2025LE-000019-0006000001 · SICOP 20251103001
Trabajos para la atención de la ruta nacional no.325 (en lastre) y alquiler de maquinaria secciones de control 10590,10601 (la ese (R.2)-san ramón sur (iglesia)) zona 4-1, Pérez Zeledón
Consejo Nacional de Vialidad
Consejo Nacional de Vialidad ya adjudicó esta compra con un presupuesto de ₡541,1 millones y quedó en firme el 09/04/2026. Se recibieron 2 ofertas de 2 empresas. No ganó la oferta más barata.
Ya hay ganador. Esta ficha sirve para conocer precios y competidores de cara a la próxima.
₡541,1 millones
Ofertas recibidas
2
de 2 empresas
Oferta más baja
₡546,8 millones
1,1 % por encima del presupuesto
Quién ganóen firme 09/04/2026
- Constructora Hermanos Bustamante e HijosNo era la más barata (2.ª de 2)₡548 476 350,50
Informe de recomendación de Andres Esteban Castro Fallas, 25/03/2026 · adjuntos: FODESAF OJM.pdf, Consulta Morosidad Patronal OJM.pdf, Consulta pública de situación tributaria Hnos Bustamante.pdf, Consulta pública de situación tributaria OJM.pdf, CERTIFICACION-CONAVI-CA-DIE-GCSV-065-2026 - 00 - CERTIFICACION_v1-firmado.pdf
Fechas clave
- Se publicó20/11/2025 11:51 · hace 11 meses
- Límite para 03/12/2025 23:59 · hace 10 meses
- Límite para 03/12/2025 23:59 · hace 10 meses
- Cierre de ofertas11/12/2025 10:00 · hace 10 meses
- de ofertas11/12/2025 10:00 · hace 10 meses
- publicado25/03/2026 14:14 · hace 7 meses
- Adjudicación 09/04/2026 09:17 · hace 6 meses
El cartel fue modificado. Qué cambió:
- Límite de aclaraciones: 25/11/2025 23:59 → 03/12/2025 23:59
Nota de la institución. Las aclaraciones presentadas posteriormente a dicho plazo, podrían ser atendidas por la Administración; pero de no ser así no impedirán la apertura de la oferta señalada. Art 93 RLGCP.
Contexto
- Consejo Nacional de Vialidad adjudicó ₡184 003,2 millones en 102 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio Mantenimiento de Caminos de Lastre1 · ₡541 080 707,961₡541 080 707,96
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡459,9 millones – ₡541,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 85 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 0,85 puntos.
Lo que exige el cartel
- : 5 % durante 11 meses
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 180 días naturales
- Contrato por 5 meses
- Ofertar en : no
- : sí
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : Precio 85 % · Criterios Sociales 6 % · Pyme regional 5 % · Criterio ambiental: Responsabilidad extendida del productor o importador 4 %
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP (₡501,76 por dólar el día de la apertura). Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 85 | Criterios Socialesmáx. 6 | Pyme regionalmáx. 5 | Criterio ambiental: Responsabilidad extendida del productor o importadormáx. 4 | Totalde 100 |
|---|---|---|---|---|---|
| Quebradores del Sur de Costa Rica | 85 | 6 | 0 | 4 | 95 |
| Constructora Hermanos Bustamante e HijosGanó | 84,74 | 6 | 0 | 4 | 94,74 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Anuncio oficial de la adjudicación
De conformidad con el ACUERDO-CONAVI-CA-122-2026 de adjudicación. Se da el plazo establecido en la normativa artículo 99 LGCP y artículo 270 RLGCP.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Para detalles ver documentos adjuntos en el Pliego de Condiciones en este expediente digital.
1) ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
- Se admite a concurso la oferta que cumpla con las condiciones legales, financieras y las especificaciones técnicas solicitadas.
- Será inadmisible la oferta que presente en la estructura del desglose de los componentes del precio una utilidad menor al 8%.
2) REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD.
- En el presente procedimiento de contratación no se permitirá la presentación de ofertas conjuntas, solamente se admitirán ofertas individuales o en consorcio.
- Experiencia del oferente.
El oferente (empresa) deberá contar con la experiencia mínima indicada en la siguiente Tabla. La experiencia del oferente se evaluará, en proyectos que contengan las actividades que sean de la misma naturaleza del presente objeto contractual, sean de construcción de obras viales y se ajusten al CR-2020.
|
Renglón de pago |
Tipo de actividad |
Unidad |
Experiencia mínima |
|
CR.301.01 |
Subbase granular graduación D |
M3 |
1500,00 |
|
CR.302.01 |
Base estabilizada con cemento tipo BE25 (suministro, acarreo, colocación, mezclado y curado) |
M3 |
1000,00 |
|
CR.601.05 |
Concreto hidráulico para estructuras menores Clase X-2 |
M3 |
100,00 |
La experiencia del oferente se evaluará en proyectos que contengan parcial o totalmente las actividades que sean de la misma naturaleza del presente objeto contractual. Formularios Nos. 3 y 4.
