2026XE-000760-0000400001 · SICOP 20260803413
S.E - Contratación Directa de Escasa Cuantía Servicio de Capacitación en Arquitectura Empresarial, basado en TOGAF
Instituto Costarricense de Electricidad
Instituto Costarricense de Electricidad está evaluando esta compra con un presupuesto de ₡7,1 millones. Se recibieron 4 ofertas de 4 empresas el 29/09/2026.
Las ofertas ya se abrieron y son públicas. La institución está decidiendo; ya no se puede ofertar.
₡7,1 millones
Ofertas recibidas
4
de 4 empresas
Oferta más baja
—
Fechas clave
- Se publicó21/09/2026 11:41 · hace 20 días
- Límite para 22/09/2026 23:59 · hace 19 días
- Cierre de ofertas28/09/2026 23:59 · hace 13 días
- de ofertas29/09/2026 07:30 · hace 12 días
- (plazo máximo)≈ 13/10/2026 · en 2 días
Nota de la institución. Se entiende por aclaraciones aquellas que no varían el objeto de esta contratación. Toda solicitud de aclaración debe realizarse por medio del sistema SICOP. Las aclaraciones que sean presentadas fuera de plazo podrán ser atendidas, pero no impedirán la apertura de ofertas en el día y hora señalados.
Contexto
- Instituto Costarricense de Electricidad adjudicó ₡438 547,1 millones en 937 procedimientos en los últimos 12 meses.Ver la institución → Sus licitaciones abiertas →
Qué se compra1 línea
- Servicio de Capacitación Arquitectura Empresarial, Basado en Togaf1 · $14 894,401$14 894,40
Rango de precio de referenciaarts. 44 y 106 RLGCP
- ₡6,0 millones – ₡7,1 millones
Del presupuesto menos 15 % al presupuesto: una referencia, no una regla de ley. Cada cartel fija sus propias bandas de tolerancia alrededor de su precio de referencia (art. 44 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública): revíselas. Por debajo de la banda, la institución le pedirá justificar el precio y puede excluirlo como ruinoso; por encima del presupuesto, solo se adjudica si la institución consigue los fondos o usted acepta ajustar el precio (art. 106).
El precio vale 100 de 100 puntos. Si el cartel usa la regla de tres inversa, cada 1 % por encima de la oferta más baja cuesta ≈ 1 puntos.
Lo que exige el cartel
- : no se exige
- La oferta debe mantenerse 20 días hábiles
- Contrato por 2 meses
- Ofertar en : no
- : no
- : sí
- Pago por adelantado: no
- : solo por precio — gana la oferta más barata que cumpla los requisitos
Ordenadas de la más barata a la más cara según la conversión a dólares de SICOP. Toque una oferta para ver el detalle.
Puntos obtenidos sobre el máximo de cada factor. Gana el puntaje más alto, no necesariamente el precio más bajo.
| Oferente | Preciomáx. 100 | Totalde 100 |
|---|---|---|
| Applica | 100 | 100 |
| Consige Calidad | 82,94 | 82,94 |
| Asesorias y Desarrollos Corporativos Adecsa | 65,9 | 65,9 |
| Kruger Innova Costa Rica | 64,44 | 64,44 |
Ámbar: no obtuvo el máximo · rojo: cero puntos.
Requisitos para participarLo que una empresa debe cumplir para que su oferta sea admitida.
Para que la oferta resulte admisible, el oferente deberá cumplir todos los requisitos siguientes.
1. El oferente deberá presentar las declaraciones juradas y certificaciones establecidas en el Anexo “Declaraciones juradas y certificaciones”.
2. Aportar declaración de que el oferente posee al menos 2 años de trayectoria en el mercado, impartiendo servicios de capacitación igual o similar al solicitado para esta contratación e incluir un listado con la referencia de 3 clientes. Este listado debe contener: nombre del cliente, contacto, correo electrónico y teléfono.
3. Aportar la hoja de vida y atestados de las personas propuestas por el oferente para brindar el servicio de capacitación requerido, las cuales deben cumplir con la experiencia solicitada en el Anexo Apartado Capacitación AE, apartado 4.1 inciso e).
4. En caso de ser oferentes extranjeros, el oferente debe presentar Declaración jurada de cumplimiento de la legislación del país del que se está brindando el servicio, en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional.
Qué hay que entregarAlcance y detalle técnico del bien, servicio u obra.
