y funcionamiento de los trabajos ejecutados, contada a partir de la recepción definitiva.
Los lineamientos fueron definidos en la visita previa debidamente notificada en sistema SICOP.
Línea 21: Servicio de Instalación, Programación y Capacitación en
Sitio
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 8111990192131799
- Alcance general: el adjudicatario deberá instalar, configurar, programar, integrar, probar y poner en funcionamiento en sitio la totalidad de los equipos, accesorios, licencias y componentes contemplados en la contratación para la Sala de Sesiones del Concejo Municipal y el Auditorio Municipal.
- Planificación y coordinación: antes de iniciar los trabajos, deberá coordinar con la Unidad de Tecnologías de Información el cronograma, horarios, áreas de intervención, ubicación definitiva de los equipos y medidas para reducir interrupciones en las actividades municipales.
- Instalación física: incluir montaje, fijación, nivelación, conexión y aseguramiento de cámaras, proyectores, pantallas, monitores, parlantes, micrófonos, equipos de cómputo, controladores, receptores, amplificadores, equipos de red, UPS, gabinetes y demás elementos suministrados.
- Cableado y accesorios: suministrar e instalar todos los cables de alimentación, audio, video, control y datos, así como conectores, adaptadores, canalizaciones, placas, soportes, organizadores, fijaciones y materiales menores necesarios, aunque no se hayan indicado expresamente.
- Configuración y programación: efectuar la configuración inicial, actualización de firmware, direccionamiento de red, parámetros de audio y video, perfiles de usuario, escenas, zonas, controles, automatizaciones y demás ajustes requeridos para el funcionamiento integral de la solución.
- Integración: garantizar la interoperabilidad entre los equipos nuevos y la infraestructura municipal existente, incluyendo red de datos, sistema eléctrico, microfonía, audio, proyección y plataformas de colaboración como Microsoft Teams, Zoom y Google Meet, según corresponda.
- Ajuste técnico: realizar ecualización, ganancia, niveles, mezcla, cobertura sonora, enfoque, encuadre, posiciones preestablecidas de cámaras, resolución, distribución de imagen y demás calibraciones necesarias para lograr una adecuada calidad de audio y video.
- Pruebas de aceptación: ejecutar pruebas individuales e integrales de encendido, conectividad, videoconferencia, presentación inalámbrica, captura y reproducción de audio y video, control remoto, respaldo eléctrico, cobertura, estabilidad e interoperabilidad. Toda deficiencia deberá corregirse antes de la recepción definitiva.
- Capacitación: brindar capacitación presencial al personal designado por la Municipalidad sobre encendido y apagado, operación normal, selección de fuentes, control de audio y video, creación y administración de reuniones, uso de cámaras y micrófonos, solución de fallas básicas y cuidados preventivos.
- Material de capacitación: entregar manuales o guías rápidas de operación en idioma español y una memoria digital del contenido impartido. La capacitación deberá incluir una sesión práctica con los sistemas completamente operativos.
- Documentación técnica: entregar inventario con marcas, modelos y números de serie; diagramas de conexión; ubicación e identificación del cableado; parámetros de configuración; respaldos de programación; credenciales administrativas en sobre o medio seguro; manuales y resultados de las pruebas efectuadas.
- Personal técnico: los trabajos deberán ser realizados por personal capacitado y con experiencia comprobable en instalación e integración de soluciones audiovisuales, redes, electricidad y plataformas de videoconferencia, según la actividad asignada.
- Seguridad y cumplimiento: cumplir la normativa vigente, los lineamientos del CFIA, las recomendaciones de los fabricantes y las disposiciones institucionales de seguridad ocupacional, eléctrica, de red y protección de la infraestructura.
- Acabados y limpieza: restaurar los acabados afectados, retirar empaques, residuos y materiales sobrantes, y entregar las áreas limpias, ordenadas y listas para su utilización.
- Garantía del servicio: brindar una garantía mínima de doce meses sobre la instalación, programación, configuración, integración, materiales y mano de obra, contada a partir de la recepción definitiva; cualquier falla atribuible al servicio deberá corregirse sin costo adicional para la Municipalidad.
Línea 22: Gabinete tipo P. Compatible con impresora multifuncional laser marca Canon Modelo Color imageCLASS MF X 1538C (5 Unidades)
Nota: Las características solicitadas en esta línea corresponden a requisitos técnicos mínimos de cumplimiento obligatorio; se aceptarán características iguales o superiores, debidamente demostradas.
Código de identificación SICOP 4410172792323559
- Tipo: gabinete tipo pedestal o base de piso, diseñado para soportar impresoras multifuncionales láser a color de uso empresarial.
- Compatibilidad: completamente compatible con la impresora Canon Color imageCLASS X MF1538C, tanto en dimensiones como en distribución del peso, puntos de apoyo y condiciones de ventilación.
- Construcción: estructura rígida fabricada en acero de alta resistencia o material de durabilidad equivalente, apta para uso institucional continuo y resistente a deformaciones, vibraciones y corrosión.
- Capacidad de carga: suficiente para soportar de manera segura el peso total de la impresora, sus consumibles y los accesorios instalados, sin afectar su estabilidad ni funcionamiento.
- Superficie de apoyo: plataforma superior plana, estable y dimensionada para el equipo, con mecanismos o bordes de retención que eviten desplazamientos accidentales.
- Movilidad: incluir cuatro ruedas giratorias de uso pesado que permitan desplazar el conjunto de forma segura; al menos dos ruedas deberán disponer de freno o sistema de bloqueo.
- Estabilidad: diseño con centro de gravedad y base adecuados para impedir inclinaciones o vuelcos durante la operación, apertura de bandejas, reposición de papel o mantenimiento del equipo.
- Almacenamiento: compartimiento interno con capacidad para guardar papel, tóner y accesorios de la impresora, provisto de puerta frontal y al menos una división o estante resistente.
- Seguridad: puerta de almacenamiento con cerradura y suministro de al menos dos llaves; no deberá presentar bordes cortantes, salientes peligrosas ni piezas accesibles que comprometan la seguridad del usuario.
- Acceso y ventilación: permitir el acceso sin obstrucciones a bandejas, puertas de servicio, consumibles, conexiones eléctricas y puertos de comunicación, manteniendo libres las áreas de ventilación indicadas por el fabricante.
- Gestión de cables: incorporar aberturas protegidas u organizadores que permitan conducir los cables de alimentación y datos de forma ordenada, sin aplastamientos ni radios de curvatura inadecuados.
- Acabado: pintura electrostática o recubrimiento resistente a rayaduras y corrosión, en color negro, gris o tonalidad que armonice con la impresora ofertada.
- Ensamblaje e instalación: suministrar el gabinete completamente armado o incluir todos los elementos de montaje requeridos. El adjudicatario deberá instalarlo, nivelarlo y colocar la impresora sobre la base, verificando su estabilidad y operación segura.
- Condición: producto nuevo, original, sin uso previo, no remanufacturado, reconstruido ni reacondicionado, libre de golpes, corrosión y defectos de fabricación.
- Documentación: el oferente deberá aportar ficha técnica, catálogo o documento del fabricante que permita comprobar dimensiones, materiales, capacidad de carga y compatibilidad con el equipo indicado.
- Garantía mínima: doce meses contra defectos de fabricación, estructura, ruedas, cerradura, pintura y demás componentes del gabinete.
- Oferente debe ser Distribuidor Autorizado de la marca.
- Procedimientos de control de calidad: En atención a la naturaleza del objeto de contratación, correspondiente a la adquisición de equipamiento tecnológico institucional, la Municipalidad de Tilarán aplicará los procedimientos de control de calidad establecidos en el apartado correspondiente, con el fin de verificar la correcta ejecución contractual, asegurar la calidad de los bienes recibidos y minimizar los riesgos asociados a la entrega, instalación, configuración y puesta en funcionamiento de los equipos.
La Municipalidad de Tilarán aplicará procedimientos de control de calidad durante la ejecución contractual, la entrega, instalación cuando corresponda y recepción definitiva de los bienes tecnológicos adquiridos, con el propósito de verificar que los equipos cumplan con las especificaciones técnicas, cantidades, condiciones de garantía, funcionamiento, compatibilidad y demás requisitos establecidos en el pliego de condiciones
- Designación de un encargado general del contrato:
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Nombre completo Teléfono Correo electrónico Dependencia |
Alberth López Pérez Tel: 2695-2432 alopez@tilaran.go.cr |
- Lugar de entrega del bien o servicio
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Sala de sesiones del Concejo Municipal y Auditorio Municipal |
- Rangos de tolerancia: Para esta contratación y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública, se presumirá como razonable todas aquellas variaciones del precio cotizado en relación con el precio estimado que oscilen en un rango de +-20% por unidad para cada línea.
En la eventualidad de que los precios ofertados se estimen por fuera de estos parámetros, la administración realizará el análisis correspondiente y solicitará a los oferentes información adicional a fin de determinar su procedencia o no de manera razonada y justificada.