Para efectos de evaluación de la experiencia del oferente, se aplicarán las siguientes consideraciones:
- En caso de ofertas presentadas en consorcio, la experiencia se contabilizará como la suma de los aportes de las partes del consorcio.
- Se contabilizará la experiencia adquirida desde el 01 de enero de 2005 a la fecha de apertura de las ofertas (ejecutada y recibida a satisfacción en dicho periodo, la experiencia adquirida con anterioridad no será considerada).
- La documentación para la evaluación de la experiencia del oferente deberá ser presentada según el apartado “2) Documentos a aportar junto con la oferta” (Título C).
- El contratante se reserva el derecho de comprobar, en cualquier etapa del proceso de contratación, la exactitud y veracidad de los datos consignados en la oferta, en caso de que así lo considere necesario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del RLGCP, en caso de requerirse certificaciones de experiencia emitidas por el cliente, se exime a los oferentes de aportar certificaciones relativos a la experiencia positiva que haya sido generada en la propia entidad o que consten en los archivos de este Consejo, para lo cual será obligación del oferente señalar de manera clara la experiencia que solicita le sea reconocida y en cual expediente administrativo consta, indicando el número y nombre de la contratación .
- El oferente deberá suministrar el precio unitario y el precio total del ítem de pago del sumario de cantidades de la oferta, por lo que la omisión de cualquier rubro de pago en la cotización (Formulario No. 5), acarreará la exclusión de la oferta.
- El oferente deberá adjuntar la estructura de costos de cada rubro de pago establecido en el sumario de cantidades y la estructura global de la oferta, según lo establecido en el sumario de cantidades; documentos que serán incorporados al expediente digital y utilizados por el contratante para la verificación de los precios unitarios de cada rubro de pago (estudio de razonabilidad de precios de la oferta). Formularios No. 6 y 6.1.
- El oferente deberá desglosar su oferta en los elementos indicados en el apartado “23) Reajuste de precios” (Título F), del presente documento.
Será inadmisible la oferta que presente en la estructura del desglose de los componentes del precio una utilidad menor al 8%.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
Para detalles ver documentos adjuntos en el Pliego de Condiciones en este expediente digital.
A. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1) DESCRIPCIÓN GENERAL.
Se La presente contratación tiene por objeto ejecutar los trabajos necesarios para la atención y mejoramiento de la Ruta Nacional N.º 325 (en lastre), específicamente en las secciones de control N.º 10590: La Ese (R.2) – San Ramón Norte (R.335) y N.º 10601: San Ramón Norte (R.335) – San Ramón Sur (Iglesia), ubicadas en la Zona 4-1, cantón de Pérez Zeledón, Región Brunca.
Las labores a desarrollar tienen como propósito restablecer y mejorar las condiciones de transitabilidad, garantizando la seguridad vial y la continuidad del servicio público de transporte, mediante la intervención de la estructura de la vía y obras complementarias. Para ello, se requiere la realización de actividades tales como:
- Excavación y disposición de material en mal estado.
- Reacondicionamiento y conformación de la estructura de la calzada.
- Suministro, acarreo, mezcla y colocación de estabilización de agregados acarreados.
- Colocación de material de secado y cemento según especificaciones técnicas.
- Aplicación de sello de cura con emulsión asfáltica, cuando corresponda.
- Suministro y colocación de subbase granular, conforme a la graduación requerida.
- Revestimiento y conformación de cunetas, canales y contracunetas, para asegurar una adecuada drenabilidad superficial.
- Colocación de tuberías de concreto reforzada clase III y construcción de obras de protección (concreto ciclópeo, muros, rellenos estructurales, entre otros), según lo requieran las condiciones del sitio.
Para el desarrollo de estas actividades, se requiere el alquiler de maquinaria con operador, en cumplimiento de las capacidades técnicas definidas en el presente cartel, asegurando el rendimiento, eficiencia y continuidad de los trabajos a lo largo de las secciones intervenidas.
1. UBICACIÓN.
Los trabajos a realizar se ubican en la Ruta Nacional No. 325 (En Lastre), Sección de Control No.: 10590 (La Ese (R.2)-San Ramón Norte (R.335)) y Sección de Control No.: 10601 (San Ramón Norte (R.335)-San Ramón Sur (Iglesia)); Zona 4-1, Pérez Zeledón; Distrito: 119 11 Páramo.