1. Alcance
El objeto de la contratación consiste en la prestación de un servicio de capacitación virtual sincrónica para doce (12) colaboradores de la DOCSE, orientado a brindar los conocimientos y competencias en arquitectura empresarial. La capacitación deberá proporcionar las herramientas necesarias para identificar, diseñar e implementar oportunidades de mejora orientadas a la eficiencia de los procesos, promover su automatización y fortalecer los mecanismos de intercambio de información. Asimismo, deberá facilitar el levantamiento, análisis y documentación de la arquitectura actual, con el fin de identificar oportunidades de optimización y apoyar la definición de propuestas de mejora alineadas con los objetivos de la organización.
El ICE se reserva el derecho de solicitar la resolución contractual del servicio, en caso de deficiencias o mala ejecución por parte del Contratista, sin que esto conlleve el cobro de indemnizaciones por parte de este último por los servicios no prestados.
2. Especificaciones técnicas del servicio:
2.1 En caso de requerirse algún formulario para completar, por el estudiante, la inscripción al curso, el oferente deberá aportarlo como parte de la oferta.
2.2 El lCE requiere que el Contratista suministre, en caso de ser necesario, el software para impartir el curso y el desarrollo del caso práctico. Lo anterior deberá coordinarse previamente con el Administrador del Contrato.
2.3 Cumplir con las especificaciones que se detallan en el Anexo Apartado Capacitación AE.
Condiciones generalesReglas de recepción, facturación y pago.
El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica N.º 4-000-042139-02, invita a participar en la contratación: “Servicio de Capacitación en Arquitectura Empresarial, basado en TOGAF”.
El presupuesto estimado total es de 14 894,40 USD Año 2026
Para la atención de las erogaciones de pago que se originen de este contrato que corresponde a presupuestos de años futuros la dependencia incluirá en las cifras de formulación presupuestaria del año correspondiente el debido contenido presupuestario, el cual queda sujeto a la aprobación del presupuesto por parte de la Contraloría General de la República. En caso necesario la dependencia se compromete a dotar el debido contenido presupuestario mediante el procedimiento interno de modificación presupuestaria.
1. Criterios Sostenibles:
a) El oferente debe presentar declaración jurada de que promueve la igualdad y equidad de género en su organización.
b) El oferente debe demostrar que implementa acciones para la reducción de los impactos ambientales negativos ocasionados por la ejecución de sus actividades contractuales, aportando la Certificación organizacional emitida por un tercero competente (Normas ISO o equivalentes), Esencial Costa Rica, Carbono Neutralidad, políticas de cero papeles, entre otros, según se detalla en el anexo de Criterio Ambiental.
2. Cláusula desempate:
En caso de que se presente un empate en la propuesta económica de los posibles adjudicatarios, se convocará un sorteo público, el cual se realizará de forma presencial. La fecha y hora será comunicada oportunamente. Para definir el desempate se utilizará la moneda. De lo anterior, se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento presencial, el cual se incluirá en el SICOP.
3. Estructura de precio y presupuesto detallado:
3.1. El oferente debe presentar la estructura de precio en conjunto con la oferta, estableciendo los siguientes rubros obligatorios: costos directos de mano de obra, costos directos de insumos, costos indirectos de mano de obra, costos indirectos de insumos, utilidad; las ofertas deben considerarlos todos, indicando para cada componente el valor correspondiente, de reportarse algún componente en cero el oferente debe justificarlo desde la oferta y la dependencia analizará el fondo y determinará el cumplimiento o no de la oferta. Los rubros deberán presentarse en valores absolutos y porcentuales. Se anexa el formato a utilizar. Dicha estructura será utilizada para el análisis de las ofertas y posteriormente, en caso de requerirse un reajuste/revisión de precios.
3.2. Forma de presentar la estructura de precios en la oferta:
a. Para el caso de contratación de servicios en cantidad definitiva la estructura de precios se solicitará por partida.
3.3. Forma de presentar el Presupuesto detallado:
a. En los procedimientos de servicios el CONTRATISTA deberá presentar un presupuesto detallado y completo con todos los elementos de costo que lo componen. Se anexa el formato a utilizar. Este debe ser presentado una vez notificado el contrato, segun Decreto Ejecutivo 45863-MINAE
b. El ICE se reserva la posibilidad de solicitar información adicional atinente a la composición de los precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
4. Obligaciones del contratista:
4.1 Coordinar con el Administrador del Contrato todas las actividades que se generen a partir de la adjudicación de este contrato.