Se realizará el análisis correspondiente de razonabilidad de precios, en donde se utilizarán diversos insumos para analizar los precios de cada una de las ofertas, llámese, estudios de mercado, precios de ofertas presentadas, entre otros.
- Modalidad de cotización o de pago y tipo de contrato: Cantidad definida
- Tipo de cotización y adjudicación: La adjudicación de este concurso se realizará a un solo proveedor ambas partidas con el fin de aprovechar al máximo los recursos técnicos y económicos.
9.1 Modalidad de Cotización: Los oferentes deberán cotizar de forma obligatoria la totalidad de las líneas que componen las dos etapas técnicas del proyecto, y completando el archivo 'Presentación Oferta.xlsx' (Anexo N.º 2). No se admitirán cotizaciones parciales, líneas en blanco ni ofertas que omitan los servicios de instalación o cableado.
9.2 Modalidad de Adjudicación (Por el Todo): Con el propósito de resguardar el Principio de Eficiencia, maximizar la economía de escala y garantizar la indivisibilidad técnica de la solución audiovisual, el presente concurso se adjudicará por el TODO a un único proveedor bajo la figura de Partida Única Integrada. La Municipalidad de Tilarán no aceptará adjudicaciones parciales por líneas ni por componentes separados, debiendo el contratista asumir la responsabilidad solidaria y absoluta sobre la interconexión, puesta en marcha y la cobertura unificada de las garantías de fábrica de ambas salas.
Se deberá completar y adjuntar en su oferta la Matriz de cotización aportada en Anexo No. 2
- Histórico de Consumo: NA
- Otras disposiciones:
- Los oferentes deben garantizar de forma absoluta que la totalidad de los bienes a suministrar son completamente nuevos de fábrica, originales y que los materiales empleados son de óptima calidad comercial e industrial. Los diseños, la operación, las capacidades analíticas y las eficiencias deben corresponder estrictamente a las asignadas por el fabricante internacional de la marca. No se aceptarán, en ninguna circunstancia, artículos reconstruidos, reciclados, remanufacturados o de "segunda" calidad.
- El proveedor adjudicado quedará obligado a reponer, por su entera cuenta y riesgo, incluyendo los costos de transporte pesado, fletes y cualquier otro gasto logístico adicional, aquellos bienes o licencias que se compruebe que se han dañado o presentan fallas durante el período de vigencia de la garantía técnica como consecuencia de defectos de fabricación, mala calidad de las materias primas o cualquier otra causa imputable al contratista.
- Los componentes tecnológicos que sean sustituidos por las causas indicadas en el punto anterior gozarán de los mismos plazos y condiciones de la garantía técnica original fijada en el pliego de condiciones. Dicha garantía comenzará a regir nuevamente desde cero (0) a partir del momento en que la Municipalidad firme el acta de recibido a conformidad. El tiempo máximo para la entrega física del bien sustituido no podrá ser mayor a siete (7) días hábiles, contados a partir de la fecha del reclamo formal formulado por el municipio.
- Si al momento de la entrega los bienes no son recibidos a entera satisfacción del Administrador del Contrato, o se constata que el proveedor no cumplió con las especificaciones del pliego de condiciones, la Municipalidad de Tilarán tendrá el derecho irrestricto de rechazar el suministro. En tal caso, ordenará al proveedor la corrección o la reposición del equipo sin costo adicional alguno. Los bienes rechazados deberán ser retirados por el contratista en el mismo sitio donde se intentó la entrega y la sustitución conforme se ejecutará en un plazo máximo de siete (7) días hábiles.
- El oferente deberá indicar en su propuesta técnica, de manera detallada y expresa, cada uno de los elementos, coberturas y condiciones técnicas que componen la garantía de fábrica de los equipos de audio, video y cómputo.
- El oferente detallará en su oferta las condiciones mínimas y las especificaciones ambientales obligatorias para la manipulación, resguardo térmico y almacenaje correcto de los productos suministrados.
- El precio unitario de los materiales, equipos y servicios cotizados debe contemplar de forma absoluta la totalidad de los costos operativos, incluyendo fletes, acarreos y transporte terrestre hasta el sitio requerido por la administración.
- La calidad, marcas y modelos de los equipos y materiales entregados serán rigurosamente corroborados contra el listado oficial del pliego de condiciones. El adjudicatario deberá coordinar con el profesional municipal a cargo del proyecto la fecha y hora exacta de las entregas con la debida anticipación. Asimismo, el proveedor será el responsable exclusivo de suplir el personal, el equipo o herramientas necesarias para la descarga segura de los bienes.
- Es requisito obligatorio que el oferente aporte junto a su propuesta la ficha técnica oficial del fabricante, el manual de usuario o el certificado de calidad de los materiales y componentes pasivos, según corresponda.
- Cualquier componente tecnológico o insumo de telecomunicaciones (como mangas de empalme, etiquetas de red o selladores de canalización, etc) que sea entregado con empaques rotos, húmedos, con marcas alteradas o que presenten una fecha de caducidad menor a un (1) año al momento del recibo, será devuelto de inmediato en el mismo acto de entrega, corriendo los costos de reposición por cuenta del adjudicatario.
- Es obligación perentoria del oferente suscribir y mantener debidamente actualizada la Póliza de Seguro de Riesgos del Trabajo emitida por el Instituto Nacional de Seguros (INS) u otra aseguradora autorizada por la SUGESE. Esta póliza debe cubrir a la totalidad del personal (ingenieros, técnicos, linieros y operarios) necesario para brindar la instalación o los bienes a contratar, conforme a la actividad comercial del concurso. El oferente deberá anexar el comprobante técnico de vigencia de la póliza junto con su oferta en SICOP. Dicha cobertura se mantendrá activa durante toda la ejecución del contrato y sus eventuales prórrogas.
- El contratista será el único responsable de satisfacer los requisitos normativos vigentes relativos a la salud, higiene y seguridad ocupacional de su personal en las áreas de despliegue de las obras. Estará obligado a proveer el equipo de protección personal (EPP) adecuado y a realizar la señalización vial e industrial correspondiente para mitigar accidentes en la vía pública o edificios municipales.
- El contratista adjudicado deberá mantener vigente una Póliza de Responsabilidad Civil por lesión o muerte a terceras personas y daños a la propiedad de terceros. Esta cobertura amparará financieramente cualquier eventualidad derivada del tendido de cables de fibra óptica, anclaje de racks o instalación de cámaras de seguridad periféricas.
- El contratista deberá asumir de forma amplia, total y general el pago de todas las obligaciones, salarios y responsabilidades que le correspondan como patrono por concepto de cargas sociales, de conformidad con el Código de Trabajo, la Ley Constitutiva de la CCSS y regulaciones de FODESAF. Queda expresamente establecido que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ningún tipo de relación laboral, subordinación jurídica ni nexo de empleo entre la Municipalidad de Tilarán y los trabajadores del adjudicatario o sus subcontratistas. La Municipalidad no asumirá ninguna responsabilidad directa o indirecta de índole laboral ni civil en relación con dicho personal.
- Si durante la vigencia del contrato, mediante los procesos de supervisión del Administrador del Contrato o por denuncia comprobada, se constata que las pólizas de Riesgos del Trabajo o de Responsabilidad Civil se encuentran vencidas, suspendidas o no cubren la totalidad del personal operativo en campo, la Municipalidad de Tilarán procederá con la resolución del contrato por incumplimiento grave imputable al contratista, ejecutando de forma inmediata las garantías del sistema.
- El contratista asumirá toda la responsabilidad civil y la eventual indemnización económica que hubiere que cancelar por los daños y perjuicios causados a su propio personal, a terceras personas, a las propiedades colindantes o a los bienes municipales con ocasión de la ejecución del objeto contratado. Asimismo, asumirá el riesgo por los daños fortuitos o por negligencia que sufran sus medios de transporte, herramientas y equipos de medición especializados durante el traslado y ejecución de las obras. La Administración no asumirá ante el adjudicatario más responsabilidades que las estrictamente previstas en el bloque contractual. En caso de que ocurra un siniestro que sobrepase los montos de cobertura de los seguros contratados, el exceso de los costos financieros correrá de forma exclusiva por cuenta del adjudicatario.
- El contratista garantiza que la totalidad del equipo especial, grúas, camiones de canasta e instrumentos utilizados para el despliegue de la red tecnológica cumplen con todos los requisitos fijados por el ordenamiento vial costarricense y se encuentran al día con el pago de sus obligaciones (Inspección Técnica Vehicular aprobada, derecho de circulación vigente y los permisos especiales de tránsito que correspondan).
- De conformidad con la segregación de funciones, el encargado de la unidad usuaria solicitante (Área de Tecnología e Informática) será el responsable técnico y directo de la recepción definitiva de los bienes y servicios, así como del control exhaustivo de la vigencia de la garantía técnica y del trámite oportuno de los procesos de reclamo o fe de erratas que dicha garantía conlleve.