2. ALCANCE DEL PROYECTO.
Llevar a cabo los trabajos para la atención y cambio de superficie de la ruta en lastre a sello asfáltico utilizando material perfilado en la Ruta Nacional No. 325 (en lastre), sección de control No. 10590: La Ese (R.2)- San Ramón Norte (R.335) y Sección control 10601: San Ramón Norte (R.335) – San Ramón Sur (Iglesia); Zona 4-1, Pérez Zeledón, que incluyen: excavación de material que se desecha; reacondicionamiento (de la calzada); suministro, acarreo, mezclado y colocación de estabilización de agregados acarreados; suministro y colocación de cemento; suministro y colocación de material de secado; sello de cura emulsión asfáltica; suministro y colocación de subbase graduación D; acarreo, colocación y acabado de material perfilado mejorado con emulsión asfáltica; revestimiento de canales, cunetas y contra cunetas; suministro y colocación de tuberías de concreto reforzado clase III; construcción de obras de protección con concreto ciclópeo; relleno para estructuras, colocación de concreto para estructuras menores y alquiler de maquinaria.
3. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DEL CONTRATO
El plazo del contrato será de 150 (Ciento cincuenta) días naturales, según se muestra en el cronograma del proyecto.
El plazo anteriormente indicado se entenderá equivalente a 5 (cinco) meses, únicamente para efectos de la presentación de la garantía de cumplimiento, contados a partir de la fecha de presentación.
Entiéndase que según los artículos 73 de la LGCP y 182 del RLGCP, incluye todas las gestiones y trámites interinstitucionales necesarios para el desarrollo del proyecto, corresponden a actividades propias del proyecto sin que con la ejecución de estas se afecte el plazo contractual.
El plazo será contado a partir de la fecha indicada en la “orden de inicio” emitida por parte de la unidad ejecutora del contrato. Si alguna de las actividades no puede ser ejecutada, de acuerdo con la programación aprobada por la unidad ejecutora, por malas condiciones climáticas o eventos de caso fortuito, fuerza mayor o hechos no imputables al contratista, se realizará la reprogramación, sin que ello implique un aumento en plazo contractual.
Para esta contratación el horario de trabajo será diurno. Durante el plazo de ejecución la vía nunca permanecerá totalmente cerrada al tránsito vehicular y peatonal.
El trabajo deberá realizarse en forma continua, sin ninguna interrupción y en el caso de que la unidad supervisora del contrato, detecte atrasos debido a deficiencias en la organización y/o programación del contratista, que impidan el cumplimiento del programa de trabajo aprobado de conformidad con las “Disposición PP-01-2020 Planeamiento, Programas, Informes” emitido por la División de Obras Públicas-MOPT y el CONAVI y sus actualizaciones o versión vigente (Ver apartado “14) Programa de trabajo” (Título F), y por ende el cumplimiento del objeto del contrato, se exigirá el trabajo durante los 7 (siete) días de la semana, incluyendo sábados, domingos y días feriados, o bien podrá requerir aumentar el número de cuadrillas, sin que ello fundamente un reclamo posterior para el contratante. En caso de los incumplimientos señalados, se activarán las facultades establecidas en el apartado “22) Sanciones” (Título F).
4. NORMAS, REGLAMENTOS Y REQUISITOS ADICIONALES.
El contratista deberá seguir las normas y regulaciones vigentes que garanticen el mejor desempeño, durabilidad y seguridad de los usuarios de la obra, de conformidad con los términos de este documento de requerimientos y con la normativa y manuales vigentes, entre ellos -sin limitarse- los siguientes:
- Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes (CR-2020) o su última versión vigente.
- Manual de Especificaciones Generales para la Conservación de Caminos, Carreteras y Puentes (MCV-2015).
- Manual de construcción de carreteras, caminos y puentes MC-83.
- Tomo de disposiciones para la construcción y conservación vial.
- Ley No. 7600. Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
- Las normas para la colocación de dispositivos de seguridad para protección de obras.
- Decreto Ejecutivo No. 31363-Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) del 02 de junio de 2003 (Reglamento de circulación de por carreteras con base en el peso y las dimensiones de los vehículos de carga) modificado mediante Decreto N° 35208-MOPT-J- MEIC de 23 de setiembre de 2003.
- Manual centroamericano de dispositivos uniformes para el control del tránsito (SIECA).
- Especificaciones de la Secretaria de Integración Económica Centroamericana (SIECA).
- Planos o esquemas -en caso de existir- y demás disposiciones contractuales.
Nota: Cualquier mención de la normativa y manuales antes indicados se entiende como última versión vigente.
En caso de encontrarse alguna diferencia de criterio entre lo que se indique en una especificación extranjera con respecto a una nacional que sea de uso oficial, se deberá aplicar lo establecido por esta última, siempre que aplique exactamente para el caso en estudio.
2) TRABAJOS A REALIZAR
Los trabajos a realizar son los siguientes:
CR.204.04 Excavación de material que se desecha
Este trabajo consiste en el suministro, por parte del Contratista, de toda maquinaria, equipo, mano de obra y materiales necesarios para la construcción de obras de excavación, terraplenado y pedraplenado dentro del área establecida para el proyecto, esto de acuerdo con las especificaciones técnicas y ajustado a los lineamientos, rasantes, espesores, secciones típicas, entre otros, mostrados en los planos o establecidos por la Administración.