4.2 Cumplir con los entregables solicitados en el Anexo Apartado Capacitación AE.
4.3 Suministrar el recurso humano especializado indicado en la oferta, así como los recursos materiales que sean necesarios para realizar la prestación del servicio, que se detallan en el Anexo Apartado Capacitación AE, con la finalidad de verificar que se cumpla con el alcance del objeto contractual.
4.4 Remitir al Administrador del Contrato el Plan de Lección y demás documentación requerida en el Anexo Apartado Capacitación AE, dentro de los plazos establecidos en dicho documento.
4.5 Sustituir a petición del Administrador del Contrato, el personal designado (instructor) para realizar el servicio, si a criterio de éste existen causas que justifican esta petición, las cuales deben ser entregadas por escrito al Contratista mediante nota o correo electrónico.
4.5 En caso de requerirse alguna visita presencial asociada al servicio, debe coordinarse anticipadamente con el Administrador del Contrato y ejecutarse en el horario de oficina de lunes a viernes, de 8:00 am a 4:00 pm.
4.6 El Contratista tiene la obligación, en caso de sustitución del personal asignado (instructor) a esta contratación, de brindar a la DOCSE, un sustituto que cumpla con los requisitos exigidos para esta contratación, y éste deberá contar con la aprobación del Administrador del Contrato, quien velará por la idoneidad del candidato(a) seleccionado(da). El tiempo requerido por el nuevo personal para actualización, será responsabilidad del contratista y no formará parte del tiempo contratado.
4.7 La contratación no originará relación laboral alguna entre el ICE y los empleados del Contratista y sus subcontratistas. Por tal motivo, corresponderá a estas dos figuras, el pago de pólizas y en general, respetar todos los derechos laborales y disposiciones en materia de riesgos de trabajo que le corresponden al personal a su cargo, debiendo cumplir en todos los casos como mínimo con las garantías laborales de la legislación vigente.
4.8 Si el Contratista cometiere imprecisiones o errores en la prestación del servicio objeto de esta contratación, debe corregir y reponer la información y trabajos que resultaran defectuosos, asumiendo todos los costos en los que deba incurrir.
5. Obligaciones del ICE:
5.1 Verificar que el servicio de capacitación cumpla con las especificaciones técnicas establecidas para este concurso.
5.2 Aprobar y tramitar el pago de la factura asociada al servicio.
6. Condiciones para la entrega:
6.1 El servicio de capacitación deberá ser brindado en un plazo no mayor a 40 días hábiles a partir de la notificación del contrato electrónico por parte del ICE. El contratista debe considerar los plazos establecidos en el anexo. Apartado de Capacitación sincrónica.
6.2 La capacitación tendrá una duración de cuarenta (40) horas efectivas, a partir de la fecha de inicio acordada con el Administrador del Contrato. La distribución de las horas efectivas deberá detallarse en el plan de lección que se solicita en el Anexo Apartado Capacitación AE.
6.3 El servicio será brindado de forma virtual sincrónica.
Otras Clausulas: Punto 7 y 8
7. Forma de pago: El servicio de capacitación será cancelado de la siguiente manera: 100% mediante transferencia bancaria, contra recepción satisfactoria del servicio por parte del Administrador del Contrato, junto con la presentación de la factura electrónica correspondiente.
8. Aspectos sobre la facturación:
8.1. Una vez concluido el servicio, la factura se recibirá después de la recepción definitiva para el pago correspondiente y se realizará en el año respectivo.
8.2. Para facturar el pedido debe de incorporar en su factura, en el espacio de “Información de referencia”, creado exclusivamente para ingresar el número interno:
Ejemplo: MM-450xxxx (sin espacios).
Para obtener este número interno (MM-45000xxx), el proveedor deberá solicitarlo al AC, PREVIO a la entrega de material o servicio.