- La Municipalidad de Tilarán se reserva el derecho irrestricto de verificar de oficio la veracidad de la información y certificaciones suministradas por los proveedores, aun cuando esta documentación no se haya adjuntado físicamente a la oferta, y dispondrá de la facultad de solicitar cualquier aclaración o documento técnico complementario durante la fase de análisis.
- La Administración se reserva la potestad de solicitar a los oferentes que se encuentren bajo análisis técnico la presentación de muestras físicas previas de los bienes propuestos (tales como cámaras, conectores o switches), con el propósito único de validar su calidad, materiales y acabados antes de emitir el dictamen formal de adjudicación.
- El contratista adjudicado estará obligado a facilitar a la municipalidad un canal digital de comunicación propio (adicional a la plataforma SICOP) o una línea de atención telefónica exclusiva para la coordinación de las órdenes de servicio por demanda. Asimismo, deberá formalizar ante el expediente digital el nombramiento oficial de un Gestor de Contrato por parte de la empresa, indicando su nombre, número telefónico y correo directo, quien tendrá la autoridad administrativa para resolver reclamos, devoluciones de equipos o sustituciones técnicas en un plazo máximo e improrrogable de veinticuatro (24) horas a partir del reporte.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Capítulo I
Condiciones Generales
- Objeto contractual: La Municipalidad de Tilarán, cédula jurídica 3-014-042110 en adelante la administración, requiere contratar la adquisición de bienes o servicios de conformidad con lo estipulado en el capítulo II del presente documento.
El Departamento de Tecnologías de Información tiene a cargo el presente proceso por lo que cualquier consulta la pueden realizar con el señor Alberth López Pérez al teléfono 26952432, alopez@tilaran.go.cr.
El encargado de la unidad usuaria solicitante, será responsable directo de la recepción definitiva, así como del control de la garantía técnica de los bienes solicitados y recibidos, control de plazos de entrega y del proceso de reclamo que dicha garantía conlleve.
- Lugar y forma de entrega: El objeto contractual deberá ser entregado formalmente en el sitio indicado por el funcionario municipal a cargo de este proceso conforme el capítulo II de este pliego de condiciones.
- Fundamento legal:
3.1 La presente contratación se establece como Licitación Reducida de conformidad con los artículos 36, 62 y 63 de la Ley General de Contratación Pública, los artículos 154, 155 y 156 del Reglamento a Ley General de Contratación Pública y con los umbrales para determinar el procedimiento de contratación actualizados mediante resoluciónR-DC-00142-2025 de la Contraloría General de la República publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 237 del 17 de diciembre del 2025 y el Reglamento sobre gastos fijos y adquisición de bienes y servicios, de competencia del Alcalde Municipal.
3.2 De conformidad con dicha resolución el monto máximo para este tipo procedimiento, no podrá sobrepasar de ¢ 64.559.795,00 para la adquisición de bienes y servicios.
- Forma de presentación de la oferta: Se aceptarán únicamente ofertas electrónicas presentadas antes de la hora y fecha de la apertura, por medio del sistema integrado de compras públicas (SICOP). (Requisito de admisibilidad). La información que contiene la oferta debe ser en idioma español, legible, sin cualquier signo de alteración. Todos los documentos relacionados con las ofertas y en general con el concurso, deben ser electrónicos y deberán ser incorporados por el mismo oferente en el SICOP. No se atenderá ninguna gestión realizada por otro medio distinto al anterior y este sistema constituirá el único medio para recibir notificaciones por parte de la Municipalidad.
- Vigencia de la oferta: Todo concursante deberá indicar clara y expresamente la vigencia de su oferta, la cual en ningún caso podrá ser inferior a sesenta días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de esta contratación.
- Aclaraciones: Toda solicitud de aclaración a las disposiciones del pliego de condiciones deben ser efectuadas por medios electrónicos, a través del sistema SICOP, mismo sistema informático que será utilizado para toda subsanación, dentro del marco normativo vigente.
- Plazo de Entrega y/o Tiempo de respuesta para entrega: Se refiere al tiempo que requiere el contratista a partir de la comunicación de la orden de pedido en SICOP por parte de la Municipalidad, para hacer la entrega del bien o servicio adjudicado. No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuyo tiempo de respuesta de entrega sea mayor a 20 días hábiles, una vez recibida la orden de inicio.
No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuyo tiempo de respuesta de entrega sea mayor al indicado en el punto anterior u ofertas con plazos en días naturales.
De conformidad con el artículo 281 del RCP, respecto al plazo de ejecución del contrato, a solicitud del contratista, la Administración podrá autorizar prórrogas al plazo de ejecución del contrato vigente, cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista originadas por caso fortuito y fuerza mayor. En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario, dará derecho a la Administración a rescindir el contrato sin responsabilidad alguna y dará derecho a cobrar los daños y perjuicios que tal incumplimiento causare.
La Administración deberá valorar la solicitud de prórroga del contratista considerando las afectaciones en la programación de la ejecución contractual, conforme a lo que le haya acreditado y probado el contratista en su requerimiento. Una vez presentado el evento que ocasiona la solicitud el contratista deberá comunicarlo inmediatamente a la Administración
El contratista solicitará la prórroga dentro de los ocho días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la extensión del plazo y la Administración contará con igual plazo para resolver si procede o no. Si la solicitud se hace fuera de plazo, pero estando aún el contrato vigente, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada.
- Precio (Artículos 41, 42 y 43 LCP, Artículo 44 RCP)
8.1 Los precios cotizados, serán ciertos, unitarios, definitivos e invariables, en moneda nacional, sin sujeción a condición alguna no autorizada por este pliego de condiciones y libre de todo tipo de impuestos, sin perjuicio de eventuales reajustes o revisiones regulados en el artículo 43 de la Ley de Compras Públicas. Será posible mejorar los precios cotizados de conformidad con lo que disponga el Reglamento y la Ley de Compras Públicas. Si el oferente no señala los tributos que afectan su propuesta, se presume que el monto total cotizado los contiene, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local.
8.2 De darse divergencia entre dos o más formas de expresión, prevalecerá la consignada en la plataforma SICOP. Para la estimación del precio el oferente deberá tomar en cuenta todos los gastos e implicaciones que conlleva la prestación de este servicio, bajo la modalidad de entrega según demanda. Entre dichos gastos deberá tomar en cuenta gastos operativos, gastos administrativos, cargas sociales, seguros, pólizas, mantenimiento, transportes, viáticos, bodegaje, así como cualquier otro gasto en que se incurra el contratista hasta la total entrega de lo solicitado, de manera ágil y eficiente.
8.3 En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real.
8.4 Los oferentes podrán cotizar en cualquier moneda de curso legal en Costa Rica. En caso de recibir propuestas en distintas monedas, la Administración las convertirá a una misma moneda para efectos de comparación conforme el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de apertura de las ofertas.
De conformidad con la Directriz Nº 044-H Uso de la moneda nacional en las contrataciones públicas dirigidas al sector público en su artículo 1 °, se deberán efectuar todas sus contrataciones de bienes y servicios en moneda nacional, siempre y cuando las circunstancias del mercado lo ameriten y ello no cause un perjuicio a la satisfacción del interés público; por lo que se insta a realizar la cotización del precio en colones, en concordancia con lo establecido en dicho documento.
8.5 El pago será en colones costarricenses, salvo lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Para ese efecto se utilizará el tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de la confección del cheque o medio de pago seleccionado. La Administración deberá comunicar al contratista dentro de los cinco días hábiles posteriores a su confección, que el medio de pago acordado se encuentra a su disposición.
8.6 Si en el pliego de condiciones se pide un desglose de los tributos que afectan la propuesta y ésta no lo indica, se presume que el monto total cotizado los contempla, incluyendo tasas, sobretasas, aranceles de importación y demás impuestos del mercado local todo conforme a lo previsto en el artículo 41 de la Ley General de Contratación Pública.
8.7 Se deberán cotizar los precios unitarios y totales. Si la sumatoria de los precios unitarios excede el precio total, la oferta se comparará con el mayor precio. La Administración se reserva la posibilidad de adjudicación parcial de una misma línea.
8.8 La Administración no se obliga a aceptar la oferta de menor precio si considera que ésta contraviene sus intereses o la misma resulta ruinosa para el oferente.
8.9 La oferta no debe incluir el impuesto al valor agregado (IVA), toda vez que la Municipalidad se encuentra no sujeto a este impuesto en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del Código Municipal, Ley N°7794 y lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°9635.
8.10 En el supuesto de que la Administración presente dudas acerca de la razonabilidad
del precio de una oferta y ese sea el único factor determinante para adjudicar, se podrá adjudicar la contratación siempre y cuando el oferente presente de previo a la adjudicación una línea de crédito o garantía que asegure que cuenta con medios para cumplir con el bien, la obra o el servicio, sin que la Administración cancele un mayor precio que el cotizado.
8.11 El oferente podrá ofrecer descuentos y mejoras en su precio. Bajo ningún supuesto
la mejora implicará disminución de cantidades, desmejora de la calidad y condiciones de lo originalmente ofrecido o el otorgamiento de una ventaja indebida para el proponente, ni podrá ser mayor a la utilidad establecida en el precio original.