El material excavado se medirá en metros cúbicos (m³).
CR.208.03 Relleno para estructuras
Este trabajo consiste en la excavación de material para la construcción de estructuras mayores (puentes, viaductos, alcantarillas de cuadro, vados, diques permanentes y ataguías provisionales, muros de protección aledaños a esas estructuras, así como, muros de contención y refuerzo). El trabajo incluye la preservación de canales y contornos, apuntalamiento y arriostramiento, construcción de ataguías, sellado de fundaciones, evacuación de aguas, excavación y preparación de fundaciones, rellenos y la remoción de dispositivos de seguridad y de ataguías.
El material de relleno se medirá en metros cúbicos (m³).
CR.303.02 Reacondicionamiento (de la calzada)
Este trabajo consiste en el reacondicionamiento de una superficie existente ya sea de ruedo o de una capa intermedia de la estructura del pavimento, donde se incluye el reacondicionamiento de las cunetas y espaldones expuestos (en tierra o lastre), subrasante y superficies granulares expuestas. Se entiende por reacondicionar las actividades de escarificar (si corresponde), homogenizar, humedecer (si corresponde), distribuir y uniformizar la superficie existente, para adecuarla a las elevaciones, perfiles transversales y longitudinales, originales o requeridas por la Administración, para luego reconformar. Además, se deberá llevar el proceso de reconformación que consiste en nivelar, compactar y dar acabado a una superficie de rodamiento existente para devolver el nivel y los perfiles transversales y longitudinales originales o requeridas por la Administración.
El reacondicionamiento de la calzada se medirá por kilómetro (km).
CR.302.01 Base nueva estabilizada con cemento tipo BE25 (suministro, acarreo, colocación, mezclado y curado)
Los trabajos descritos en esta Sección corresponden al procedimiento de diseño y construcción de una base estabilizada con cemento (nueva y reciclada), equivalente a BE 25, sobre una superficie subyacente previamente preparada, ajustada a los alineamientos, rasantes, espesores, secciones típicas, entre otros, mostrados en los planos. Adicionalmente, esta Sección comprende la construcción de una base estabilizada con cemento con agregado reciclado, producto de la recuperación del material existente en sitio o combinado con agregado virgen. La capa de base estabilizada con cemento a construir podrá ser mezclada en planta o en sitio.
La base nueva estabilizada se medirá por metros cúbicos (m³).
CR.701.01 Cemento hidráulico
Todo tipo de cemento hidráulico ya sea importado o de producción nacional, deben cumplir con lo establecido en el Reglamento Técnico RTCR -479 ¨Materiales de construcción cementos hidráulicos. Especificaciones, contenido en el Decreto Ejecutivo No.39414 MEIC-S, publicado en el Diario La Gaceta N°. 1, del día 4 de enero de 2016, sus reformas o el decreto que lo sustituya, además de lo mostrado en esta sección, siempre y cuando el Contrato, especificaciones especiales o los planos, no indiquen otra cosa. Aprobado el cemento no se podrá utilizar un diferente tipo o marca de cemento, o de diferente fábrica sin la autorización de la Administración. El Contratista deberá proveer los medios adecuados para el almacenamiento y protección del cemento contra la humedad. El cemento que, por cualquier motivo, hubiese llegado a fraguar parcialmente o contenga grumos de cemento aglutinado, deberá rechazarse. El cemento recuperado de bolsas desechadas o usadas no deberá utilizarse en la obra.
El cemento se medirá por tonelada (t).
CR.414.05 Material de Secado.
Las partículas deben ser duras, durables, o fragmentadas de la trituración de grava o piedra, que cumplan con las especificaciones siguientes: (a)Material pasando malla 9,5mm, AASHTOT27= 100% (b)Límite líquido, AASHTOT89= 25máx. (c) Libre de materia orgánica o grumos de arcilla.
El material de secado se medirá en metros cúbicos (m³).
CR.601.05 Concreto hidráulico para estructuras menores clase X-2
Este trabajo consiste en la construcción de estructuras menores de concreto, que incluyen obras de arte pequeñas para: contención y refuerzo de taludes; evacuación de aguas tales como: tuberías de servicios, drenajes, subdrenajes, sistemas de alcantarillas, cunetas, contracunetas, canales, disipadores de energía; y otras obras similares. En todos los casos, debe garantizarse que el concreto utilizado está de conformidad con el trazado, alineamiento, dimensiones y características que se especifican en los documentos del Contrato.
El concreto hidráulico para estructuras menores se medirá en metros cúbicos (m³).