8.3. Las facturas y el XML se deben enviar al correo facturasice@ice.go.cr
9. Bandas de tolerancia: Para el presente procedimiento de contratación, el ICE define bandas de tolerancia a partir de los insumos obtenidos mediante el Sondeo de Mercado, las cuales aplicarán como herramienta de referencia para el estudio de ofertas y análisis de la razonabilidad del precio. Dichas bandas se encuentran documentadas en el expediente de la contratación, del cual se extrae la siguiente tabla: Al que esperar a la publicación del aviso de intención en SICOP, para determinar si esta información se modifica.
|
Cálculo de Bandas de Tolerancia |
||||
|
Metodología: % razonabilidad ( ) Combinado(X) |
Monto estimado USD |
|
||
|
Moneda USD |
|
|||
|
DESVEST.P/ % Razonabilidad |
Mínimo |
Máximo |
|
|
|
6,76 |
24,27 |
37,79 |
|
|
|
3 245,71 |
11 648,69 |
18 140,11 |
14 894,40 |
|
Nota: Tipo de cambio presupuestario vigente: TC 1 USD = 476,67
Nota: Se aclara que los límites no serán utilizados como criterios de exclusión automática, sino como indicadores para realizar un análisis que permita justificar o descartar de forma razonada las ofertas que se ubiquen fuera de los límites.
9.1. A partir de estas bandas, se elaborará una tabla comparativa que incorpore los precios recomendados por los oferentes, permitiendo identificar si se ubican dentro o fuera de los umbrales definidos.
9.2. Si el precio es menor al umbral mínimo este se presumirá como no remunerativo y si es mayor al umbral máximo se presumirá como excesivo, debiendo la Administración indagar lo correspondiente, considerando las siguientes definiciones y situaciones:
9.2.1. Precio excesivo: es aquel que comparado con los precios normales de mercado los excede o bien que supera una razonable utilidad. La utilidad es aquella que le permite al oferente cubrir sus costos productivos, de distribución y entrega con un margen de ganancia moderado.
9.2.2. Precio no remunerativo o ruinoso: es el precio cobrado por un oferente el cual es tan bajo que permite suponer la posibilidad de incumplimiento futuro en la ejecución del contrato por razones económicas al no ser suficiente los réditos cobrados para cubrir los costos de la obra, bien o servicio de conformidad con los requerimientos del cartel, o bien, que no cumple con las obligaciones obrero-patronales, por lo que está en riesgo la ejecución y calidad con que se entregará el objeto.
9.2.3. Precio que excede la disponibilidad presupuestaria: Precio que excede el monto del que dispone la Administración para cancelar las obligaciones económicas que se derivan del contrato, y ante indagatoria al oferente, éste no acepte ajustar su precio al disponible sin afectar las condiciones y calidad ofrecidos. En el caso extremo que no se cuente con mayor contenido presupuestario o no sea factible una adjudicación parcial, la oferta que contenga un precio que excede la disponibilidad presupuestaria será declarado como inadmisible económicamente, lo anterior, bajo el marco de aplicación del artículo 22 del Reglamento al título II Ley 8660.
9.3. La Administración se reserva el derecho de adjudicar precios fuera de las bandas, para lo cual se debe razonar y acreditar los motivos por los cuales resulta aceptable dicho precio, habiéndose valorado desde diversas perspectivas de negocio, técnicas, comerciales u otras, considerando los Principios de Contratación, así como criterios de oportunidad y conveniencia según proceda.
Multas si se incumpleSanciones por atraso o incumplimiento del contrato.
Cláusula penal. En caso de atraso en la entrega de la obra, suministro o la prestación del servicio se cobrará un 0,4 % por concepto de clausula penal por cada día natural de atraso, según lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley 8660. (Ver anexo 1 Estimación Cláusula Penal).
Documentos del cartel9
- Política CorporativaPDF · 379 KB
- Declaraciones Juradas y certificacionesPDF · 236 KB
- Evaluación de la CapacitaciónXLSX · 31 KB
- Plan de lecciónXLSX · 61 KB
- Formato Presupuesto detallado BYS 2026 final 15-04XLSX · 20 KB
- Formato Estructura de Precios ByS finalDOCX · 51 KB
- Anexo 1 Estimación Cláusula PenalDOCX · 72 KB
- Anexo Apartado Capacitación AEPDF · 492 KB
- Cláusula reajuste-revisión de precios bienes y serviciosDOCX · 51 KB
Se descargan desde la ficha en el portal de SICOP (requiere sesión).
A quién contactar en la institución
Randall Calderon Herrera
DOCSE
Randall Calderon Herrera
DOCSE
Randall Calderon Herrera
DOCSE
Las se envían por SICOP, no por correo directo.
Fuente: SICOP, consultado el 30/09/2026 06:26. Toque o pase el cursor sobre los términos subrayados para ver qué significan.
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