- Documentación y Declaraciones juradas a aportar: Toda oferta presentada por un proveedor contendrá las siguientes declaraciones y certificaciones. Las declaraciones se harán bajo la gravedad de juramento y no será necesario rendirlas ante notario público. Deberán estar debidamente firmadas por el oferente mismo, en el caso de personas físicas, o el representante legal en caso de las personas jurídicas:
- Que se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
- Que se encuentra al día en el pago del impuesto a personas jurídicas, de conformidad con la Ley 8024, si así corresponde.
- Que no se encuentra sujeto a ninguna de las causales de prohibición establecidas en la normativa y de manera particular las contempladas en los artículos 28 de la LGCP y 32 del RLGCP e indicar con cuál institución tiene esta afectación. En caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la LCP, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de dicha ley.
- Estar inscrito y al día como Patrono o trabajador independiente ante la CCSS, de conformidad con el artículo 14 inciso f) de la Ley de General Contratación Pública y artículo 74 de la CCSS (esta información será validada en línea en la página de consulta respectiva). Tal condición se hace extensiva a los subcontratistas conforme artículo 14 inciso g de dicha Ley.
Durante la etapa de ejecución del contrato, si un contratista adquiere la condición de morosidad con la Caja, y el contratante tiene pendiente pagos a su favor, este deberá retener su pago y girarle dichos recursos directamente a la Caja. Si una vez honrado el pago de las cuotas obrero-patronales o de trabajadores independientes quedara algún remanente a favor del contratista, el contratante le hará entrega de este.
- Que cumple estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, incluyendo el salario mínimo establecido en el decreto de Salarios Mínimos.
- Tratándose de personas físicas, deberá presentar una declaración jurada en la que indique el beneficiario final, incluyendo su nombre completo y su condición declarada de beneficiario final.
- Tratándose de personas jurídicas, deberá presentar una declaración jurada de naturaleza y propiedad de las acciones que contenga la cédula jurídica o física de los accionistas, según corresponda, el capital social, la naturaleza de sus acciones y a quién pertenecen. Además, cada proveedor también debe presentar, como parte de esa declaración jurada, información precisa y completa sobre su(s) beneficiario(s) final(es), incluido el (los) nombre(s) completo(s) de su(s) beneficiario(s) final(es), así como el tipo y número de documento de identificación oficial.
- Si el oferente subcontrata el servicio a terceros, deberá indicarlo expresamente en su oferta y presentar una constancia y dar fe del tipo de contrato que se tiene para con estos terceros. Igualmente, los subcontratados deberán presentar (al igual que el oferente), una declaración jurada de los artículos 14 y 28 de la Ley General de Contratación Pública, además de encontrarse al día con el pago de los impuestos nacionales, contar con licencia comercial que lo habilite a ejercer la actividad por la que está ofertando, dicho subcontratista debe encontrarse inscrito en la respectiva plataforma SICOP. Adicionalmente, dicha subcontratación deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 del este mismo cuerpo normativo.
- El oferente deberá comprometerse en un actuar ético y un compromiso anticorrupción, según lo establecido en el artículo 24 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Pública.
- La administración queda en potestad de verificar la información aportada por los oferentes respectivos y en caso de detectar inconsistencias se las hará saber al oferente.
Si se faltara a la verdad en la declaración jurada, tal hecho dará lugar al delito de perjurio regulado en el artículo 318 del Código Penal.
9.1 Adicionalmente, se deberá presentar:
- Declaración jurada de cumplir con todos los requisitos legales para el ejercicio del comercio en el país.
- Personería jurídica y/o poder especial de quien firma la oferta, así como cédula de identidad, en caso de personas jurídicas.
- Declaración jurada de cumplir con todos los requisitos legales para el ejercicio del comercio en el país (Tributación Directa, Ministerio de Salud, Municipalidades, Legislación ambiental, INS, entre otros establecidos por el ordenamiento jurídico según la forma en que el oferente ejerza su actividad comercial.
- Certificación sobre la personería legal del oferente y la naturaleza y documento idóneo de que la sociedad está legalmente inscrita y vigente, con una vigencia de no más de tres meses de emitidas.
En todos los casos, la Municipalidad de Tilarán se reserva el derecho de verificar la información suministrada.
De conformidad con los artículos 18 y 29 de la Ley de Compras Públicas y 33 de su Reglamento, la declaración jurada deberá formar parte del Registro de Proveedores en el sistema digital unificado SICOP y es deber de los oferentes, contratistas y subcontratistas mantenerla actualizada y previo a presentar su oferta. El proveedor deberá actualizar cada veinticuatro meses la información suministrada en ese registro.
Los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la información contenida en la declaración jurada se mantiene invariable.
- Plazo de adjudicación (Articulo 51 LCP, 140 RCP): La Municipalidad de Tilarán tendrá un plazo en días hábiles no mayor al doble del fijado para recibir las ofertas, para resolver este proceso licitatorio. En casos excepcionales, por acto motivado, se podrá prorrogar hasta por un plazo igual al de recibir ofertas, acto que será suscrito por el superior jerárquico o a quien éste delegue para dictar el acto final e incorporado en el sistema digital unificado.
- Plazo para comunicar el acto final (Artículo 141 RCP). El acto final será comunicado por medio del sistema digital unificado al día hábil siguiente a su dictado. Cuando por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados, no sea posible realizarlo mediante el sistema digital unificado, la Administración deberá notificar el acto final a los participantes por el medio electrónico señalado en ese mismo plazo.
- Órdenes de pedido: Las órdenes de pedido se elaborarán por medio de la plataforma de SICOP y una vez notificadas al contratista inicia la contabilización del “tiempo de entrega”. La Municipalidad tendrá como incumplido el contrato para una entrega específica, cuando el contratista, no solicite al menos un día hábil previo al vencimiento del “tiempo de entrega”, la prórroga del plazo de entrega con la justificación correspondiente, por medio de la plataforma SICOP.
- Recepción provisional y definitiva: El personal designado efectuará la recepción provisional de los bienes entregados, se consignarán las cantidades recibidas, la hora, la fecha y la firma de los presentes. Lo anterior sin perjuicio de los mecanismos de revisión posteriores que la Municipalidad tenga a bien establecer, con el fin de dar la recepción definitiva de los mismos.
- Forma de pago: (Artículo 11LCP) La Municipalidad pagará al contratista por orden de pedido efectivamente emitida y recibida a satisfacción por parte del funcionario municipal a cargo del proyecto, quien debe presentar en cada caso el informe respectivo, así como la solicitud de pago correspondiente. El pago se hará en colones, dentro de los 30 días naturales después de recibir el objeto contractual y será en función del presupuesto disponible. No se tramitará ningún pago cuya gestión no se haya hecho por medio de SICOP, paralelamente la factura electrónica deberá remitirse al correo facturaelectronica@tilaran.go.cr. La administración realizará la retención del 2% de la renta.
El adjudicatario deberá realizar la facturación por cada mes calendario, en los primeros ocho días hábiles del mes siguiente.
- Obligaciones del oferente ante la CCSS: Todo oferente, sea en su condición de patrono o como trabajador independiente, deberá estar registrado, activo y al día en el pago de sus obligaciones obrero-patronales ante la CCSS al presentar su plica. (Requisito de admisibilidad); o bien, bajo arreglo de pago, lo cual deberá demostrar mediante certificación emitida por esa entidad con no más de dos días al momento de su presentación al SICOP. La Municipalidad verificará el estado de morosidad en sistema de consulta del sitio oficial de dicha entidad de seguridad social en todas las etapas del proceso de contratación.
- Póliza de Riesgos de Trabajo, Responsabilidad Civil y Obligaciones Patronales: El oferente deberá tener póliza de Riesgos de Trabajo al día conforme la actividad comercial contratada y que cubra a todos trabajadores que intervengan en la ejecución contractual. Quien resulte adjudicado debe presentar Póliza de Responsabilidad Civil.
16.1 Es obligación del ofertado suscribir y/o mantener actualizada una póliza de riesgos de trabajo del Instituto Nacional de Seguros, que cubra a todo el personal necesario para brindar el servicio y/o bienes a contratar, conforme la actividad comercial objeto de contratación y presentarla junto con su oferta. En caso de resultar adjudicado dicha póliza deberá de estar vigente durante la ejecución del contrato y sus prorrogas, así como la de Responsabilidad Civil.
16.2 El contratista adjudicado deberá mantener vigentes y al día los pagos por concepto de seguro de riesgos del trabajo y de responsabilidad civil por lesión o muerte a terceras personas.
16.3 El contratista deberá asumir y mantener al día en forma amplia total y general todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono por concepto de cargas sociales, derivados del Código de Trabajo o reglamentos y leyes conexas.
16.4 Se entiende que la responsabilidad patronal será única y exclusivamente del contratista, por lo que no existirá ninguna relación laboral entre la Municipalidad y los trabajadores o empleados del contratista o subcontratistas. La contratación será en términos “sin relación de subordinación jurídica laboral”, de modo que la Municipalidad no asumirá ninguna responsabilidad directa o indirecta de tipo laboral ni civil, en relación con el personal del adjudicatario.