CR.602.09 (C) Tubería de concreto reforzado Clase III - C76, diámetro 1200 mm
Esta Sección se refiere al suministro y colocación de sistemas de alcantarillado pluvial para carreteras confeccionados con tubos de cloruro de polivinil (PVC), polietileno de alta densidad (PEAD), poliéster reforzado con fibra de vidrio (PRFV), concreto o acero corrugado, según las características y dimensiones indicadas en los planos constructivos del proyecto, para los cuales el diámetro del tubo debe ser igual o superior a los 800 mm. Para el caso de tubos de PVC se encuentran dos tipos de tuberías: perfilada o flexible y de doble pared o rígida, ambas se instalan de la misma manera, variando únicamente el cálculo estructural del relleno de la misma. En relación con la tubería de PEAD existen dos tipos de tuberías: corrugada y reforzada con acero ambas se instalan de la misma manera. Mientras que, para tubos de PRFV se presentan dos tipos de instalación, los cuales dependen del tipo de suelo, tipo de material de relleno y tipo de carga que vayan a soportar. En lo que respecta a las alcantarillas de concreto se distingue entre el uso de tubos con y sin refuerzo de acero, además de las alcantarillas tipo vigas cajón, mismas que por su geometría requieren de condiciones distintas de instalación en comparación con las tuberías de concreto convencionales (circulares, elípticas, de arco). Por último, se consideran las tuberías de acero corrugado conformadas en fábrica o en sitio; que pueden ser de sección circular, elíptica o abovedada, según dimensiones espesores señalados en los diseños constructivos, con sus correspondientes accesorios.
La tubería de concreto reforzada se medirá por metro (m).
CR.608.04. Revestimiento de canales, cunetas y contracunetas
Esta Sección se refiere a la ejecución de obras que tienen como objetivo interceptar aguas superficiales que escurren por los terrenos adyacentes a la vía, alejándolas del pie de los terraplenes y pedraplenes o del coronamiento de los cortes u otras áreas que puedan sufrir daños por efecto del escurrimiento de aguas pluviales descontroladas. Además, estas obras cumplen el objetivo de canalizar las aguas que escurren de la superficie de rodamiento y espaldones, dirigiéndolas lejos de la estructura del pavimento, evitando su saturación o alguna acción erosiva o de socavación de elementos importantes de la vía. Los canales se utilizarán para el encauzamiento de aguas pluviales, cursos de agua hacia o desde las obras o aquellas necesidades determinadas por la Administración y establecidas en los planos constructivos del proyecto. Las cunetas se construirán, a lo largo de la vía, adosadas al borde exterior del revestimiento de los espaldones o al borde exterior de los carriles de circulación en caso de no existir espaldones (lo cual no se recomienda), cuando así lo establezca la Administración y los planos constructivos del proyecto.
El revestimiento de canales, cunetas y contracunetas se medirá por metro cuadrado (m2).
CR.617.01 Sistema de barrera de seguridad, tipo flexible clase normal, contención N2 y ancho W3 (incluye viga y postes)
Este apartado se refiere a la construcción, instalación, modificación, remoción, reparación y sustitución de los sistemas de contención vehicular. El alcance de esta sección comprende los siguientes sistemas de contención vehicular: (a) Barreras de contención vehicular (1) Flexibles (2) Semirrígidas (b) Terminal de barrera de contención vehicular (1) Terminal abatido y enterrado (2) Terminal empotrado en talud (3) Terminal atenuador de impacto (absorbente de energía) (c) Pretiles metálicos de puente (d) Transiciones (e) Amortiguadores o atenuadores de impacto (f) Rampas de escape o lechos de frenado Las barreras de contención vehicular, los terminales atenuadores de impacto, los pretiles de puente, las transiciones y los amortiguadores de impacto deben haber superado satisfactoriamente las pruebas de impacto a escala real, de conformidad con los requisitos establecidos en las normas NCHRP Reporte 350 o MASH de los Estados Unidos de América (según corresponda), o la norma de la Comunidad Europea EN 1317, lo cual deberá estar validado por una certificación vigente de tercera parte. Las certificaciones de los sistemas de contención vehicular dependerán de la normativa vigente que aplique para cada sistema en particular. Las barreras rígidas de contención vehicular de concreto y los pretiles de puente de concreto deberán seguir lo establecido en la Sección 618 Sistemas de contención vehicular de concreto. Para efectos de diseño de los sistemas de contención vehicular se debe cumplir con el Manual SCV: Guía para el análisis y diseño de seguridad vial de márgenes de carreteras, según se establece en el Decreto Ejecutivo N°. 37347-MOPT, o su decreto vigente.
El sistema de barrera de seguridad se medirá por metro (m).
CV.505.05 Sello de cura de emulsión asfáltica
Esta sección comprende la aplicación de riegos de emulsión asfáltica: riego de niebla (fog seal), riego de imprimación y riego de liga. Los trabajos consisten en la colocación de una película de emulsión asfáltica con diferentes características especificadas, según sea su uso, sobre capas de material granular compactado, mezclas asfálticas, mezclas asfálticas perfiladas, entre capas de mezcla asfáltica, sobre losas de concreto hidráulico, entre otros; como se describen a continuación: Riego de niebla: Es la aplicación leve de asfalto diluido o emulsificado usado principalmente para sellar el exceso de vacíos superficiales en una sobrecapa o para reducir el desprendimiento de agregados “Raveling”, así como para corregir deficientes aplicaciones de asfalto en tratamientos superficiales “Chip seals” muy secos u oxidados. Riego de imprimación: Se aplicará un riego de imprimación previo a la colocación de una capa asfáltica sobre una capa granular o una capa de agregado estabilizado con algún material no asfáltico (por ejemplo, cal o cemento). Riego de liga: Se aplicará un riego de liga de previo a la colocación de una capa asfáltica sobre una capa asfáltica existente (sea de base o de ruedo) o sobre una losa de concreto hidráulico.
El sello de cura de emulsión asfáltica se medirá por litro (l)
CR.301.01 Subbase granular graduación D
Este trabajo consiste en la construcción de una subbase o base granular sobre una fundación ya preparada, de acuerdo con estas especificaciones y en conformidad con el trazado, rasante, espesor y secciones transversales indicadas en los planos o establecidos por la Administración
La subbase granular graduación D se medirá por metro cúbico (m³).
CV.106.07 Concreto ciclópeo
El diseño de la mezcla de concreto ciclópeo debe contar con la aprobación por parte de la Administración previo a la ejecución de las obras. El agua a utilizar en la mezcla de concreto deberá estar limpia y libre de impurezas, según la Subsección 725.01 Agua, del CR-2020. Limpiar y preseleccionar los agregados desplazadores (roca) de acuerdo con su forma para que cumplan con los requerimientos de la obra. Se recomienda utilizar bloques de forma cúbica con una relación de dimensiones de 2:1, o bien en forma redondeada. No usar bloques de roca con tamaños que superen la mitad de la dimensión menor de la obra. Se podrá utilizar aditivo reductor y retardador de fragua de acuerdo con INTE 06-01-10, o bien aditivo modificado con látex con 0,31 litros o modificador por kilogramo de cemento, según la Subsección 552.03 Composición (diseño de mezclas de concreto), del CR-2010. Excepto que los diseños y la Administración indiquen otra cosa, para el muro se utilizará una dosificación del concreto de matriz de 1:3:3 (cemento: agregado fino: agregado grueso) a la cual se agregará un volumen de roca de un 40% del volumen total de la matriz. El concreto ciclópeo no deberá ser colocado cuando existan precipitaciones pluviales, salvo que el Contratista suministre cubiertas en el sitio de obras, con previa aprobación por parte de la Administración. Se deberá colocar la formaleta requerida, la cual deberá ser una estructura de alta calidad con elementos de uniones fáciles de manipular, ensamblados firmemente y deberán tener la resistencia suficiente para contener la mezcla de concreto. Las formaletas que se usarán no deben compresionar el concreto más de 6 mm a una tasa de 3650 kilogramos por metro cuadrado, según la Subsección 725.27 Encofrados, del CR-2010.La obra falsa (elementos para soportar y estabilizar la formaleta y otros elementos de soporte) deberá ser construida sobre cimientos suficientemente resistentes para soportar las cargas sin asentamientos superficiales. A menos que el proyecto o la Administración establezcan lo contrario, el concreto ciclópeo se deberá colocar en capas continuas horizontales cuyo espesor no exceda 0,5 m. Se deberá evitar la caída de la matriz del concreto con demasiada presión o que choque contra las formaletas. No se permitirá la caída libre de la matriz del concreto desde alturas superiores a 1 metro. Colocar la roca de manera manual de forma ordenada sobre la matriz de concreto previamente situada, en capas para garantizar que no haya existencia de vacíos. Además, se deberá vibrar la matriz de concreto luego de colocar la roca para asegurar una completa cobertura de la roca con la matriz. Se deberán instalar los drenajes en la cantidad y el sitio que indique los diseños y la solución técnica o la Administración. La tubería debe ser de PVC de 2 pulgadas de diámetro, de acuerdo con la Subsección 725.15 Tuberías de cloruro de polivinilo (PVC) para sistemas de distribución de aguas, del CR-2010. Inmediatamente después del retiro de formaleta, el concreto ciclópeo deberá ser curado mediante el método con agua o el método de la membrana líquida de cura, según la Subsección 552.15 Curado del concreto, del CR-2010. No se debe aplicar ninguna carga exterior sobre o contra el muro durante mínimo 14 días después de haber terminado el trabajo. Realizar la limpieza general del sitio de obras y trasladar los materiales sobrantes al depósito de excedentes previsto para tal efecto, previamente aprobado por la Administración, evitando colocarlo en sitios que afecten las obras de drenaje.
El concreto ciclópeo se medirá por metro cúbico (m³).