16.5 Si durante la ejecución del servicio por supervisión propia o denunciada se comprueba que las pólizas no se tienen o están vencidas, la Municipalidad podrá resolver el contrato por el incumplimiento del Contratista.
16.6 El contratista asumirá cualquier responsabilidad y la eventual indemnización que hubiere que pagar por los daños causados a su personal, terceras personas o propiedades o bienes ocasionados por la ejecución del objeto contratado. Asimismo, éste asumirá el riesgo por eventuales daños que sufran el transporte, los equipos y herramientas de trabajo en el traslado y ejecución de los servicios.
16.7 El contratista será el responsable de satisfacer los requisitos concernientes a la higiene y seguridad ocupacional de su personal en el área de trabajo y de la señalización correspondiente.
16.8 La ejecución del contrato se realizará por cuenta y riesgo del contratista y la Administración no asumirá ante él más responsabilidades que las previstas en la contratación. En el caso de que ocurra algún evento que sobrepase los montos asegurados, el exceso de los costos correrá por cuenta del adjudicatario de conformidad con lo indicado.
Es decir, que, en el caso de ocurrir algún evento durante la ejecución de los servicios, que ocasione daños por responsabilidad civil a terceras personas, los costos correrán por cuenta del contratista. Por tal motivo, el servicio debe ser realizado en una forma ordenada y cuidadosa.
La municipalidad se reserva el derecho de verificar la información aquí solicitada, aunque no se adjunte en la oferta, y de solicitar cualquier información o documentación adicional.
- Obligaciones Tributarias: La Administración verificará en la plataforma Virtual denominada “Consulta Situación Tributaria” del Ministerio de Hacienda, la actividad registrada que sea referente con el objeto contractual, así la condición de estar al día con los impuestos por parte del Oferente. En caso, que el oferente se encuentre en dicha plataforma en estado de morosidad, debe aportar en su oferta la constancia o certificación emitida por el Ministerio de Hacienda, de estar al día con los impuestos tributarios (no se considera para el análisis de la oferta, declaraciones o comprobantes de pago).
No se admitirán a concurso aquellas ofertas cuya actividad comercial registrada no sea acorde con el objeto contractual.
- Patente e impuestos municipales:
18.1 El oferente debe contar con la licencia municipal (Patente Comercial) vigente, al día y acorde con el objeto contractual de este proceso para lo cual deberá presentar la documentación de respaldo, conforme el artículo 88 del Código Municipal.
18.2 Certificación de encontrarse al día en el pago de los impuestos municipales, emitida por parte de la municipalidad del cantón del domicilio de la empresa.
- Formalización del contrato
19.1 La firma del contrato se realiza conforme lineamientos del sistema SICOP.
19.2 El presente proceso corresponde a una Licitación reducida según Demanda la cual, de acuerdo con la resolución de umbrales vigente, el monto máximo para este tipo procedimiento, no podrá sobrepasar de ¢ 64.559.795,00 independientemente del plazo transcurrido.
19.3 Rescisión del contrato: Unilateralmente, la Municipalidad de Tilarán podrá rescindir o resolver el contrato de acuerdo con el Artículo Nº 115 y 116 de la Ley Contratación Pública y 288 de su Reglamento según corresponda, cuando ocurra alguna de las siguientes causas, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan:
- a) Por transferencia o cesión total o parcial del presente contrato por parte del o los contratistas, sin la correspondiente autorización de la Alcaldía Municipal.
- b) Por quiebra, insolvencia, convocatoria de acreedores, concurso civil o cualquier circunstancia de incapacidad del o los contratistas.
- c) Por deficiencias graves y faltas reiteradas que afecten fundamentalmente el desarrollo normal del servicio contratado.
- d) Por incumplimiento por parte del contratista de alguna de las especificaciones técnicas indicadas en el presente pliego de condiciones.
- e) Por incumplimiento durante la prestación del servicio de las leyes y reglamentos en materia de salud y ambiente.
- Clausula penal y multas
El cobro de la cláusula penal o de las multas no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato.
20.1Clausula Penal: La cláusula penal procede por ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales.
Si existiera atraso en la entrega de los bienes o servicios, en las cantidades solicitadas en cada orden de pedido y de acuerdo con los términos de la oferta y el presente pliego de condiciones, la Municipalidad rebajará al contratista, por cada día hábil de retraso, un monto equivalente al 2% indicado de la orden de pedido respectiva. Dicho monto no podrá ser superior a un 25% destinado por la Municipalidad para la compra de los bienes objeto de la orden de pedido. Esta disposición no implica que hasta haberse verificado la aplicación de un 25% por concepto de cláusula penal, pueda acudirse a la resolución contractual, pues esta podría justificarse ante la gravedad de un incumplimiento imputable al Contratista, independientemente del porcentaje que se haya aplicado por tal concepto.
Si resultare insuficiente del monto pendiente a facturar, se adoptarán las medidas que resulten necesarias para su reintegro, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP y 117 del RLGCP.
La ejecución de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a la Municipalidad de Tilarán por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados. Los incumplimientos que se presenten en la ejecución contractual serán valorados al amparo de lo establecido en el Título VI “Régimen Sancionatorio”, Capítulo I “Sanciones a Particulares” de la LGCP.
La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios derivados del atraso en la entrega de los bienes o servicios, además de iniciar el respectivo proceso administrativo correspondiente, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario.
En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, este no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado, podrá solicitar prorroga aportando para ello la prueba en la que se sustente, y que debe provenir de aspectos absolutamente ajenos al área y riesgo del negocio del adjudicatario, y ser causa mayor o caso fortuito, la cual deberá ser analizada por la Administración, dentro del impostergable plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se conoció el hecho que ocasionaría el atraso, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto estarán a cargo de la respectiva Unidad Administrativa respecto a lo cual el Departamento de Proveeduría suministrará la información que le sea requerida.
20.2 Multa: Las multas se aplicarán por ejecución defectuosa o incumplimiento en las condiciones del contrato. La Municipalidad no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas.
Se aplicará una multa del 2% diaria, sobre el monto total de la orden de pedido y/o de la línea afectada, según lo detallado a continuación:
- Por incumplimiento por la NO sustitución o suplencia de los bienes o servicios ofertados y en el plazo requerido por la administración en este pliego de condiciones por diferencias en especificaciones técnicas o por defectos, equivocados, dañados, defectuosos o en mal estado.
- Por la no presentación personal decorosa y un comportamiento inapropiado del personal.
- Por incumplimiento, si se entregan menos de los bienes o servicios solicitados en la orden de pedido.
- Por entrega de objeto contractual diferentes, con defectos y/o de inferior calidad a los ofertados
- Por día de atraso según la orden de pedido vencida.
- Por incumplimiento en la aplicación de medidas de seguridad e higiene ocupacional.
- En caso de que la administración deba adquirir de urgencia con otro proveedor algún bien no suministrado por negligencia del adjudicatario este se obliga a pagar la diferencia de precios.
- Si el contratista no entrega, canaliza, instala o configura los equipos tecnológicos a conformidad dentro del plazo estipulado en el pliego de condiciones y conforme el plazo de respuesta ofertado.
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N° |
Incumplimiento |
Multa Aplicable |
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1 |
Entrega de equipos con características técnicas inferiores a las solicitadas o adjudicadas. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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2 |
Entrega de equipos con componentes distintos a los ofertados sin autorización previa de la Administración. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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3 |
Entrega de equipos usados, reconstruidos, reacondicionados o remanufacturados. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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4 |
Omisión en la entrega de manuales, certificados de garantía, licencias o documentación técnica requerida. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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5 |
Incumplimiento de los servicios de instalación, configuración o puesta en funcionamiento contratados. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
|
6 |
Incumplimiento de las actividades de capacitación requeridas u ofrecidas en la propuesta. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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7 |
Incumplimiento de los tiempos de atención establecidos para soporte técnico o garantías. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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8 |
Negativa o atraso injustificado en la reparación o sustitución de equipos cubiertos por garantía. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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9 |
Entrega de licencias de software que no sean originales, vigentes o legalmente transferibles. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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10 |
Incumplimiento de las condiciones de soporte técnico establecidas en el contrato. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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11 |
Falta de cumplimiento de los requisitos de etiquetado, inventario o identificación de equipos solicitados por la Administración. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
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12 |
Incumplimiento de cualquier otra condición técnica, funcional o de calidad establecida en el pliego de condiciones. |
2% del valor de la línea o ítem afectado. |
El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio.
De conformidad con el articulo 46 LCP, con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un cinco por ciento (5%) del total facturado.
En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento y la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
- Garantía de cumplimiento: Al momento que la Municipalidad le notifique al contratista la solicitud de la garantía de cumplimiento por medio de SICOP, el adjudicatario, dentro de los cinco días hábiles posteriores deberá presentar una garantía de cumplimiento por un el equivalente al 5% ( cinco por ciento) del monto adjudicado la cual deberá mantenerse vigente por todo el periodo del y hasta por dos meses adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual o terminación del plazo de la contratación (Articulo 114 RCP).