Maquinaria
se revisará el cumplimiento durante la etapa de revisión de ofertas, por lo que debe presentarse en la oferta:
El contratista –durante la etapa de ejecución– deberá garantizar la disponibilidad de maquinaria y equipo adicional (semejante al ofrecido, adjudicado y contratado) para el reemplazo inmediato en caso de ser necesario, lo anterior con la finalidad de obtener los rendimientos indispensables para establecer el plazo contractual ofertado.
El contratista para la ejecución del objeto contractual deberá disponer hasta una brigada de maquinaria, la cual se mantendrá activa durante el periodo en que se encuentre vigente el contrato, siendo que cada brigada deberá de estar compuesta de los siguientes equipos:
- Motoniveladora Articulada EROPS, CAT 12 H, potencia 140/104 (HP/KW) (NIV109 o superior)
- Compactador vibratorio de rodillo propulsado llanta, CAT CS 533E, potencia 124/92 (HP/KW) (CRL203 o superior)
- Distribuidor tanque de agua 4000 gl o 15,141 litros o superior
- Vagoneta (12 m3 - 14 m3) fuera de vida útil
- Cargador Retroexcavadora 4WD
- Pala Excavadora hidráulica, CAT 319D L (19,9 ton) potencia 125/93 (HP/KW) (PAL 052 o superior)
Se advierte al oferente que será su responsabilidad verificar el uso de la maquinaria y equipo propuesto de conformidad al plazo contractual establecido y al cumplimiento de la norma de pesos y dimensiones de los vehículos de carga (Decreto Ejecutivo No. 31363-MOPT y sus Reformas).
La documentación podrá ser solicitada en cualquier momento por la unidad supervisora.
Durante la etapa de ejecución deberá estar disponible en el sitio de obra la maquinaria necesaria para cumplir con las actividades correspondientes al programa de trabajo vigente. Por tanto, no debe entenderse que la totalidad de la maquinaria ofrecida estará presente en el sitio de obra durante todo el plazo contractual, sino solo durante la ejecución de las actividades que las requieran. El contratista deberá tener capacidad instalada para ingresar con 1 (una) brigada a rutas.
El CONAVI no reconocerá pagos por maquinaria no requerida o debidamente autorizada por la unidad supervisora del contrato, según el programa de trabajo.
Maquinaria y equipo mínimo
Se aclara que la maquinaria indicada a continuación no corresponde a la maquinaria por alquilar indicada en el sumario de cantidades. Esta maquinaria es la mínima a utilizar en las actividades a realizar objeto de esta contratación, con respecto a esta maquinaria, el oferente debe presentar la declaración jurada (formulario No. 9). De acuerdo con lo indicado en el Aparte No. 4 “Inicio del contrato”, la documentación correspondiente a dicha maquinaria, debe ser presentada en la reunión de preinicio y será verificada por la unidad supervisora del contrato.
- Compactador vibratorio de rodillo propulsado llanta, CAT CS 533E, potencia 124/92 (HP/KW) (CRL203 o superior).
- Motoniveladora Articulada EROPS, JOHN DEERE 670D, o similares especificaciones.
- Cargador retroexcavador. Llantas 4WD. CAT416D. Potencia 75/56(HP/KW).
- Vagoneta (12 m3 – 14 m3) o similar Modelo 6x4. Potencia 325/242(HP/KW).
- Un tanque cisterna de emulsión asfáltica (22.000 litros)
- Un camión distribuidor de emulsión asfáltica (6.000 litros)
- Un tanque de agua, 4000 galones.
- Un distribuidor de agregados (similar a Rosco SPR-H).
- Una barredora de vías autopropulsada (similar a Broce RJ-350 o superior)
- Una recuperadora de caminos, similar a CAT RM-350 o superior, potencia mínima de 305 Kw.
PERSONAL
La experiencia y formación del personal requerido se describe en el apartado “1) 1. EXPERIENCIA Y FORMACIÓN DEL PERSONAL REQUERIDO” (Título F).
Las obligaciones del personal se describen en el apartado “7) 2. OBLIGACIONES DEL PERSONAL” (Título F).
Si por alguna razón, durante la fase de ejecución contractual, el contratista requiere sustituir alguno de los profesionales calificados o aprobados por la Administración, deberá solicitar previamente la respectiva autorización a la unidad supervisora del contrato, con la debida antelación a su requerimiento. No puede reasignar ningún miembro del equipo de trabajo hasta tanto no haya gestionado y logrado la aprobación respectiva. Tampoco podrá prescindirse de ningún profesional del personal clave hasta que se haya incorporado el sustituto autorizado.
En caso de sustitución del personal a cargo de la supervisión, ya sea porque lo solicite la unidad supervisora del contrato o a instancia del contratista, se deberá considerar:
- La unidad supervisora del contrato podrá solicitar la sustitución, en cualquier momento, de cualquiera de los trabajadores, para lo cual remitirá una nota formal al contratista en un plazo mínimo de 5 días hábiles anteriores a que se deba concretar la sustitución.