La garantía de cumplimiento debe de ser rendida en forma electrónica. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de garantías. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante certificados de depósito a plazo, bonos del Estado y sus Instituciones y cheques certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el obligado deberá entregar estos valores al banco asignado para este efecto en las condiciones particulares del pliego de condiciones para que dicha entidad se encargue de su custodia. Cuando la garantía de cumplimiento se rinda mediante dinero en efectivo, el obligado, utilizando el sistema SICOP deberá transferir el dinero a una cuenta domiciliada de la Institución.
La garantía de cumplimiento será devuelta a solicitud del interesado, dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que la Administración haya recibido de forma definitiva y a satisfacción el objeto contractual, comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato de conformidad con el artículo No. 113 del Reglamento de Compras Públicas.
En ofertas en consorcio se presentará una única garantía que respalde el cumplimiento de manera solidaria. Cuando se trate de una garantía de cumplimiento o colateral otorgada mediante un depósito de bono de garantía, el obligado, para rendir la garantía electrónica deberá acudir a una entidad emisora de este tipo de cauciones. La entidad garante deberá transmitirla a SICOP en el mismo acto de su emisión.
En cuanto a las formas de rendir las garantías, deberán ser rendidas electrónicamente a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), de conformidad con lo establecido en el Reglamento de uso del Sistema sobre la rendición de garantías.
La devolución de la garantía se realizará mediante nota al departamento de Tesorería Municipal al correo yulloa@tilaran.go.cr, teléfono 26952417 y esta gestionará lo pertinente por el sistema Integrado de Compras (SICOP).
- Confidencialidad: El adjudicatario tiene la obligación de proteger la confidencialidad de la información que obtengan de la Municipalidad, con ocasión del presente procedimiento de contratación administrativa. En ninguna circunstancia, la persona adjudicada podrá utilizar la información que la Municipalidad le proporcione con propósitos distintos a los contemplados en la presente contratación. La utilización indebida o negligente de los recursos institucionales por prácticas imputables al adjudicado serán consideradas factores de incumplimiento del contrato por parte de este y objeto de las sanciones administrativas y penales correspondientes.
- Subcontratación (Artículo 133 RCP, 14 y 49 de la LCP): De conformidad con la normativa, el oferente podrá subcontratar hasta en un cincuenta por ciento (50%) del monto adjudicado, lo cual procederá únicamente para la realización de cuestiones especializadas y ello no relevará al contratista de su responsabilidad integral por el objeto contratado, debiendo este también cumplir con todas las obligaciones contraídas con los subcontratistas. Con la oferta se aportará un listado de las empresas subcontratadas, así como el objeto de subcontratación con señalamiento expreso del porcentaje del objeto que asumirá cada uno de ellos. En ese detalle, se indicarán los nombres de todas las personas físicas y jurídicas con las cuales se va a subcontratar, incluyendo su porcentaje de participación en las prestaciones a realizar y se aportará una certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas.
Los subcontratistas deben cumplir con los requisitos establecidos por normativa para el ejercicio del comercio en el país y se deben encontrar al día con las obligaciones de la seguridad social, tanto de la Caja Costarricense de Seguro Social y el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, así como del Ministerio de Hacienda.
El contratista no podrá alegar, en ningún caso, cláusulas de confidencialidad con sus subcontratistas para brindar información que le sea solicitada, con las salvedades de esta ley.
Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico.
En casos excepcionales, cuando se acredite que en el mercado existe un número limitado de eventuales subcontratistas, la Administración valorará de manera razonada, la posibilidad que un mismo subcontratista sea ofrecido por diferentes oferentes.
De resultar adjudicatario, el contratista deberá aportar a la Administración, los contratos que acuerde con los subcontratistas, así como cualquier otra información que requiera la Administración para la toma de decisiones, según la etapa del procedimiento de contratación en la que se encuentre. El tratamiento de la información suministrada se regirá por el principio de transparencia, sin perjuicio de la excepción establecida en el artículo 15 de la presente ley.
- Criterio para revisión de ofertas: En caso de que se reciban más de una oferta se analizaran las tres ofertas de menor precio en orden de mérito para determinar si cumplen administrativa, legal y técnicamente según los requisitos de admisibilidad solicitados en el pliego de condiciones y términos de referencia. Si a partir del análisis realizado se determina que deberán subsanar algún aspecto se realizará la solicitud de subsanación a esas tres ofertas solamente, en caso de que las tres ofertas cumplan con todo lo requerido resultara adjudicado la oferta de mayor puntuación.
Si del análisis realizado de las tres ofertas de menor precio se determina que ninguna de ellas cumple con lo requerido y son descalificadas del proceso, se analizará la siguiente oferta de menor precio en orden de mérito y si cumple con todo lo requerido se procederá a adjudicar esa oferta o bien la siguiente por orden de mérito.
- Disponibilidad: Inmediata
- Vigencia de la contratación (Articulo 280RCP, 104 y 105 de la Ley): El plazo de ejecución de la instalación es de 20 días hábiles y la vigencia del contrato será de seis (6) meses contados a partir de su firmeza en SICOP, término necesario para cubrir la entrega, la fase de pruebas de interconexión y la suscripción del finiquito de ley.
- Ofertas en consorcio (Artículo 48 LCP, 125 RCP): Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. Las obligaciones que asume cada uno de los miembros que conforman el consorcio, deberán quedar plasmados en el respectivo acuerdo consorcial. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria.
Todas las demás consideraciones y requisitos sobre el tema de consorcios serán reguladas por lo que establece la sección III del Reglamento de Compras Públicas y la Ley de Compras Públicas.
La Municipalidad únicamente permitirá que una empresa solo pueda participar en un consorcio para un mismo concurso
Consorcios de Pymes (Artículo 77 RCP). Las PYMES podrán participar bajo los consorcios previstos en el artículo 48 de la Ley General de Contratación Pública, así como también podrán utilizar la figura de los consorcios PYME regulados en la Ley para el Fomento de la Competitividad de la PYME mediante el desarrollo de consorcios, Ley N°9576 de 22 de julio de 2018, en cuyo caso, gozará de los mismos beneficios establecidos al amparo de la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas, Ley N°8262 de 2 de mayo de 2002.
28. Excepciones y alternativas: Ningún oferente podrá participar con intereses contrapuestos en otra oferta presentada para el mismo proceso de contratación. Si se infringiere esta prohibición, la Municipalidad podrá rechazar todas o cualquiera de las ofertas involucradas.
29. Derechos y prerrogativas de la Municipalidad: La Municipalidad de Tilarán, durante el plazo de estudio de las ofertas o en cualquier etapa del proceso, se reserva el derecho de requerir a los participantes las explicaciones y aclaraciones que considere necesarias, así como de verificar toda la información suministrada por el oferente para el presente concurso y/o de buscar información adicional de la que se aporte entre las instituciones públicas referidas u otras relacionadas con el objeto de contratación. De comprobarse información negativa, alguna falsedad o intento de fraude será motivo de exclusión inmediata de la oferta.
- Desempate: Artículo 97 RCP: En caso de empate de ofertas, se asignará dos puntos adicionales a la oferta que obtenga la mejor puntuación en el rubro de precio y de persistir el empate la Administración considerará como factor de evaluación de desempate para la contratación, una puntuación adicional a las PYMES que han demostrado su condición a la Administración según lo dispuesto en este Reglamento, la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y sus reformas, Ley N°8262 de 02 de mayo de 2002 y sus reglamentos, así como el artículo 34 de la Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica, Ley N°8591 del 28 de junio de 2007 y sus reglamentos, y el DE-37911-MAG Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar condición de pequeño y mediano productor agropecuario (PYMPA), del 19 de agosto de 2013.
El puntaje adicional se asignará conforme el siguiente detalle:
- PYME de industria 5 puntos.
- PYME de servicio o agropecuaria 4 puntos
- PYME de comercio 3 puntos
En caso de que el empate entre PYMES persista se definirá a la suerte. La administración convocara por escrito con dos días de antelación a la fecha en que se resolverá el desempate, a los representantes legales de los oferentes que se encuentren en situación de empate, para efectuar una rifa y así seleccionar el adjudicatario, lo cual será efectuado en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Tilarán. Cada oferente tomara al azar un papel donde en uno de ellos se detallará la palabra adjudicatario, el resto estarán en blanco; el oferente que tenga el papel con la palabra antes indicada será el adjudicatario. La no asistencia de las partes no impedirá la realización de la rifa; además de lo actuado se levantará un acta que se incorporará al expediente respectivo.
31. Finiquito de contrato: En los contratos de servicios o suministros de bienes se realizará el finiquito dentro del plazo de seis meses, contado a partir de la recepción definitiva del objeto contractual, conforme a lo previsto por el artículo 111 de la Ley General de Contratación Pública y se aplicarán en lo pertinente, los requisitos establecidos en el artículo 190 de este Reglamento para el finiquito del contrato de obra pública.
El finiquito deberá formar parte del expediente electrónico de la contratación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley General de Contratación Pública, en
los contratos de obra pública las partes deberán suscribir el finiquito correspondiente, dentro del plazo máximo de un año contado a partir del día siguiente a la recepción definitiva de la obra. La emisión del finiquito no exime de la responsabilidad al contratista por incumplimientos o vicios ocultos de la obra, en los plazos establecidos en el artículo 107 de la Ley General de Contratación Pública, ni del cumplimiento de las garantías de buen funcionamiento de la obra y/o equipos u otras otorgadas por el contratista.
- Presentación de documentos con carácter confidencial: Obligatoriamente y sin excepción todos los documentos que se anexen a la oferta deberán tener el estado “público”, caso contrario la administración procederá con el cambio de estado de confidencial a público, sin perjuicio alguno para sus funcionarios o para la institución. Solamente será respetada tal condición en caso de que el oferente aporte el respaldo legal o técnico que justifique tal condición.
- Ofertas conjuntas: No se aceptará la presentación de ofertas en conjunto.
- Garantía Técnica: Se contempla en capítulo II Condiciones Técnicas.
- Reajuste y Revisión de precios (Artículo 43LCP y 107 del Reglamento): Para efectos del cálculo de los reajustes de precios en los contratos de obra pública, así como en la revisión de precios en los contratos relacionados con la adquisición de bienes y servicios, se empleará lo dispuesto en el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios y demás normativa conexa.
Aplica en caso de que se produzcan variaciones en los costos de los insumos, materiales, mano de obra o factores económicos que afecten de manera significativa la ejecución contractual y no serán objeto de reajuste ni de revisión la utilidad ni el rubro de imprevistos.
El precio se ajustará de acuerdo con la siguiente fórmula:
En donde,
Rpc: Representa el monto del reajuste o revisión del precio unitario contractual para cada línea o renglón de pago en un mes calendario específico, conforme a la moneda ofertada.
PC: Representa el monto del precio unitario contractual de la línea o renglón de pago.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de mano de obra, que serán reajustados o revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra directa. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos directos de insumos, que serán reajustados o revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos directos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos por subcontrataciones, multiplicada por la variación del índice general, (IPG), y en su ausencia, siempre y cuando se demuestre que no existe un índice de precio general estrechamente vinculado con la variación de los costos que se desea medir para la subcontratación, se podrá utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Dicha variación se obtiene de dividir el valor del IPG, o IPC según corresponda, de un mes calendario específico entre el valor del IPG, o IPC según corresponda, del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de mano de obra, que serán reajustados o revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de mano de obra indirecta. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Representa la sumatoria de cada ponderación en valor porcentual de los costos indirectos de insumos, que serán reajustados o revisados mediante índices, multiplicada por la variación de los índices de precios de los insumos indirectos. Dicha variación se obtiene de dividir el valor del índice de un mes calendario específico entre el valor del índice del mes calendario de la presentación de la oferta y restarle la unidad.
Para efectos de la aplicación de la fórmula, cada ponderación en valor porcentual de los costos deberá ser expresada en forma decimal con aproximación a la cifra diezmilésima, esto significa que la cifra numérica tendrá cuatro dígitos después de la coma.
35.1 Procedimiento: Para que el reajuste sea procedente, el contratista deberá:
- a) Presentar solicitud formal ante la Administración cumpliendo los requisitos que establece la normativa específica.
- b) Aportar la documentación probatoria e información pertinente, con el propósito de asegurar la adecuada determinación del reajuste o la revisión de precios conforme la normativa.
c) Justificar el impacto del incremento o disminución en la estructura de costos del contrato. - d) La Administración analiza la solicitud y de ser aprobada, emite una resolución para formalizar el pago del reajuste, el cual se calcula sobre la facturación mensual. Dicho análisis se realiza con base en el sustento suficiente y pertinente para su determinación tomando como referencia la estructura de precio, el presupuesto detallado, los índices de precios oficiales o la documentación probatoria, según corresponda, la programación de la ejecución del contrato, entre otros documentos contractuales.
35.2 Estructura del precio (Artículo 42 LCP, 102 RCP):: El oferente deberá presentar dentro de su oferta el desglose de la estructura del precio en términos absolutos y porcentuales, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas que conforman el objeto contractual, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 102 Reglamento a la Ley General de Contratación Pública LCP y de conformidad con las fórmulas dispuestas en el artículo 15 del Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios. En aquellos casos en donde el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura del precio correspondiente a cada moneda.
La estructura de precio de la oferta estará compuesta por al menos el desglose de los componentes de costos directos, indirectos, utilidad e imprevistos que se describen en la siguiente tabla y deberá presentarse en el formato propuesto, considerando además la información relacionada a las listas correspondientes:
Cuando haya discrepancias entre los valores absolutos y los porcentuales de la estructura de precio presentada por el oferente, prevalecerán los valores absolutos sobre los porcentuales.
La estructura de precio de la oferta deberá presentarse, tanto para el precio total ofertado, como para cada uno de los precios unitarios de las líneas o los renglones de pago que conforman el objeto contractual. En aquellos casos que el precio ofertado sea en más de una moneda, el oferente deberá presentar la estructura de precio correspondiente a cada moneda. El oferente deberá desagregar cada rubro conforme su estimación.
Nota: Desagregar cada rubro conforme los componentes particulares de cada uno de estos.
La información incluida, se considera rendida bajo juramento por lo que, al momento de presentarla con la oferta, se considerará como cierta.
35.3 Índices relacionados: Conforme lo establecido en el artículo 8 del Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios, el oferente deberá aportar en la oferta la información de todos los índices de precios oficiales, ya sean específicos o similares, de los costos directos e indirectos de la estructura de precio, los cuales deberán estar estrechamente vinculados con la variación de los costos que desea medir.
Para ello el oferente deberá considerar el siguiente orden de aplicación: primero, propondrá un índice de precios específico asociado al costo, para el que se desee medir dichas variaciones y, en segundo lugar, en su ausencia o inexistencia, propondrá un índice de precios similar.
En caso de que se proponga un índice similar se deberá aportar en la oferta la justificación técnica correspondiente de dicha decisión. Cuando no exista un índice de precios, específico oficial o uno similar, que represente las variaciones de un determinado costo directo, el oferente deberá advertirlo así en su oferta, y podrá proponer como índice general el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del país de origen del costo y se podrá aplicar el método analítico-documental, para lo cual deberá aportar la información probatoria respectiva.
En aquellos casos en que no exista un índice de precios del costo directo, debido a que dicho costo fue ofertado en una moneda distinta a la unidad monetaria legalmente establecida en el país de origen del citado costo, ello por motivos de exigencias del proveedor del insumo o servicio, el oferente deberá aportar en la oferta, la prueba pertinente y suficiente que acredite tal exigencia.
Para efectos del cálculo de los reajustes/revisiones de los precios en Moneda Local se efectuará utilizando los índices de precios elaborados mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censo de Costa Rica y del Banco Central de Costa Rica (para el caso del índice aplicable para la mano de obra directa e indirecta). De ser en otra moneda dichos índices deberán ser elaborados y emitidos por la entidad oficial del país de origen
de los costos y corresponder a la misma moneda con que se presenta el precio de oferta
y los valores absolutos de la estructura de precio.
35.4 Cronograma o programa de trabajo: El adjudicatario deberá presentar cronograma preliminar o programa de trabajo preliminar, así como el cronograma inicial o programa de trabajo inicial, conforme los términos establecidos el Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública y la Revisión de Precios en los Contratos de Bienes y Servicios y debe obtener la "no objeción" por parte de la Administración previo a la formalización contractual en el caso del preliminar y previo a la orden de inicio o pedido previo a iniciar la ejecución contractual. El administrador del contrato por parte de la Municipalidad será el encargado de otorgar la "no objeción" del programa de trabajo en los contratos de obra pública, así como del cronograma con las fechas acordadas por las partes en los contratos de bienes y servicios y de sus actualizaciones, y de la pertinencia de los índices de precios y de la documentación probatoria del método analítico-documental, según corresponda.
En los tres días hábiles posteriores a la notificación oficial de la orden de inicio, el contratista deberá entregar a la Administración el programa de trabajo inicial con sus documentos anexos, el cual corresponde a la presentación del programa de trabajo preliminar previamente oficializado por la Administración con la incorporación de las fechas de inicio y finalización de los entregables y actividades, así como la inclusión de cualquier otro ajuste necesario y debidamente justificado, todo conforme con la fecha notificada del inicio de la ejecución contractual.
El oferente deberá de presentar para cada orden de pedido, un cronograma de ejecución de la obra.
35.4.1 Para efectos de una prórroga o ampliación de plazo contractual en la ejecución de las obras, se regirá con lo que en esta materia dispone la normativa vigente. El contratista deberá realizar la solicitud correspondiente con indicación del plazo específico solicitado y las razones que la motivan y la justifican. De proceder la prórroga, esta será aprobada por el ingeniero supervisor municipal en la plataforma SICOP.