- Si por alguna razón el contratista prescinde o no cuenta con el personal ofertado, se encuentra obligado a sustituirlo con profesionales de iguales o superiores cualidades a las del personal ofertado (cumpliendo, de resultar aplicable, al menos con la calificación otorgada en la evaluación al personal que será sustituido), para lo cual deberá aportar todos los atestados que acrediten su cumplimiento para la debida aprobación de la unidad supervisora del contrato. Para la sustitución del personal profesional mínimo, el contratista se encuentra obligado a sustituirlo con profesionales que cumplan como mínimo los requisitos establecidos en este documento de requerimientos según el puesto.
- En caso que el contratista requiera sustituir a un integrante de su equipo de trabajo lo debe comunicar a la unidad supervisora del contrato con al menos 5 días hábiles a partir del conocimiento de la situación que genera el cambio. El contratista, debe presentar la documentación del nuevo integrante de su equipo de trabajo, de acuerdo a los requisitos solicitados en el presente cartel.
- El contratista no podrá reasignar ningún miembro del equipo de trabajo hasta tanto no haya gestionado y logrado la aprobación respectiva por parte de la unidad supervisora del contrato. Tampoco podrá prescindirse de ningún profesional o personal de apoyo hasta que se haya incorporado el sustituto autorizado.
- La unidad supervisora del contrato, se reserva la posibilidad de aceptar o no al recurso propuesto, una vez que haya realizado la revisión del perfil y la verificación del cumplimiento de requisitos de éste.
- La sustitución de un integrante del equipo de trabajo, por el motivo que sea, no se considera como justificación para el atraso o incumplimiento en los servicios adjudicados.
- El contratista deberá disponer de todos los insumos, equipos, maquinaria, materiales y operarios, necesarios para el cumplimiento del objeto de la contratación, según los alcances técnicos según el presente documento de requerimientos.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
Para detalles ver documentos adjuntos en el Pliego de Condiciones en este expediente digital.
La oferta deberá presentarse solamente en forma electrónica, en el expediente electrónico del SDU, haciendo referencia expresa, ordenada y separando la información, legal, admisibilidad, técnica, de precios, financiera y otros, -en caso de existir- y cualquier otro solicitado en este documento de requerimientos, con explicación suficiente, cuando así se le solicite.
Todos los atestados que se solicitan en este documento son de carácter público, por lo que los oferentes no podrán incorporarlos en el SDU como confidenciales. En caso de que un oferente considere que existe información confidencial, así deberá indicarlo de modo expreso en el SDU con su oferta, aportando la información separadamente EN UN APARTE SOLO PARA LOS DOCUMENTOS CONFIDENCIALES, con su debida motivación y su sustento jurídico; caso contrario, el contratante los hará públicos, de conformidad con los Artículos 8 inciso c, y 15 de la LGCP, y artículo 30 del RLGCP. En caso de que no exista el motivo y la normativa jurídica que justifique que dichos documentos son confidenciales, el contratante los hará públicos al momento de la apertura sin responsabilidad para el contratante.
Con la presentación de la oferta, se entiende la aceptación de cláusulas invariables o condiciones obligatorias; su cumplimiento se presume, además no será necesario prevenir la subsanación de aquellas omisiones relacionadas con aspectos exigidos por el pliego de condiciones, que no requieren una manifestación expresa del oferente para conocer los alcances puntuales de su propuesta, en cuyo caso se entenderá que acepta las condiciones. Según lo establecido en los artículos 91 y 134 del RGCP.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Multa. Conforme los artículos 46 y 47 de la LGCP y 116 y 117 de su reglamento, el contratista deberá pagar al contratante por concepto de sanciones, el monto por cada uno de los elementos señalados que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones
Cláusula penal. Según lo señalado que se detalla en los documentos adjuntos de este Pliego de Condiciones.
Documentos del cartel12
- Resolución de inicioPDF · 287 KB
- Formularios de costosXLSX · 123 KB
- Documento de requerimientosPDF · 5,9 MB
- Cronograma de la contrataciónPDF · 307 KB
- Programa de trabajoPDF · 174 KB
- Certificación de fondosPDF · 246 KB
- Estudio de multasPDF · 348 KB
- Estudio de mercadoPDF · 604 KB
- Acto motivado Licitación menorPDF · 461 KB
- UtilidadPDF · 358 KB
- Formularios financieros7Z · 31 KB
- Enmienda No. 01PDF · 737 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Reynaldo Mata Carranza
GERENCIA DE CONSERVACION DE VIAS Y PUENTES
Jason Pérez Anchía
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes
Billy Alexander Guerra Moran
Gerencia de Construcción de Vías y Puentes
Sergio Dennis Rainold Quiros
Dirección Financiera
Carlos Alberto Vega Segura
Gerencia de Gestiòn de Asuntos Jurídicos
Iran Barquero Mena
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Jason Pérez Anchía
Gerencia de Conservación de Vías y Puentes
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 03/10/2026 15:45. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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