35.4.2 Cualquier modificación en el plazo implica necesariamente el compromiso del contratista de adecuar el plazo de vigencia de la Garantía de Cumplimiento.
35.4.3 Las prórrogas solicitadas por corrección de trabajos mal ejecutados o deficientes y los atrasos imputables al contratista debidos a baja productividad, las solicitudes por clima cuando este sea bajo condiciones normales al periodo y se pueda prever medidas racionales para su mitigación, las solicitudes presentadas a destiempo o indefinidas, no se considerarán para efectos de prórrogas.
35.4.4 El tiempo que requiera el contratista para corregir el trabajo deficientemente ejecutado, no modifica el plazo total de entrega de la obra.
36.Presupuesto detallado (Artículo 103RCP, 42 LCP). El presupuesto detallado deberá ser presentado únicamente por el adjudicatario una vez que haya adquirido firmeza la adjudicación, deberá ser presentado, en un plazo no mayor a 8 días hábiles posteriores a la firmeza del acto final a través de la plataforma SICOP. El contrato no será suscrito si no se presenta en tiempo y forma dicho presupuesto detallado. En caso de no presentarse se declarará insubsistente la adjudicación, según lo establecido en artículo 52 de la Ley General de Contratación Pública y 103 de su Reglamento.
Constituye la memoria de cálculo que sustenta cada estructura y precio de las líneas o renglones de pago del contrato, la cual conforme al objeto contractual desglosará los costos directos e indirectos y demás componentes del precio, de manera que se puedan conocer con precisión al menos el detalle de los costos directos de los recursos materiales, equipos, maquinaria, subcontrataciones, mano de obra, las cargas sociales respectivas, así como sus costos indirectos, su utilidad e imprevistos. Todo de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
El adjudicatario deberá presentar en el presupuesto detallado, la vinculación del índice de precios aportado en su oferta asociándolo a cada uno de los costos directos e indirectos de dicho presupuesto, de conformidad con el artículo 42 de la Ley General de Contratación Pública y el artículo 103 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública.
La Administración, posterior a la firmeza de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato, procederá a revisar el presupuesto detallado aportado por el adjudicatario, verificando que sea concordante con la estructura de precio de la oferta, tanto en valores absolutos como en la o las monedas en que cotizó su precio, así como la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta. En caso de presentarse discrepancias entre la estructura del precio y el presupuesto detallado, prevalecerán los valores absolutos de la estructura del precio, para ello el adjudicatario deberá ajustar el presupuesto a dichos valores.
Asimismo, en los casos que proceda la aplicación del reajuste o la revisión de precios, la Administración revisará la pertinencia de los índices oficiales de precios y costos propuestos en la oferta, con el propósito de establecer los índices que serán utilizados en la ejecución contractual.
- Otros: Cualquier otra condición no prevista en el presente pliego de condiciones, regirá conforme a lo dispuesto por la Ley de Compras Públicas y su Reglamento, así como cualquier normativa aplicable a la materia.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. 20.2 Multa: Las multas se aplicarán por ejecución defectuosa o incumplimiento en las condiciones del contrato. La Municipalidad no gestionara el cobro de multa, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas. Se aplicará una multa del 2% diaria, sobre el monto total de la orden de pedido y/o de la línea afectada, según lo detallado a continuación: a) Por incumplimiento por la NO sustitución o suplencia de los bienes o servicios ofertados y en el plazo requerido por la administración en este pliego de condiciones por diferencias en especificaciones técnicas o por defectos, equivocados, dañados, defectuosos o en mal estado. b) Por la no presentación personal decorosa y un comportamiento inapropiado del personal. c) Por incumplimiento, si se entregan menos de los bienes o servicios solicitados en la orden de pedido. d) Por entrega de objeto contractual diferentes, con defectos y/o de inferior calidad a los ofertados e) Por día de atraso según la orden de pedido vencida. f) Por incumplimiento en la aplicación de medidas de seguridad e higiene ocupacional. g) En caso de que la administración deba adquirir de urgencia con otro proveedor algún bien no suministrado por negligencia del adjudicatario este se obliga a pagar la diferencia de precios. h) Si el contratista no entrega, canaliza, instala o configura los equipos tecnológicos a conformidad dentro del plazo estipulado en el pliego de condiciones y conforme el plazo de respuesta ofertado. N° Incumplimiento Multa Aplicable 1 Entrega de equipos con características técnicas inferiores a las solicitadas o adjudicadas. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 2 Entrega de equipos con componentes distintos a los ofertados sin autorización previa de la Administración. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 3 Entrega de equipos usados, reconstruidos, reacondicionados o remanufacturados. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 4 Omisión en la entrega de manuales, certificados de garantía, licencias o documentación técnica requerida. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 5 Incumplimiento de los servicios de instalación, configuración o puesta en funcionamiento contratados. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 6 Incumplimiento de las actividades de capacitación requeridas u ofrecidas en la propuesta. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 7 Incumplimiento de los tiempos de atención establecidos para soporte técnico o garantías. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 8 Negativa o atraso injustificado en la reparación o sustitución de equipos cubiertos por garantía. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 9 Entrega de licencias de software que no sean originales, vigentes o legalmente transferibles. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 10 Incumplimiento de las condiciones de soporte técnico establecidas en el contrato. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 11 Falta de cumplimiento de los requisitos de etiquetado, inventario o identificación de equipos solicitados por la Administración. 2% del valor de la línea o ítem afectado. 12 Incumplimiento de cualquier otra condición técnica, funcional o de calidad establecida en el pliego de condiciones. 2% del valor de la línea o ítem afectado. El cobro de las multas podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos alternativas resulte viable, se ejecutará la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo. Para el cobro de las multas, no será necesario demostrar la existencia del daño o perjuicio. De conformidad con el articulo 46 LCP, con el fin de cubrir eventuales sanciones económicas, la Administración podrá practicar retenciones sobre los pagos de un cinco por ciento (5%) del total facturado. En caso de incumplimiento total de las obligaciones por parte del contratista, no procede el cobro de multas, posteriores a ese momento, sino la ejecución de la garantía de cumplimiento y la resolución del contrato, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas y civiles que se deriven de dicho incumplimiento.
Cláusula penal. 20. Clausula penal y multas El cobro de la cláusula penal o de las multas no podrá superar el veinticinco por ciento (25%) del precio del contrato, incluidas sus modificaciones, caso en el cual la Administración podrá valorar la resolución del contrato. 20.1Clausula Penal: La cláusula penal procede por ejecución tardía o prematura de las obligaciones contractuales. Si existiera atraso en la entrega de los bienes o servicios, en las cantidades solicitadas en cada orden de pedido y de acuerdo con los términos de la oferta y el presente pliego de condiciones, la Municipalidad rebajará al contratista, por cada día hábil de retraso, un monto equivalente al 2% indicado de la orden de pedido respectiva. Dicho monto no podrá ser superior a un 25% destinado por la Municipalidad para la compra de los bienes objeto de la orden de pedido. Esta disposición no implica que hasta haberse verificado la aplicación de un 25% por concepto de cláusula penal, pueda acudirse a la resolución contractual, pues esta podría justificarse ante la gravedad de un incumplimiento imputable al Contratista, independientemente del porcentaje que se haya aplicado por tal concepto. Si resultare insuficiente del monto pendiente a facturar, se adoptarán las medidas que resulten necesarias para su reintegro, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la LGCP y 117 del RLGCP. La ejecución de la cláusula penal por demora no exime al contratista de la indemnización a la Municipalidad de Tilarán por los daños y perjuicios que hayan sido ocasionados a la Administración y que fueran debidamente acreditados. Los incumplimientos que se presenten en la ejecución contractual serán valorados al amparo de lo establecido en el Título VI “Régimen Sancionatorio”, Capítulo I “Sanciones a Particulares” de la LGCP. La Municipalidad se reserva la posibilidad de cobrar otros daños y perjuicios derivados del atraso en la entrega de los bienes o servicios, además de iniciar el respectivo proceso administrativo correspondiente, una vez demostrada en instancia administrativa la culpa del adjudicatario. En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, este no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado, podrá solicitar prorroga aportando para ello la prueba en la que se sustente, y que debe provenir de aspectos absolutamente ajenos al área y riesgo del negocio del adjudicatario, y ser causa mayor o caso fortuito, la cual deberá ser analizada por la Administración, dentro del impostergable plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se conoció el hecho que ocasionaría el atraso, de acuerdo con los términos ofertados. El control y trámite atinente a lo aquí dispuesto estarán a cargo de la respectiva Unidad Administrativa respecto a lo cual el Departamento de Proveeduría suministrará la información que le sea requerida.
Documentos del cartel2
- Pliego de condicionesPDF · 799 KB
- Anexo 2 Matriz CotizaciónXLSX · 20 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Albert Lopez Perez
Informática
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 20/10/2026 15:03. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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